DECRETO 4475 1982

Síntesis:

EXCEPTÚA A LOS EX COMBATIENTES DE MALVINAS, SUS CÓNYUGES, HIJOS O PADRES DEL PAGO DE ARANCELES HOSPITALARIOS DENTRO DEL ÁMBITO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES POR EL TRATAMIENTO DE AFECCIONES EMERGENTES DE LA GUERRA DE MALVINAS

Publicación:

20/08/1982

Sanción:

11/08/1982

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto que mediante Ordenanza N° 33.209 y su Decreto Reglamentario N° 253/77, se implementó el arancelamiento hospitalario en los establecimientos asistenciales de la Comuna, y

CONSIDERANDO:

Que los hechos derivados del conflicto del Atlántico Sur han generado patologías cuya solución se hace necesaria y entendiendo que esta Intendencia Municipal no puede permanecer ajena a esta problemática;

Que estimando de imprescindible necesidad, a través de sus distintos establecimientos médicos-asistenciales y de rehabilitación, el tratamiento y la recuperación de los soldados conscriptos y voluntarios, como así también de la patología emergente en sus familiares que guardan relación con los hechos que nos ocupa;

Por ello, y de acuerdo con lo aconsejado por la Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1° - Exceptúase del pago del arancelamiento hospitalario dentro del ámbito municipal, atención, trata�miento médico-asistencial y de rehabilitación que se efectúen los soldados conscriptos y voluntarios -bene�ficiarios directos-, sus cónyuges, hijos o padres -bene�ficiarios indirectos-, por afecciones emergentes de la situación derivada del conflicto del Atlántico Sur.

Art. 2° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud Pública y Medio Ambiente, de Economía, General de la Intendencia y de Gobierno.

Art. 3° - Dése al Registro Municipal, publíquese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente.

DECRETO N° 4475-MCBA/82

La presente norma figura publicada en Digesto Municipal 1993, AD 460.51.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
Dto. 4475-82 exceptúa a los ex Combatientes de Malvinas del pago de los aranceles hospitalarios estipulados por Ord. 33.209