RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 183 2018 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
ESTABLECE - INICIO PROCESO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA - REQUISITOS - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - GERENCIA DE MODERNIZACIÓN - FACULTADES - APRUEBA - IMPLEMENTACIÓN SISTEMA INTEGRAL DE GESTIÓN DOCUMENTAL-SIGED - REGLAMENTO GESTIÓN DE ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS - NOMENCLADOR DE TRATAS DE EXPEDIENTES - ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS - CARATULACIÓN DE EXPEDIENTES - UTILIZACIÓN OBLIGATORIA - DEJA SIN EFECTO ANEXO I RESOLUCIÓN N° 716-ERSP-17 TRATAS Y PLAZOS DE GUARDA EXPEDIENTES EURSPCABA
Publicación:
17/10/2018
Sanción:
18/09/2018
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
VISTO:
La Ley Nacional N° 25.506, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, las Leyes de la
Ciudad N° 210, 2.751, 3.304 y 4.736, la Resolución del Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos N° 456/2013 y el Acta de
Directorio N° 702 del 22 de Agosto de 2018 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 25.506 de firma digital reconoció la eficacia jurídica del empleo
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital;
Que, por Ley N° 2.751, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a
la Ley Nacional N° 25.506 de Firma Digital, de conformidad con lo establecido en el
Artículo 50 de esta última norma;
Que, por su parte, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos;
Que de acuerdo al Artículo 1° de la Ley N° 210, el Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos creado por el Artículo 138 de la Constitución de la Ciudad e
instituido en la órbita del Poder Ejecutivo, es una persona jurídica, autárquica, con
independencia funcional y legitimación procesal;
Que, se estima conveniente y necesario, avanzar en un proceso de modernización que
permita agilizar y facilitar la tramitación administrativa;
Que, por Acta de Directorio N° 702 punto 30 del 22 de agosto de 2018 se aprobó el
inicio del Proceso de Modernización Administrativa del ERSP;
Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención que le compete.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1°.- Establézcase el inicio del Proceso de Modernización Administrativa del
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Artículo 2°.- Establézcase que el Proceso de Modernización Administrativa del ERSP
deberá:
Asegurar mayor eficacia, eficiencia, economía y calidad en el cumplimiento de
políticas, objetivos y metas.
Garantizar la transparencia y el control ciudadano en la gestión pública.
Implementar el uso de un sistema de gestión documental electrónico, firma digital y
sus respectivos módulos, garantizando la seguridad de la información.
Artículo 3°.- Desígnase a la Gerencia de Modernización como Autoridad de Aplicación
del Proceso de Modernización Administrativa del ERSP, quien estará facultada para:
Establecer un cronograma de ejecución de las actividades previstas y realizar el
seguimiento correspondiente.
Dictar normas internas, manuales de organización y procedimientos para la aplicación
del proceso de modernización del ERSP.
Proponer la modificación y/o derogación de normas existentes dentro del ámbito del
ERSP.
Solicitar la colaboración del resto de las Unidades Organizativas del ERSP, quienes
estarán obligadas a darle tratamiento preferencial a sus requerimientos.
Artículo 4°.- Apruébase la implementación del Sistema Integral de Gestión Documental
-SIGED- del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 5°.- Apruébase el Reglamento para la Gestión de Actuaciones Administrativas
que como Anexo II forma parte de la presente.
Artículo 6°.- Apruébase el Nomenclador de Tratas de Expedientes del ERSP que como
Anexo III forma parte de la presente.
Artículo 7°.- Déjese sin efecto el Anexo I "Tratas y Plazos de Guarda Expedientes
EURSPCABA" de la Resolución N° 716/ERSP/17.
Artículo 8°.- Establézcase que a partir del 1° de octubre de 2018 únicamente se podrá
caratular Expedientes en soporte papel de aquellas tratas autorizadas en el Anexo III
de la presente.
Artículo 9°.- Establézcase que el SIGED será de utilización obligatoria para todas las
Unidades Organizativas del ERSP a partir del 1° de octubre de 2018.
Artículo 10°.- Instrúyase a la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del ERSP la
comunicación de la presente Resolución a todas las Unidades Organizativas del
ERSP.
Artículo 11° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ameijenda