RESOLUCIÓN 1232 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE SUSTITUYEN ANEXOS - AÑO 2018 - PLANTA TRANSITORIA DOCENTE Y DE ASISTENTES - PROGRAMAS Y PROYECTOS EDUCATIVOS - ANEXOS - RESUMEN - HORAS CÁTEDRA - MÓDULOS INSTITUCIONALES - CARGOS POR MONTO FIJO B - AUXILIARES Y ASISTENTES 

Publicación:

25/09/2018

Sanción:

19/09/2018

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

Las Leyes N° 4.613, N° 4.399 y N° 5.460 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su

modificatoria Ley N° 5960, la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado Ley N° 5.666),

el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios y N° 613/16, las Resoluciones de Firma

conjunta Nros. 3046/MHGC/2017 y 3/MEFGC/2018, el Expediente Electrónico N°

29915974/MGEYA-MEGC/2017, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 3046/MHGC/2017 se creó la Planta Transitoria Docente y de

Asistentes para atender los programas a cargo del entonces Ministerio de Educación

para el año 2018;

Que por Resolución N° 3/MEFGC/2018, se rectificó la referida Planta Transitoria

Docente y de Asistentes para atender los programas a cargo de este Ministerio de

Educación e Innovación para el año 2018;

Que dicha planta se creó a fin de dar continuidad a las políticas de expansión de las

acciones educativas y de formación docente, con recursos de planta transitoria

docente y de asistentes, dependientes del Ministerio de Educación e Innovación, a

efectos de llevar a cabo los distintos Programas y Proyectos Educativos;

Que habida cuenta de lo estipulado en las Leyes N°. 4.613 y N° 4.399, de acuerdo con

la necesidad de formalizar la situación docente del personal transitorio que revista en

los Programas contenidos en las citadas normas (de Educación Superior Artística y de

Educación No Formal), se hará efectivo de manera gradual el pase a la Planta

Orgánico Funcional de los mismos;

Que por razones de readecuación en la implementación de nuevos programas y

políticas de este Ministerio, resulta necesario la modificación de horas y montos de los

cargos de la Planta Transitoria docente;

Que por Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5666) y su modificatoria Ley N°

5960 se aprueba la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación e Innovación y de

Economía y Finanzas;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprueba la estructura organizativa

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 613/16, a fin de agilizar el circuito administrativo que conlleva la

aprobación, modificación y convalidación de las Plantas Transitorias de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, encomienda dicha tarea en forma conjunta a los entonces

señores Ministros de Educación y de Hacienda, los que conforme la Ley N° 5.960, han

cambiado su denominación a Ministerio de Educación e Innovación y de Economía y

Finanzas;

Que la Dirección General Planificación y Control Operativo dependiente de la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y

Finanzas y la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de

Educación e Innovación han tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Decreto N° 613/16, a los entonces

Ministros de Educación y Hacienda y la Ley 5460 (texto consolidado por Ley 5666) y

su modificatoria Ley 5960,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1.- Sustitúyanse los Anexos I (IF 2018-12015721- DGPDYND) y II (IF 2018-

12015710-DGPDYND) de la Resolución N° 3-MEFGC/18, por los Anexos I (IF 2018-

24617191-DGPDYND y II (IF 2018-24589210- DGPDYND), respectivamente.

Artículo 2.- Sustitúyanse los Anexos IV (IF 2017-29951497-DGPDYND), VI (IF 2017-

29950951-DGPDYND) y VIII (IF 2017-29966111-DGPDYND), de la Resolución N°

3046-MHGC/17, por los Anexos IV (IF 2018- 24616663-DGPDYND), VI (IF-2018-

25203537-DGPDYND) y VIII (IF-2018-25203543-DGPDYND) respectivamente.

Artículo 3.- Determínese que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí

dispuesto será afectado a la Jurisdicción 55, inciso 1, Fuente de Financiamiento 11

Partida Principal 2 y a los programas, subprogramas y actividades que se detallan en

los Anexos indicados en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la

Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría

Gestión de Recursos Humanos dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas,

y para su conocimiento y demás fines remítase las Subsecretarías de Coordinación

Pedagógica y Equidad Educativa, de Gestión Económico Financiera y Administración

de Recursos, de Planeamiento e Innovación Educativa, y de Carrera Docente y

Formación Técnico Profesional, del Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido,

archívese. Acuña - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5464

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 3 de la Resolución 1424-MEFGC-18 sustituye los Anexos I, VI y VIII de la Resolución 1232-MEFGC-18.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1232-MEFGC-MEIGC18 sustituye los Anexo I y II de la Resolución 3-MHGC-18.</p>
MODIFICA
<p>Art. 2 de la Resolución 1232-MEFGC-MEIGC-18 sustituye los Anexos IV, VI y VIII de la Resolución 3046-MHGC-17.</p>