DECRETO 2031 1987

Síntesis:

OTORGA A LOS MÉDICOS RESIDENTES, IN­STRUCTORES DE RESIDENTES Y JEFES DE RESIDENTES DEL SISTEMA MUNICIPAL DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD UN ADICIONAL EN CONCEPTO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL, EQUIVALENTE AL QUINCE (15%) POR CIENTO DEL SUELDO BÁSICO DEL MÉDICO ASISTENTE DE 24 HORAS SEMANALES

Publicación:

23/04/1987

Sanción:

14/04/1987

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto lo establecido en el artículo 28 de las Disposiciones Transitorias del Sistema Municipal de Residencias del Equipo de Salud, aprobado por Ordenanza N° 40.997 promulgada por Decreto N° 9.853-86 (B.M. N° 17.720), y

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de las funciones que dichos profesionales residentes , como así también sus Instructores y Jefes, desarrollan dentro del ámbito hospitalario, es necesario el otorgamiento especial del cual son beneficiarios los integrantes de la Carrera Municipal de Profesionales de la Salud, en concepto de Responsabilidad Profesional;

Por ello,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1° - Otórgase a los Médicos Residentes, Instructores de Residentes y Jefes de Residentes, comprendidos en la Ordenanza N° 40.997 (B. M. N° 17.720), un adicional en concepto de responsabilidad profesional, equivalente al quince (15) por ciento del sueldo básico del Médico Asistente de 24 horas semanales.

Art. 2° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud Pública y Medio Ambiente, Economía y General de la Intendencia.

Art. 3° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente, Dirección General de Finanzas y del Personal.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dto. 2031-87, Art. 1° integra el Art. 26, inc. e) de la Ord. 40.997 - Adicional por responsabilidad profesional de los Residentes del Sistema Municipal de Residencias del Equipo de Salud