RESOLUCIÓN 1602 2016 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
APRUEBA PROCEDIMIENTOS Y CIRCUITOS DE BAJA DE BIENES MUEBLES EN DESUSO - BIENES MUEBLES REGISTRABLES EN DESUSO - CIRCUITO INTERNO - PROCEDIMIENTO - BAJA - LEY 5511 - GESTIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE LOS BIENES MUEBLES EN DESUSO - ORGANISMOS DEL GOBIERNO - RETIRO - BIENES REUBICABLES - BIENES SOLICITADOS EN DONACIÓN - SUBASTA - ENAJENACIÓN MEDIANTE LICITACIÓN PÚBLICA - DISPOSICIÓN FINAL - SÍMBOLOS NACIONALES - BANDERAS - ESCUDOS
Publicación:
08/06/2016
Sanción:
06/06/2016
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 5.511, su Decreto reglamentario N° 303/2016 y, el Expediente Electrónico
N° 14.474.960-MGEYA-DGCYC-2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.511 establece un mecanismo de gestión para el tratamiento de los
bienes muebles en desuso del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el
cual fue reglamentada por Decreto N° 303/2016;
Que el artículo 4° de la ley mencionada, faculta a la Dirección General de Compras y
Contrataciones, y a la Dirección General de Gestión de la Flota Automotor, a dictar las
normas operativas y complementarias que resulten necesarias a efectos de
materializar los procedimientos de baja de Bienes Muebles en Desuso y de Bienes
Muebles Registrables en Desuso, previendo la creación de un circuito interno que
deberán seguir las reparticiones gubernamentales en relación a dichos bienes.
Que el tratamiento de la baja de los bienes muebles en desuso y de los bienes
muebles registrables en desuso requiere de un procedimiento específico, ágil y acorde
a las nuevas políticas de transformación y modernización del Estado;
Por ello, de conformidad con los términos de la Ley N° 5.511, y en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 303/2016,
Artículo 1°.- Apruébanse los procedimientos y circuitos de baja de bienes muebles en
desuso, que como Anexo I (IF-2016-14475442-DGCYC), forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Apruébanse los procedimientos y circuitos de baja de bienes muebles
registrables en desuso que como Anexo II (IF-2016-14599280-DGCYC), forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todos los
Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o
responsabilidades equivalentes, y remítase a sus efectos a las Direcciones Generales
de Contaduría, de Gestión de Flota Automotor, de Compras y Contrataciones, y de
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependientes del Ministerio de Hacienda.
Cumplido, archívese. Mura