RESOLUCIÓN 1602 2016 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

APRUEBA PROCEDIMIENTOS Y CIRCUITOS DE BAJA DE BIENES MUEBLES EN DESUSO - BIENES MUEBLES REGISTRABLES EN DESUSO - CIRCUITO INTERNO - PROCEDIMIENTO - BAJA -  LEY 5511 - GESTIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE LOS BIENES MUEBLES EN DESUSO - ORGANISMOS DEL GOBIERNO - RETIRO - BIENES REUBICABLES - BIENES SOLICITADOS EN DONACIÓN - SUBASTA - ENAJENACIÓN MEDIANTE LICITACIÓN PÚBLICA - DISPOSICIÓN FINAL - SÍMBOLOS NACIONALES - BANDERAS - ESCUDOS

Publicación:

08/06/2016

Sanción:

06/06/2016

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 5.511, su Decreto reglamentario N° 303/2016 y, el Expediente Electrónico

N° 14.474.960-MGEYA-DGCYC-2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.511 establece un mecanismo de gestión para el tratamiento de los

bienes muebles en desuso del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el

cual fue reglamentada por Decreto N° 303/2016;

Que el artículo 4° de la ley mencionada, faculta a la Dirección General de Compras y

Contrataciones, y a la Dirección General de Gestión de la Flota Automotor, a dictar las

normas operativas y complementarias que resulten necesarias a efectos de

materializar los procedimientos de baja de Bienes Muebles en Desuso y de Bienes

Muebles Registrables en Desuso, previendo la creación de un circuito interno que

deberán seguir las reparticiones gubernamentales en relación a dichos bienes.

Que el tratamiento de la baja de los bienes muebles en desuso y de los bienes

muebles registrables en desuso requiere de un procedimiento específico, ágil y acorde

a las nuevas políticas de transformación y modernización del Estado;

Por ello, de conformidad con los términos de la Ley N° 5.511, y en uso de las

atribuciones conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 303/2016,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébanse los procedimientos y circuitos de baja de bienes muebles en

desuso, que como Anexo I (IF-2016-14475442-DGCYC), forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- Apruébanse los procedimientos y circuitos de baja de bienes muebles

registrables en desuso que como Anexo II (IF-2016-14599280-DGCYC), forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio

web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todos los

Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o

responsabilidades equivalentes, y remítase a sus efectos a las Direcciones Generales

de Contaduría, de Gestión de Flota Automotor, de Compras y Contrataciones, y de

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependientes del Ministerio de Hacienda.

Cumplido, archívese. Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4899

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art.3 de la Resolución 1569-MHFGC/21, deroga la Resolución 1602-MHGC-2016.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1 Resolucion 283-SSGEOPE-16 establece que la tasación de bienes muebles en desuso como rezago, para su enajenación por procedimiento de licitación pública se realizará por el área de precios de referencia en el marco de la Resolución 1602-MHGC-16</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 1602-MH-16 aprueba los procedimientos y circuitos de baja de bienes muebles en desuso, complementando lo reglamentado por el Decreto 303-16.</p><p>Art. 2 aprueba los procedimientos y circuitos de baja de bienes muebles registrables en desuso.</p>
EXCEPTUADA POR
<p>Art. 1 Resolución 2078-MEFGC-18 exceptúa Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la<br />Juventud Buenos Aires 2018 del límite cincuenta ítems en cada solicitud de baja de bienes en desuso, en el marco del art.1 Anexo I Resolución 1602-MHGC-2016.</p>