RESOLUCIÓN 1346 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
ESTABLECE AGRUPAMIENTO Y TRAMO - SUBGERENCIAS OPERATIVAS - HOGARES DE ANCIANOS - ALEJANDRO RAIMONDI - GUILLERMO RAWSON - MARTÍN RODRÍGUEZ-VIAMONTE - SAN MARTÍN - DIRECCIÓN GENERAL DEPENDENCIAS Y ATENCIÓN PRIMARIA - PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES - MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO
Publicación:
10/10/2018
Sanción:
05/10/2018
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO:
Las Leyes Nros. 471, 5.460 (textos consolidados por la Ley N° 5.666) y su
modificatoria N° 5.960, los Decretos Nros. 304/17, 234/18, el Acta de Negociación
Colectiva N° 17/13 y modificatoria, instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014,
la Resolución N° 913/MEFGC/18, Resolución N° 367/MJGGC/2018 y el Expediente
Electrónico N° 26603114-MGEYA-DGPLYCO-2018, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 471 se sancionó el Régimen de Relaciones Laborales en la
Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose,
entre otros, los principios generales sobre los cuales debe organizarse la carrera
administrativa y el respectivo escalafón;
Que por la Ley N° 5.460 (textos consolidados por la Ley N° 5.666) y su modificatoria
Ley N° 5.960, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 304/17 se creó la Planta Orgánico Funcional de la
Dirección General Niñez y Adolescencia, dependiente de la Subsecretaría de
Promoción Social, del Ministerios de Hábitat y Desarrollo Humano;
Que se encomendó en la Ministra de Hábitat y Desarrollo Humano y en el entonces
Ministro de Hacienda la facultad de dictar normas aclaratorias, instrumentales,
interpretativas y/o complementarias a los efectos de implementar los concursos
públicos y abiertos previstos en el artículo 2° del mencionado Decreto;
Que por el Decreto N° 234/18 se delegó en el señor Vicejefe de Gobierno, la
Secretaría Legal y Técnica, los señores/as Ministros/as del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires conjuntamente con el Ministro de Economía y Finanzas, la
facultad de establecer los cargos asignados legal y presupuestariamente para el
cumplimiento de las responsabilidades primarias definidas de cada jurisdicción;
Que por la Resolución N° 20/MHGC/2014, se instrumentó el Acta de Negociación
Colectiva N° 17/13 mediante la cual se aprobó el nuevo Régimen Escalafonario y de
Carrera Administrativa;
Que en dicho marco, por Resolución N° 913/MEFGC/18 se estableció el procedimiento
para la definición de vacantes de cada Unidad Organizativa por agrupamiento y tramo
en el marco del Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa aplicable al
personal comprendido en el Artículo 1° del Anexo I del Acta de Negociación Colectiva
N° 17/13 y modificatorias e instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/14 y
625/MEFGC/18;
Que en consecuencia, teniendo en cuenta la implementación del nuevo Régimen
Escalafonario y de Carrera Administrativa, resulta conveniente establecer que los
cargos asignados a la Dirección General Niñez y Adolescencia, dependiente de la
Subsecretaría de Promoción Social, del Ministerios de Hábitat y Desarrollo Humano,
estarán determinados por agrupamiento y tramo, de conformidad con la normativa
vigente;
Que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, de la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo
Humano, han tomado la intervención de sus competencias
Que por Resolución N° 367/MJGGC/2018 se encomendó la firma del despacho de la
Sra. Ministra de Hábitat y Desarrollo Humano, a la Sra. Ministra de Educación e
Innovación;
Por ello, y en virtud de las facultades delegadas por los Decretos Nros. 304/17 y
234/18, y Resolución N° 367/MJGGC/2018,
LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO
Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVEN
Artículo 1°.- Establécese que los cargos asignados a la Dirección General Niñez y
Adolescencia, dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social, del Ministerios
de Hábitat y Desarrollo Humano, estarán determinados por agrupamiento y tramo, de
conformidad con el Anexo I (IF. 26606378-DGPLYCO-2018), que a todos sus efectos
forma parte integrante del presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Niñez y Adolescencia, dependiente de la
Subsecretaría de Promoción Social, del Ministerios de Hábitat y Desarrollo Humano, y
pase a la Dirección General de Planificación y Control Operativo, dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y
Finanzas. Cumplido, archívese. Acuña p/p - Mura