RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 1705 2026 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
APRUEBA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE CONTINGENCIA OPERATIVA PARA LA CONTINUIDAD DE LAS ACTIVIDADES DE PLANIFICACIÓN FISCALIZACIÓN, CONTROL Y GESTIÓN DE DENUNCIAS, JUNTO CON SUS PLANILLAS, FORMULARIOS Y MODELOS DE ACTAS A FIN DE GARANTIZAR LA OPERATIVIDAD TRAZABILIDAD Y RESGUARDO DE LA INFORMACIÓN ANTE SITUACIONES DE CONTINGENCIA TECNOLÓGICA EN EL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS - PLAN DE CONTINGENCIA OPERATIVA - FISCALIZACIÓN Y CONTROL - CONTINGENCIA TECNOLÓGICA - REGISTRO DE DENUNCIAS RECLAMOS Y CONSULTAS - ACTAS DE CONTINGENCIA - FORMULARIO DE DENUNCIA - FORMULARIO DE CONSULTA - FORMULARIO DE RECLAMOS - CONTINUIDAD OPERATIVA - TRAZABILIDAD DE INFORMACIÓN - MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Publicación:
22/07/2026
Sanción:
15/07/2026
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
VISTO: El artículo 138 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la
Ley Nacional N° 25.506, las leyes de la Ciudad N° 210, 2.751, 3.304 y 4.736, las
Resoluciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires N° 456/2013, 673/2016, 1/2023, 2540/25 y la Resolución
de Presidencia del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires N° 183/2018, el Acta de Directorio N° 935 del 15 de julio
de 2026, el Expediente N° EX-2026-00115120-GM-EURSPCABA, y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 138 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó al
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de Buenos Aires (ERSP) dotándolo de
personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;
Que, la Ley Nacional N° 25.506 de "Firma Digital" reconoció la eficacia jurídica del
empleo del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital;
Que por Ley N° 2.751, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a la Ley Nacional
N° 25.506, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de esta última norma;
Que, en orden a ello, la Ley N° 3.304 de la Ciudad de Buenos Aires creó el Plan de
Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización administrativa;
Que, mediante la Ley N° 210 se reglamentó la constitución del ERSP, estableciéndose
en el artículo 11 como función del Directorio, "Dictar el Reglamento interno" (inciso b) y
"Realizar todos los actos que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones y
objetivos..." (inciso i);
Que, por Resolución N° 183/2018 de presidencia del ERSP, se inició el Proceso de
Modernización Administrativa del Ente con el objeto de asegurar mayor eficacia,
eficiencia, economía y calidad en el cumplimiento de políticas, metas y objetivos,
garantizando la transparencia y el control ciudadano en la gestión pública;
Que, por Resolución N° 456/2013 del ERSP se aprobó el Reglamento Interno del
Directorio de este organismo;
Que, por Resolución N° 673/2016 y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento de
Procedimientos de Reclamos de Usuarios y Sanciones por Infracciones en la
Prestación de Servicios Públicos del ERSP, que tiene por objeto regular el
procedimiento administrativo para la solución de toda controversia que se suscite entre
los usuarios de los servicios públicos controlados por el ERSP y las prestatarias de
dichos servicios. Asimismo, regula el procedimiento para la aplicación de las
sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias
o contractuales de los respectivos servicios públicos;
Que, por Resolución N° 1/2023 se aprobó la Estructura Orgánica Funcional del ERSP;
Que, por Resolución N° 2540/2025 se aprobó el Procedimiento Aplicable a los
Controles Técnicos e Inspecciones Efectuado por los Agentes Fiscalizadores del
ERSP en Ejercicio de las Competencias Asignadas al Organismo, que tiene por objeto
regular el procedimiento aplicable en la ejecución de controles técnicos, fiscalizaciones
planificadas, de oficio y de denuncias, revisitas de anomalías y el seguimiento de
fiscalizaciones previas;
Que, la continuidad de las funciones de fiscalización, control, atención de usuarios,
gestión de denuncias e instrumentación de actuaciones administrativas constituye una
actividad esencial para el cumplimiento de las competencias asignadas al Ente Único
Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, resulta necesario establecer procedimientos alternativos de registración,
documentación, comunicación y resguardo de la información que permitan asegurar la
trazabilidad, integridad y posterior incorporación al sistema institucional de las
actuaciones producidas durante situaciones de contingencia tecnológica;
Que, en consecuencia, resulta pertinente implementar un Plan de Contingencia
Operativa destinado a garantizar la continuidad de las funciones de planificación,
fiscalización, control, recepción y gestión de denuncias, así como de las restantes
actuaciones administrativas de competencia del Organismo, ante situaciones que
impidan total o parcialmente la utilización de la plataforma tecnológica institucional;
Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, en uso de sus competencias legales,
Artículo 1°.- Aprobar la implementación del Plan de Contingencia Operativa para la
Continuidad de las Actividades de Planificación, Fiscalización, Control y Gestión de
Denuncias, que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2°.- Aprobar la Planilla de Planificación Diaria que, como Anexo II, forma parte
integrante de la presente y que será utilizada durante la aplicación del Plan de
Contingencia Operativa aprobado por el artículo 1°.
Artículo 3°.- Aprobar el modelo de Actas de Contingencia que, como Anexo III, forma
parte integrante de la presente y que será utilizado durante la aplicación del Plan de
Contingencia Operativa aprobado por el artículo 1°.
Artículo 4°.- Aprobar el modelo de Formulario de Denuncia que, como Anexo IV, forma
parte integrante de la presente y que será utilizado durante la aplicación del Plan de
Contingencia Operativa aprobado por el artículo 1°.
Artículo 5°.- Aprobar el modelo de Formulario de Consulta que, como Anexo V, forma
parte integrante de la presente y que será utilizado durante la aplicación del Plan de
Contingencia Operativa aprobado por el artículo 1°.
Artículo 6°.- Aprobar el modelo de Formulario de Reclamos que, como Anexo VI, forma
parte integrante de la presente y que será utilizado durante la aplicación del Plan de
Contingencia Operativa aprobado por el artículo 1°.
Artículo 7°.- Aprobar el modelo de Registro de Denuncias, Reclamos y Consultas de
Contingencia que, como Anexo VII, forma parte integrante de la presente y que será
utilizado durante la aplicación del Plan de Contingencia Operativa aprobado por el
artículo 1°.
Artículo 8°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a las Gerencias de Modernización, Control, Legales, Usuarios y
Participación, y a la Unidad de Descentralización y Participación Comunal. Cumplido,
archívese. Fait - Liaño - Michielotto - Pafundi