RESOLUCIÓN 1127 2018 MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO
Síntesis:
SE FIJA EL MONTO DE PRESTACIÓN - COMPONENTE ESTUDIAR ES TRABAJAR - PROGRAMA CIUDADANÍA PORTEÑA CON TODO DERECHO - DIRECCIÓN GENERAL DE CIUDADANÍA PORTEÑA - OCTUBRE DE 2018 - MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO
Publicación:
28/11/2018
Sanción:
30/10/2018
Organismo:
MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO
VISTO:
las Leyes Nros. 1878 y 2408, el Decreto N° 249/2014, las Resoluciones N°
715/MDSGC/2008, 53/MDSGC/2015 y 790/MHYDHGC/2017, la Disposición N°
81/DGCPOR/2015, el Expediente Electrónico N° 29474869/MGEYA-DGCPOR/2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1878 crea el Programa "Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho", con
la finalidad de conferir una prestación monetaria mensual por hogar beneficiario, no
retributiva, intransferible e inembargable;
Que la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario dependiente del
Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a través de la Dirección General de
Ciudadanía Porteña, tiene a su cargo la ejecución del Programa;
Que el artículo 8° de la mencionada Ley, modificado por el artículo 1° de la Ley N°
2408, establece las modalidades y monto del beneficio, definiendo que las
prestaciones monetarias se efectúan a través del Banco de la Ciudad de Buenos
Aires, mediante la transferencia de fondos y posterior acreditación de los montos
correspondientes en una cuenta bancaria destinada a tal efecto;
Que mediante Resolución N° 715/MDSGC/2008 se aprueba la implementación del
Componente Estudiar es Trabajar en el ámbito del Programa "Ciudadanía Porteña.
Con Todo Derecho";
Que el Decreto N° 249/GCABA/2014 reglamentario de la Ley N° 1878, establece que
el entonces Ministerio de Desarrollo Social, actual Ministerio de Hábitat y Desarrollo
Humano, en su carácter de Autoridad de Aplicación, dicta las normas
complementarias, operativas y aclaratorias que fueran necesarias para un mejor
cumplimiento del Programa;
Que la Resolución N° 53/MDSGC/2015 establece que el Componente Estudiar es
Trabajar se encuentra dirigido a jóvenes de 18 a 40 años inclusive, que se hallaren
como integrantes de un hogar beneficiario del Programa "Ciudadanía Porteña,. Con
Todo Derecho", de conformidad con los alcances y modalidades que establece la
Resolución N° 715/MHYDHGC/2008;
Que la Resolución N° 790/MHYDHGC/2017 fija el monto de la prestación a otorgar en
el marco del Componente Estudiar es Trabajar, en la suma de Pesos Novecientos
Setenta ($ 970) a partir del mes de Junio de 2017;
Que la Disposición N° 81/DGCPOR/2015 establece que en el caso de actualización
del monto a otorgar por el Componente, la Dirección General de Ciudadanía Porteña
deberá propiciar y sugerir al Ministerio de Desarrollo Social, a través de Expediente
Electrónico, el nuevo monto, debiendo remitir el Proyecto de Resolución a suscribir por
la Sra. Ministro de Desarrollo Social, actual Ministro de Hábitat y Desarrollo Humano;
Que la Dirección General de Ciudadanía Porteña propicia la actualización del monto
de la prestación mensual otorgada por el Componente Estudiar es Trabajar, con la
debida intervención de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario;
Que conforme lo mencionado supra, resulta necesario proceder al dictado del
pertinente acto administrativo, por el cual se fije el monto de la prestación brindada por
el Componente Estudiar es Trabajar, en la suma de Pesos mil cien ($ 1.100.-), a partir
del pago correspondiente al mes de Octubre de 2018.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Art. 1°.- Fíjase el monto de la prestación a otorgar en el marco del Componente
Estudiar es Trabajar, creado en el ámbito del Programa "Ciudadanía Porteña. Con
Todo Derecho", dependiente de la Dirección General de Ciudadanía Porteña, en la
suma de Pesos mil cien ($ 1.100.-) a partir del pago correspondiente al mes de Octubre
de 2018.
Art. 2°.- Publíquese. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano,
a la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario y a la Dirección General
de Ciudadanía Porteña, Cumplido, archívese. Tagliaferri