RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 185 2018 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
AUTORIZACIÓN A LA MESA DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO - DIGITALIZACIÓN Y DEPURACIÓN DE EXPEDIENTES EN ARCHIVO SIN PLAZO DE GUARDA CUMPLIDO - PROCESO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA - ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Publicación:
17/10/2018
Sanción:
18/09/2018
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
VISTO:
La Ley Nacional N° 25506, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, las Leyes de la
Ciudad N° 210, 2751, 3304 y 4736, la Resolución del Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos N° 456/13.y las Resoluciones de
Presidencia N° 183/PARA/18 y 184/PARA/18 y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad crea el Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica,
autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;
Que, por Resolución N° 183/PARA/18 se dio inicio al Proceso de Modernización
Administrativa del ERSP;
Que, uno de los objetivos del citado proceso, es asegurar mayor eficacia, eficiencia,
economía y calidad en el cumplimiento de políticas, objetivos y metas;
Que, en el mes de octubre se realizará la mudanza integral de las oficinas del ERSP a
un nuevo complejo;
Que, a los fines de facilitar un traslado eficiente y asegurar el adecuado respaldo de
los expedientes del ERSP, se estima conveniente autorizar a la Mesa de Entradas,
Salidas y Archivos del ERSP a que proceda a la digitalización y posterior depuración
de todos aquellos expedientes en archivo que aún no tuvieran cumplido el plazo de
guarda;
Que, el Reglamento Interno del Directorio aprobado por Resolución N°
456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir resoluciones en todas las
cuestiones relativas a la administración del ERSP;
Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
Artículo 1°.- Autorízase a la Mesa de Entradas, Salidas y Archivos del ERSP a que
proceda a la digitalización y posterior depuración de todos aquellos expedientes en
archivo que aún no tuvieran cumplido el plazo de guarda.
Artículo 2°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Comuníquese a la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del ERSP.
Cumplido, archívese. Ameijenda