DECRETO 4537 1991

Síntesis:

REACTIVA EL CENTRO MUNICIPAL DE ASISTENCIA AL PACIENTE CON PSORIASIS - SERVICIO DE DERMATOLOGÍA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS COSME ARGERICH - CENTRO DE DERIVACIÓN MUNICIPAL DE ASISTENCIA AL PACIENTE CON PSORIASIS

Publicación:

21/10/1991

Sanción:

08/10/1991

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto que, por Decreto N° 3.123/74 (B.M. N° 14.808) ha sido creado el Centro Municipal de Asistencia al Paciente con Psoriasis, con sede en el Servicio de Dermatología del Hospital General de Agudos "Cosme Argerich", ello en cumplimiento de la Comunicación N° 175/73, emanada del Honorable Concejo Deliberante, y

CONSIDERANDO:

Que dicho Centro funcionó ininterrumpidamente durante un lapso de seis años, asistiendo a pacientes con psoriasis de Capital y Gran Buenos Aires, como así también a aquellos provenientes del interior y países limítrofes;

Que la actividad propia del ente dio en su oportunidad origen a numerosos trabajos científicos publicados en nuestro país y en el exterior, circunstancia que puso en evidencia la inquietud del equipo profesional del sector por alcanzar un más alto nivel en materia de investigación;

Que en razón del cambio producido a partir del año 1980 en las políticas hospitalarias, el Centro Municipal de Asistencia al Paciente con Psoriasis fue desactivado;

Que en orden a la actual necesidad de contar con un servicio integral de prestación especializada en psoriasis, en base a la demanda real y potencial, es menester disponer la reactivación del mencionado Centro;

Que el Servicio de Dermatología del citado nosocomio dispone de los recursos humanos, físicos y técnicos elementales para la puesta en marcha y operatividad del Centro;

Que el tratamiento y control de una afección dermatología de las características de la psoriasis requiere la conformación de un grupo de trabajo, integrado entre otros especialistas por dermatólogos, reumatólogos, psiquiatras, psicólogos y sociólogos para el correcto enfoque de esta compleja patología;

Que merced a todo lo antes manifestado y teniendo en cuenta que el sector de marras cumplimenta satisfactoriamente con los requisitos necesarios para ser reactivado como Centro de Derivación Municipal de Asistencia al Paciente con Psoriasis, de acuerdo a la normativa aprobada por Resolución N° 408/86 (B.M. N° 17.892) de la Secretaría de Salud y Medio Ambiente;

Por ello y de acuerdo con lo aconsejado por la Secretaría de Salud y Medio Ambiente,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1° - Reactívase el Centro Municipal de Asistencia al Paciente con Psoriasis, creado por Decreto N° 3.123/74, el cual a partir del dictado del presente acto funcionará en el Servicio de Dermatología del Hospital General de Agudos "Cosme Argerich" como Centro de Derivación Municipal de Asistencia al Paciente con Psoriasis.

Art. 2° - El accionar de dicho Centro deberá ajus�tarse estrictamente a las pautas establecidas en la Resolución N° 408-86 de la Secretaría de Salud y Medio Ambiente, no representando en orden a ello erogación alguna para la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 3° - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Salud y Medio Ambiente.

Art. 4° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Secretaría de Salud y Medio Ambiente.

El presente decreto presenta una corrección en el Visto y en el Artículo 1°. Donde dice: "Decreto N° 3.123/74" decía "Decreto N° 3.123/86"


ANEXOS

La presente norma figura publicada en Digesto Municipal 1993, AD 460.161

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dto. 4537-91 integra la Res. 408-SSPyMA-86 - Reactivación del Centro Municipal de Asistencia al Paciente con Psoriasis
INTEGRA
Dto. 4537-91 reactiva el Centro Municipal de Asistencia al Paciente con Psoriasis creado por Dto. 3123-74