RESOLUCIÓN 2272 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
SE ESTABLECE ADECUACIÓN - VALOR DE LA UNIDAD RETRIBUTIVA - REMUNERACIONES DE AUTORIDADES SUPERIORES - RÉGIMEN MODULAR DE PLANTAS DE GABINETE - PAUTA SALARIAL DEL AÑO EN CURSO - PERSONAL - PLANTA PERMANENTE - SALARIOS - SUELDOS
Publicación:
07/11/2018
Sanción:
31/10/2018
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO:
Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y 5.960, el Decreto
N°363/15 y modificatorios, la Resolución N° 102/MEFGC/18, el Expediente Electrónico
N° 29062057-DGDSCIV-2018 y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 y modificatoria se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley No 5.960 sustituye el artículo 2° del Título II de la mencionada Ley N°
5.460 estableciendo que el Jefe de Gabinete de Ministros y nueve (9) Ministros
tendrán a su cargo el despacho de los asuntos del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que el artículo 3 de la mentada Ley contempla entre los objetivos del Ministerio de
Economía y Finanzas el de diseñar, implementar y supervisar la aplicación de la
política salarial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 363/15 y modificatorios se aprobó la estructura orgánica funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 102/MEFGC/18, se estableció el valor de la unidad retributiva
aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de
Plantas de Gabinete, en la suma remunerativa de diez pesos con 2753/10000 ($ 10,
2753);
Que el valor de la unidad retributiva dispuesto por la citada resolución, permanece
vigente en las unidades retributivas para el Régimen Modular instituido por el artículo
7° del Decreto N° 363/15;
Que en el marco de la pauta salarial del año en curso, dispuesta para el personal de
planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la
readecuación producida sobre las remuneraciones brutas correspondientes al
Régimen Gerencial en sus dos niveles, Gerente y Subgerente Operativo, corresponde
adecuar el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades
Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete.
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley N° 5.460
(texto consolidado por Ley N° 5666) y su modificatoria N° 5.960,
Artículo 1°.- Establécese adecuar el valor de la unidad retributiva aplicable a las
remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de
Gabinete en un todo de acuerdo con la pauta salarial del año en curso para el personal
de planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Establécese que de existir otro aumento en la pauta salarial del año en
curso para el personal de planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, el mismo será de aplicación al valor de la unidad retributiva aplicable a
las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de
Gabinete.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos, a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto, Planificación y Control Operativo, Administración y Liquidación de
Haberes, Desarrollo del Servicio Civil y Relaciones Laborales del Ministerio de
Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura