RESOLUCIÓN 1424 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
SE INCORPORA A LA PLANTA TRANSITORIA DE DOCENTES Y ASISTENTES - ANEXOS - CARGOS POR MONTO FIJO D - CARGOS ÍNDICE - RESUMEN - CARGOS DE MONTO FIJO AUXILIARES Y ASISTENTES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
29/10/2018
Sanción:
17/10/2018
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO:
Las Leyes N° 4.613, N° 4.399 y N° 5.460 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su
modificatoria Ley N° 5960, la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado Ley N° 5.666),
el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios y N° 613/16, las Resoluciones de Firma
conjunta Nro. 3046/MHGC/2017, 3/MEFGC/2018 y 1232/MEFGC/2018, el Expediente
Electrónico N° 29915974/MGEYA-MEGC/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 3046/MHGC/2017 se creó la Planta Transitoria Docente y de
Asistentes para atender los programas a cargo del entonces Ministerio de Educación
para el año 2018;
Que por las Resoluciones N° 3/MEFGC/2018 y 1232/MEFGC/2018 se rectificó la
referida Planta Transitoria Docente y de Asistentes para atender los programas a
cargo de este Ministerio de Educación e Innovación para el año 2018;
Que dicha planta se creó a fin de dar continuidad a las políticas de expansión de las
acciones educativas y de formación docente, con recursos de planta transitoria
docente y de asistentes, dependientes del Ministerio de Educación e Innovación, a
efectos de llevar a cabo los distintos Programas y Proyectos Educativos;
Que habida cuenta de lo estipulado en las Leyes N°. 4.613 y N° 4.399, de acuerdo con
la necesidad de formalizar la situación docente del personal transitorio que revista en
los Programas contenidos en las citadas normas (de Educación Superior Artística y de
Educación No Formal), se hará efectivo de manera gradual el pase a la Planta
Orgánico Funcional de los mismos;
Que por ello, resulta necesario incrementar la dotación de los programas desarrollados
por el Ministerio de Educación e Innovación;
Que por razones de readecuación en la implementación de nuevos programas y
políticas de este Ministerio, resulta necesaria la ampliación de montos de los cargos y
la modificación de dotación de algunos de los cargos de la Planta Transitoria docente;
Que por Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5666) y su modificatoria Ley N°
5960 se aprueba la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación e Innovación;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprueba la estructura organizativa
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 613/16, a fin de agilizar el circuito administrativo que conlleva la
aprobación, modificación y convalidación de las Plantas Transitorias de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, encomienda dicha tarea en forma conjunta a los entonces
señores Ministros de Educación y de Economía y Finanzas;
Que la Dirección General Planificación y Control Operativo dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y
Finanzas y la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación e Innovación han tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Ley 5460 (texto consolidado por
Ley 5666) y su modificatoria Ley 5960, y Decreto N° 613/16, a los entonces Ministros
de Educación y Hacienda,
Artículo 1.- Incorpórase a la Planta Transitoria de Docentes y Asistentes aprobada por
Resolución N° 3046/MHGC/17 y sus rectificatorias los Anexos IX (IF 2018-27845099-
DGCDO) y Anexo X (IF 2018-27836450-DGCDO) respectivamente los que a todos sus
efectos forman parte integrante de la misma.
Artículo 2.- Sustitúyase el Anexo III (IF 2018-12015703- DGPDYND), de la Resolución
N° 3-MEGGC/18 por el Anexo III (IF 2018-27909797-DGCDO) respectivamente.
Artículo 3.- Sustitúyanse los Anexos I (IF-2018-24617191-DGPDYND), VI (IF 2018-
25203537-DGPDYND) y VIII (IF 2018-25203543-DGPDYND) de la Resolución N°
1232/MEFGC/2018, por los Anexos I (IF-2018- 27833771-DGCDO), VI (IF 2018-
27845059-DGCDO) y VIII (IF- 2018-27845042-DGCDO) respectivamente.
Artículo 4.- Determínese que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí
dispuesto será afectado a la Jurisdicción 55, inciso 1, Fuente de Financiamiento 11
Partida Principal 2 y a los programas, subprogramas y actividades que se detallan en
los Anexos indicados en el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la
Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría
Gestión de Recursos Humanos dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas,
y para su conocimiento y demás fines remítase las Subsecretarías de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, de Gestión Económico Financiera y Administración
de Recursos, de Planeamiento e Innovación Educativa, y de Carrera Docente y
Formación Técnico Profesional, del Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido,
archívese. Acuña - Mura