RESOLUCIÓN 268 2003 SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

DESESTIMA EL RECLAMO DEL SR. ARIEL A. GABIN, DEJA SIN EFECTO LA AUTORIZACIÓN PARA CIRCULAR Y EL PERMISO PROVISORIO DE TAXI SOBRE EL VEHÍCULO DOMINIO B 2.080.190 -DESESTIMACIÓN DE RECLAMOS , SOLICITUD DE INCLUSIÓN , REGISTRO DE TAXIS , VEHÍCULO PATENTE , SIN EFECTO , REVOCACIÓN DE PERMISO

Publicación:

16/09/2003

Sanción:

09/09/2003

Organismo:

SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE


Visto el Expediente N° 15.044/92, y

CONSIDERANDO:

Que por el referido Expediente el señor Gabin, Ariel Alberto LE 4.545.098, tramita la solicitud de inclusión en el Registro de Licencias de Automóviles de Alquiler con Taxímetro del vehículo patente B 2.080.190;

Que obra dictamen emitido por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de fecha 21 de noviembre de 1996, por el que se consideró que el peticionante no incorporó pruebas de entidad suficiente para acreditar los derechos invocados, no correspondiendo acceder a lo peticionado;

Que posteriormente se presentó al censo de permisos provisorios, precarios y revocables, acompañando documentación;

Que opinó la Comisión de Estudio Resolución N° 14/SSTYT/00, destacando que el formulario de cambio de uso agregado al Expediente resultaría apócrifo, conforme la pericia realizada por la División Scopometría de la Policía Federal Argentina, correspondiendo el dictado del acto administrativo rechazando la pretensión;

Que mediante Dictamen N° 16.762 la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, opina que no se ha aportado elemento alguno que permita variar el temperamento oportunamente adoptado, aconsejando el dictado de la Resolución desestimando el reclamo;

Que siendo que ha habido una tolerancia de la administración, al autorizar el funcionamiento de taxis con recursos pendientes, la vigencia del permiso provisorio, precario y revocable se halla vinculada a lo que en definitiva se resuelva acerca de los mismos, por lo que debe revocarse el permiso precario oportunamente otorgado;

Que en tal inteligencia, corresponde intimar al recurrente a acreditar la eliminación de todas las señales distintivas de taxi y la devolución de toda la documentación habilitante que pudiera estar en su poder;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase el reclamo presentado por el señor Gabin, Ariel Alberto, LE 4.545.098 con relación a la solicitud de inclusión del vehículo patente B 2.080.190, en el Registro de Automóviles de Alquiler con Taxímetro.

Artículo 2° - Déjase sin efecto la autorización para circular, revocándose el permiso provisorio precario y revocable que se hubiere otorgado con relación al vehículo dominio B 2.080.190 o el que lo hubiere reemplazado por cambio de material.

Artículo 3° - Intímase al recurrente a acreditar, en el plazo de cinco (5) días hábiles de notificado el presente, la eliminación de todas las señales distintivas de taxi del vehículo dominio B 2.080.190 o el que lo hubiere reemplazado, y la devolución de toda la documentación habilitante de la licencia que pudiere estar en su poder, bajo apercibimiento de adoptar las medidas pertinentes para obtener su cumplimiento con el auxilio de la fuerza pública.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de los términos del Decreto N° 1.583/01 comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General de Educación Vial y Licencias, a la empresa concesionaria SACTA S.A. y notifíquese al reclamante conforme los términos del Decreto N° 1.889/01. Cumplido, remítase a la Dirección General de Educación Vial y Licencias la que dispondrá su archivo. Blot

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