RESOLUCIÓN 2078 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

EXCEPTÚA - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018 - UPEJOL - LÍMITE CINCUENTA  ÍTEMS EN CADA SOLICITUD DE BAJA - BIENES EN DESUSO 

Publicación:

29/10/2018

Sanción:

23/10/2018

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

La Ley N° 5.511 y su Decreto reglamentario N° 303/2016, los Decretos N° 363/15 y

sus modificatorios, el Decreto N° 204/18, la Resolución N° 1602/MHGC/2016 y, el

Expediente Electrónico N° EX-2018-28.633.439-MGEYA-DGCYC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.511 establece un mecanismo de gestión para el tratamiento de los

bienes muebles en desuso del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° del Decreto N° 303/2016, faculta al señor Ministro de Economía y

Finanzas o a quien éste encomiende, a dictar las normas operativas y

complementarias que resulten necesarias a efectos de materializar los procedimientos

de baja de Bienes Muebles en Desuso;

Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contemplándose a la Unidad de

Proyectos Especiales "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018"

(UPEJOL), como organismo fuera de nivel bajo la órbita del Ministerio de

Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que por Decreto N° 204/18 se modificó la estructura organizativa de Vicejefatura de

Gobierno, incorporando a la mencionada Unidad de Proyectos Especiales como

organismo fuera de nivel bajo la órbita de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano;

Que entre los días 06 y 18 de octubre del corriente año se llevaron a cabo los Juegos

Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018;

Que a los efectos de agilizar los procesos establecidos en el primer considerando, y

teniendo en cuenta que los bienes adquiridos para la realización de los citados Juegos

ya no serán utilizados por dicha Unidad, resulta necesario exceptuar a la UPEJOL del

límite de los cincuenta (50) ítems en la solicitud de baja de elementos en desuso que

realice, conforme lo establecido en el Artículo 1° del Anexo I de la Resolución N°

1602/MHGC/2016.

Por ello, de conformidad con los términos de la Ley N° 5.511, y en uso de las

atribuciones conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 303/2016,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Exceptúase a la Unidad de Proyectos Especiales "Juegos Olímpicos de la

Juventud Buenos Aires 2018" (UPEJOL) del límite de cincuenta (50) ítems en cada

solicitud de baja de bienes en desuso, conforme establecido en el Artículo 1° del

Anexo I de la Resolución N° 1602/MHGC/2016.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio

web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad

de Proyectos Especiales "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018"

(UPEJOL), y remítase a sus efectos a las Direcciones Generales de Contaduría, y de

Compras y Contrataciones, ambas dependientes del Ministerio de Economía y

Finanzas. Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
<p>Art. 1 Resolución 2078-MEFGC-18 exceptúa Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la<br />Juventud Buenos Aires 2018 del límite cincuenta ítems en cada solicitud de baja de bienes en desuso, en el marco del art.1 Anexo I Resolución 1602-MHGC-2016.</p>