RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 295 2018 LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E. LOTBA S.E. LEY 5785
Síntesis:
APRUEBA - REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DE ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN DEL PERSONAL DE LOTBA SE - APLICACIÓN OBLIGATORIA - PERSONAL - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - LOTERÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SE
Publicación:
25/10/2018
Sanción:
22/10/2018
Organismo:
LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E. LOTBA S.E. LEY 5785
VISTO:
las Leyes N° 70, N° 538, N° 2.095 (textos consolidados por Ley N° 5.666) y N° 5.785,
el Decreto N° 88-GCABA/17, la Resolución N° 1439-MHGC/17, la Resolución de
Directorio N° 47-LOTBA/17, el Expediente Electrónico EX-2018-20125862-MGEYA-
LOTBA y,
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Ley N° 5.785 se creó Lotería de la Ciudad de Buenos Aires
Sociedad del Estado (en adelante "LOTBA S.E."), en el ámbito del Ministerio de
Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo objeto es la
autorización, organización, explotación, recaudación, administración y control de los
juegos de azar, destreza y apuestas mutuas, y actividades conexas en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el Artículo 3 de la Ley N° 5.785 se estableció que LOTBA S.E. se rige en su
gestión administrativa, financiera, patrimonial, contable y de control por lo establecido
en la Ley de Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector
Público de la Ciudad N° 70 y la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires N° 2.095 (textos consolidados por Ley N° 5.666);
Que mediante la Resolución de Directorio N° 47-LOTBA/17 se aprobó el Reglamento
de Adquisiciones y Contrataciones de esta LOTBA S.E. en cuyo Artículo 3° inciso a) se
dispuso que los contratos de capacitación de personal se regirán por un procedimiento
específico;
Que por Resolución N° 1439-MHGC/17 se aprobó la estructura de LOTBA S.E. y las
misiones y funciones de sus distintas unidades operativas, correspondiendo a la
Subgerencia de Capital Humano participar en el diseño del plan de capacitación y
desarrollo de la Sociedad y realizar las actividades tendientes a su implementación,
así como también diseñar, proponer e implementarlas las políticas referentes a la
formación, beneficios y bienestar del personal;
Que en virtud de hacer efectivo el desarrollo de actividades de integración y cambio
cultural, y/o acciones que tengan impacto en el desarrollo profesional del personal de
LOTBA S.E., corresponde dictar un Reglamento de Contrataciones de Actividades de
Capacitación y Formación del personal de esta Sociedad que garantice los principios y
directrices previstas en la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666);
Que la Gerencia Administrativa y Técnica y las Subgerencias de Capital Humano y de
Asuntos Legales han tomado la intervención de su competencia;
Por ello, y en uso de las facultades emergentes del Artículo 15 del Estatuto de LOTBA
S.E. aprobado por Decreto N° 88-GCABA/17,
EL DIRECTORIO DE LOTERÍA
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E.
RESUELVE:
Artículo 1°.- Apruébase el Reglamento de Contrataciones de Actividades de
Capacitación y Formación del personal de LOTBA S.E., que obra como Documento
Oficial N° IF-2018-27311257- -LOTBA.
Artículo 2°.- Establécese que el "Reglamento de Contrataciones de Actividades de
Capacitación y Formación del personal de LOTBA S.E." aprobado en el Artículo
precedente será de aplicación obligatoria en todo el ámbito de LOTBA S.E. a partir de
su aprobación.
Artículo 3°.- Por Secretaría General publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires. Por la Subgerencia Capital Humano comuníquese a las distintas
dependencias de esta Sociedad. Cumplido, archívese. Pando - Pujol - Navarro - Díaz
Alberdi - García Santillán