RESOLUCIÓN 384 2022 MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT

Síntesis:

SE FIJA MONTO DE PRESTACIÓN - BRINDADA - COMPONENTE ESTUDIAR ES TRABAJAR - PROGRAMA CIUDADANÍA PORTEÑA CON TODO DERECHO - JULIO DE 2022 - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

Publicación:

01/08/2022

Sanción:

15/07/2022

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 1878 (texto consolidado Ley N° 6347), el Decreto N° 249/14 y sus

modificatorios, Decreto N° 463/19 y modificatorios, las Resoluciones N° 715-

MDSGC/08, 53-MDSGC/15 y 1127-MHYDHGC/18, la Disposición N° 81-DGCPOR/15,

el EX-2022-24892670- -GCABA-DGPOLA, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con las previsiones de la Ley N° 1878 (texto consolidado por Ley

N° 6347) que creó el Programa "Ciudadanía Porteña. Con todo Derecho", consistente

en una prestación monetaria mensual por hogar beneficiario, no retributiva,

intransferible e inembargable que se otorga en las pautas y condiciones establecidas

en la norma precitada y su reglamentación;

Que en su artículo 12, establece que la entonces Secretaría de Desarrollo Social o el

organismo que en el futuro la reemplace -hoy el Ministerio de Desarrollo Humano y

Hábitat- es la autoridad de aplicación de la Ley, quedando facultada para el dictado de

todos los actos administrativos y la suscripción de los convenios necesarios para su

cumplimiento;

Que, por su parte, el artículo 8° de la mencionada Ley, establece las modalidades y el

monto del beneficio, disponiendo que las prestaciones monetarias se efectúan a través

del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la transferencia de fondos y

posterior acreditación de los montos correspondientes en una cuenta bancaria

destinada a tal efecto;

Que, por Decreto N° 249/14 y modificatorios, se aprobó la reglamentación de la Ley N°

1.878, y en su artículo 2° se estableció que el entonces Ministerio de Desarrollo Social,

actualmente Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, en su carácter de autoridad de

aplicación de la Ley, dicta las normas complementarias, operativas y aclaratorias que

fueran necesarias para el mejor cumplimiento de la misma y de su reglamentación;

Que, en ese marco, en su oportunidad se dictó la Resolución N° 715-MDSGC/08 y se

aprobó la implementación del Componente "Estudiar es Trabajar" en el ámbito del

Programa "Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho" y por la Resolución N° 53-

MDSGC/15 se estableció que dicho componente se encuentra dirigido a jóvenes de 18

a 40 años inclusive, que se hallaren como integrantes de un hogar beneficiario del

Programa "Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho", de conformidad con los alcances

y modalidades que establece la Resolución N° 715-MDSGC/08;

Que, en su oportunidad, la ex- Dirección General de Ciudadanía Porteña mediante la

Disposición N° 81/DGCPOR/2015 estableció que en el caso de actualización del

monto a otorgar por el Componente "Estudiar es Trabajar", esa instancia deberá

propiciar y sugerir al entonces Ministerio de Desarrollo Social, actualmente Ministerio

de Desarrollo Humano y Hábitat, a través de Expediente Electrónico, el nuevo monto,

debiendo remitir el Proyecto de Resolución a suscribir por la Sra. Ministro de

Desarrollo Social, actual Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat;

Que, la Resolución N° 1127-MHYDHGC/18 fija el monto de la prestación a otorgar en

el marco del Componente "Estudiar es Trabajar", en la suma de Pesos Mil Cien

($ 1.100,00.-) a partir del pago correspondiente al mes de octubre de 2018;

Que, a partir del 1 de agosto de 2021, en la estructura orgánico funcional del Ministerio

de Desarrollo Humano y Hábitat, aprobada por Decreto N° 463/19 y modificatorios, se

elimina la Dirección General Ciudadanía Porteña y se contempla a la Gerencia

Operativa de Ciudadanía Porteña bajo la órbita de la Dirección General Políticas

Alimentarias, dependiente de la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y

Comunitario;

Que la Gerencia Operativa de Ciudadanía Porteña tiene a su cargo la ejecución del

Programa "Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho", creado por Ley N° 1878 (texto

Consolidado Ley N° 6347) y reglamentado por Decreto N° 249/14 y sus modificatorios;

Que la Dirección General de Políticas Alimentarias, con la conformidad de la

Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario, propicia la

actualización del monto de la prestación mensual otorgada por el Componente

"Estudiar es Trabajar";

Que, en virtud de ello, resulta pertinente dictar el acto administrativo que actualice el

monto de la prestación brindada por el Componente "Estudiar es Trabajar" del

Programa "Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho", fijándose en la suma de Pesos

DOS MIL NOVECIENTOS ($ 2.900,00.-) a partir del pago correspondiente al mes de

Julio de 2022;

Que, la Gerencia Operativa Legal, dependiente de la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal de la Subsecretaria de Administración, elaboró el

correspondiente informe técnico legal;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

LA MINISTRA DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

RESUELVE:

Artículo 1°.- Fíjase el monto de la prestación brindada en el marco del Componente

"Estudiar es Trabajar" del Programa "Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho", en la

suma de Pesos DOS MIL NOVECIENTOS ($ 2.900,00.-) a partir del pago

correspondiente al mes de Julio de 2022.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y demás trámite,

pase a la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario, a la

Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Humano

y Hábitat, y a la Dirección General de Políticas Alimentarias. Cumplido, remítase a la

guarda temporal. Migliore

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 316/MDHYHGC/23, deja sin efecto la Resolucion Nº 384- MDHYHGC/22.  </p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución 384/MDHYHGC/22 fija el monto de la prestación brindada en el marco del Componente “Estudiar es Trabajar” del Programa “Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho”, a partir del pago correspondiente al mes de Julio de 2022, modificando la Resolución N° 1127/MHYDHGC/18. </p><p> </p>