RESOLUCIÓN 186 2018 SECRETARIA DE DESARROLLO CIUDADANO

Síntesis:

MODIFICA REQUISITOS - PROGRAMA DE INGRESO A LA GASTRONOMÍA - EDICIÓN 2018 - PIG - BASES Y CONDICIONES - CERTIFICADO DEL CURSO - MANIPULACIÓN HIGIÉNICA DE ALIMENTOS - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO GASTRONÓMICO - SUBSECRETARÍA DE BIENESTAR CIUDADANO - SECRETARÍA DE DESARROLLO CIUDADANO

Publicación:

10/10/2018

Sanción:

04/10/2018

Organismo:

SECRETARIA DE DESARROLLO CIUDADANO


VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos N° 363/15 y sus

modificatorios, N° 578/16, las Resoluciones N° 33-AVJG/2017, N° 88-SECDCI/2017 y

N° 23-SECDCI/18, el Expediente Electrónico N° 06178910-DGDGAS/18, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el actuado citado en el Visto, la Dirección General Desarrollo

Gastronómico, dependiente de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano, propició una

nueva edición del Programa de Ingreso a la Gastronomía, la cual tiene por objeto

continuar con la capacitación destinada a fortalecer la demanda laboral del sector

gastronómico a través de Instituciones de gran trayectoria y prestigio;

Que por su parte, mediante el Decreto N° 578/16 se estableció que el titular de la

Vicejefatura de Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder

Ejecutivo aprueban los Programas de Gestión en el marco de sus respectivas

competencias;

Que asimismo, a través de la Resolución N° 33- AVJG/17 se delegó en esta Secretaría

de Desarrollo Ciudadano la facultad de aprobar los mentados Programas de Gestión;

Que cabe poner de resalto que por medio de la Resolución N° 88-SECDCI/2017 se

creó el aludido Programa en el ámbito de la Dirección General de Desarrollo

Gastronómico, el cual tiene como fin promover el ingreso al mundo laboral del rubro

gastronómico a las personas que están en situación de vulnerabilidad social y que

muestren genuino interés por incorporarse al mundo del trabajo, como así también, a

trabajadores del rubro gastronómico que necesiten mejorar su situación laboral;

Que en este marco, mediante la Resolución N° 23-SECDCI/18 se aprobaron las Bases

y Condiciones de la Edición 2018 del Programa de Ingreso a la Gastronomía

basándose en la necesidad de continuar capacitando a quienes están desocupados o

sub-ocupados y requieren capacitaciones básicas para un primer empleo en

gastronomía, en busca de impulsar el crecimiento laboral del sector gastronómico;

Que así las cosas, resulta necesario destacar que mediante el punto 3 de las aludidas

Bases y Condiciones se establecieron requisitos a los becarios para poder acceder al

Programa de Ingreso a la Gastronomía, entre los cuales se encontraba la obligación

de que las personas que se inscriban en más de una convocatoria, se le exigirá, en

caso de ser seleccionado como Becario, el certificado de Manipulación Higiénica de

Alimentos expedido por la Agencia Gubernamental de Control;

Que en este sentido, en virtud de lo informado por la Dirección General de Desarrollo

Gastronómico mediante Informe N° 27211715-DGDGAS/18 varios de los postulantes

al Programa han informado que se encuentran ante una situación dificultosa para

cumplir este requisito toda vez que manifiestan que la página web de inscripción, de la

Agencia Gubernamental de Control (Sistema SIGMA), presenta dificultades tanto para

registrarse, como para cursar o, en última medida, rendir libre el curso de

Manipulación Higiénica de Alimentos;

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

Que de conformidad con lo expuesto, resulta conveniente modificar el punto 3 de las

Bases y Condiciones del aludido Programa y proceder al dictado del presente acto

administrativo.

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas,

EL SECRETARIO DE DESARROLLO CIUDADANO

RESUELVE

Artículo 1°.- Eliminase el requisito establecido mediante el punto 3 de las Bases y

Condiciones del Programa de Ingreso a la Gastronomía Edición 2018 (PIG) en lo

referido a la exigencia de la presentación del certificado del curso Manipulación

Higiénica de Alimentos expedido por la Agencia Gubernamental de Control para

aquellos postulantes que se inscriban en más de una convocatoria.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Desarrollo

Gastronómico de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano dependiente de la

Subsecretaría Desarrollo Ciudadano. López

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 186-SECDCI-18 elimina el requisito establecido en el punto 3 de las Bases y Condiciones del Programa de Ingreso a la Gastronomía Edición 2018 (PIG), aprobado por Resolución 23-SECDCI-18.</p>