DECRETO 1142 1998

Síntesis:

DELEGA LA SUSCRIPCIÓN DE LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN EN EL SECRETARIO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

Publicación:

03/07/1998

Sanción:

18/06/1998

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 53.073/98; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9° de la Ordenanza N° 43.794 (AD 163.4) faculta al Jefe de Gobierno a delegar en los señores Secretados deí área la suscripción de Convenios de Colaboración, con relación a los bienes de dominio público del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en la materia de espacios verdes, el señor Secretario de Producción y Servicios es quien resulta competente a tales efectos y a fin de agilizar la suscripción de los Convenios de Colaboración, resulta conveniente delegar en éste la celebración de los mismos;

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires);

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Delégase la suscripción de los Convenios de Colaboración Instituidos por la Ordenanza N° 43.794 en el señor Secretario de Producción y Servicios, en las acciones inherentes al mantenimiento, conservación, refacción y limpieza de espacios verdes.

Art. 2° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Producción y Servicios y de Hacienda y Finanzas.

Art 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Producción y Servicios.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Dto. 1142-98 delega en el Secretario de Producción y Servicios la suscripción de convenios de colaboración según lo establece el Art. 9° de la Ord. 43794