RESOLUCIÓN 373 1999 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y TRANSPORTE Y TRANSITO
Síntesis:
AGENCIAS DEL SERVICIO DE ALQUILER DE AUTOMÓVILES PARTICULARES CON CONDUCTOR (RUREM). OTORGASE PLAZO PARA LA CONCLUSIÓN DE LOS TRAMITES DE HABILITACIÓN DEL LOCAL DE FUNCIONAMIENTO
Publicación:
20/07/1999
Sanción:
12/07/1999
Organismo:
SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y TRANSPORTE Y TRANSITO
Visto el Expediente N° 36.721/99, el Decreto N° 167-GCBA-98 (B.O.C.B.A. N° 406) mediante el que se crea el Registro Unico del Servicio de Alquiler de Automóviles Particulares con Conductor (RUREM), la Resolución N° 399-SPyS-98 (B.O.C.B.A. N° 459) a través de la que se implementa y pone en funcionamiento dicho Registro, la Resolución N° 70-SPyS-99 que prorroga los términos fijados por dichas normas, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 167-GCBA-98 crea el RUREM fijando los requisitos de carácter general que deberán cumplimentarse para la inscripción de agencias y vehículos;
Que la Resolución N° 399-SPyS-98 efectiviza la puesta en funcionamiento de dicho Registro precisando la documentación acreditante de los requisitos establecidos por el decreto aludido precedentemente y estableciendo las reglas aplicables en materia de administración;
Que, sin perjuicio de lo consignado en el considerando anterior, el Art. 1° de dicha resolución suspende en forma transitoria y provisoria por el término de ciento ochenta (180) días la prosecución de trámites para la habilitación y registración de agencias de remises, mientras que en el Art. 2° de la misma establece el plazo para la implementación definitiva del sistema;
Que la Resolución N° 70-SPyS-99, prorrogó por el término de noventa (90) días los plazos establecidos por la norma aludida precedentemente;
Que tal suspensión impide a las agencias registradas por ante la Subsecretaría de Transporte, con anterioridad a la entrada en vigencia de las normas mencionadas, la conclusión de los trámites relativos a la habilitación del local en el que funcionan;
Que la suspensión aludida genera un marco de desigualdad entre las agencias registradas, en detrimento de aquellas que han cumplimentado con la totalidad de los requisitos exigidos;
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS Y TRANSPORTE Y TRANSITO Y
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
Artículo 1° Otórgase un plazo de sesenta (60) días para la conclusión de los trámites de habilitación del local de funcionamiento de las agencias registradas por ante la Subsecretaría de Transporte.
Art. 2° El incumplimiento de lo establecido por el Art. 1° de esta resolución comportará la baja de la registración de la agencia para prestar el servicio de alquiler de automóviles particulares con conductor (remises).
Art. 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y gírese a la Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones, a la Dirección General Gestión del Transporte y a la empresa concesionaria SACTA S.A. Cumplido, archívese.
Hugo R. Clausse
Secretario
Enrique Mathov
Secretario
RESOLUCION N° 373