DECRETO 18866 1965
Síntesis:
NORMA DEROGADA - LA DIRECCIÓN DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS EXIGIRÁ EL CERTIFICADO DEL EXAMEN PRENUPCIAL FEMENINO.
Publicación:
10/01/1966
Sanción:
24/12/1965
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
Artículo 1° - El certificado del examen prenupcial femenino, cuya obligatoriedad dispone la ley 16.668, será exigido por la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas a partir del 1° de febrero de 1966 a las futuras contrayentes, quienes, de acuerdo con lo establecido por la Resolución N° 6.015/64 del Ministe?io de Asistencia Social y Salud Pública, podrán optar por presentar a las autoridades o profesionales autorizados para efectuar el examen un certificado en el que un medico diplomado de su elección deje constancia de que ha practicado el examen clínico, certificado cuya firma deberán autenticar las autoridades sanitarias competen?es.
Dicho examen clínico deberá ser completado, en todos los casos, por el examen serológico que realizarán los profesionales municipales autorizados.