RESOLUCIÓN 384 2022 MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT
Síntesis:
SE FIJA MONTO DE PRESTACIÓN - BRINDADA - COMPONENTE ESTUDIAR ES TRABAJAR - PROGRAMA CIUDADANÍA PORTEÑA CON TODO DERECHO - JULIO DE 2022 - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT
Publicación:
01/08/2022
Sanción:
15/07/2022
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley N° 1878 (texto consolidado Ley N° 6347), el Decreto N° 249/14 y sus
modificatorios, Decreto N° 463/19 y modificatorios, las Resoluciones N° 715-
MDSGC/08, 53-MDSGC/15 y 1127-MHYDHGC/18, la Disposición N° 81-DGCPOR/15,
el EX-2022-24892670- -GCABA-DGPOLA, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con las previsiones de la Ley N° 1878 (texto consolidado por Ley
N° 6347) que creó el Programa "Ciudadanía Porteña. Con todo Derecho", consistente
en una prestación monetaria mensual por hogar beneficiario, no retributiva,
intransferible e inembargable que se otorga en las pautas y condiciones establecidas
en la norma precitada y su reglamentación;
Que en su artículo 12, establece que la entonces Secretaría de Desarrollo Social o el
organismo que en el futuro la reemplace -hoy el Ministerio de Desarrollo Humano y
Hábitat- es la autoridad de aplicación de la Ley, quedando facultada para el dictado de
todos los actos administrativos y la suscripción de los convenios necesarios para su
cumplimiento;
Que, por su parte, el artículo 8° de la mencionada Ley, establece las modalidades y el
monto del beneficio, disponiendo que las prestaciones monetarias se efectúan a través
del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la transferencia de fondos y
posterior acreditación de los montos correspondientes en una cuenta bancaria
destinada a tal efecto;
Que, por Decreto N° 249/14 y modificatorios, se aprobó la reglamentación de la Ley N°
1.878, y en su artículo 2° se estableció que el entonces Ministerio de Desarrollo Social,
actualmente Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, en su carácter de autoridad de
aplicación de la Ley, dicta las normas complementarias, operativas y aclaratorias que
fueran necesarias para el mejor cumplimiento de la misma y de su reglamentación;
Que, en ese marco, en su oportunidad se dictó la Resolución N° 715-MDSGC/08 y se
aprobó la implementación del Componente "Estudiar es Trabajar" en el ámbito del
Programa "Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho" y por la Resolución N° 53-
MDSGC/15 se estableció que dicho componente se encuentra dirigido a jóvenes de 18
a 40 años inclusive, que se hallaren como integrantes de un hogar beneficiario del
Programa "Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho", de conformidad con los alcances
y modalidades que establece la Resolución N° 715-MDSGC/08;
Que, en su oportunidad, la ex- Dirección General de Ciudadanía Porteña mediante la
Disposición N° 81/DGCPOR/2015 estableció que en el caso de actualización del
monto a otorgar por el Componente "Estudiar es Trabajar", esa instancia deberá
propiciar y sugerir al entonces Ministerio de Desarrollo Social, actualmente Ministerio
de Desarrollo Humano y Hábitat, a través de Expediente Electrónico, el nuevo monto,
debiendo remitir el Proyecto de Resolución a suscribir por la Sra. Ministro de
Desarrollo Social, actual Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que, la Resolución N° 1127-MHYDHGC/18 fija el monto de la prestación a otorgar en
el marco del Componente "Estudiar es Trabajar", en la suma de Pesos Mil Cien
($ 1.100,00.-) a partir del pago correspondiente al mes de octubre de 2018;
Que, a partir del 1 de agosto de 2021, en la estructura orgánico funcional del Ministerio
de Desarrollo Humano y Hábitat, aprobada por Decreto N° 463/19 y modificatorios, se
elimina la Dirección General Ciudadanía Porteña y se contempla a la Gerencia
Operativa de Ciudadanía Porteña bajo la órbita de la Dirección General Políticas
Alimentarias, dependiente de la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y
Comunitario;
Que la Gerencia Operativa de Ciudadanía Porteña tiene a su cargo la ejecución del
Programa "Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho", creado por Ley N° 1878 (texto
Consolidado Ley N° 6347) y reglamentado por Decreto N° 249/14 y sus modificatorios;
Que la Dirección General de Políticas Alimentarias, con la conformidad de la
Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario, propicia la
actualización del monto de la prestación mensual otorgada por el Componente
"Estudiar es Trabajar";
Que, en virtud de ello, resulta pertinente dictar el acto administrativo que actualice el
monto de la prestación brindada por el Componente "Estudiar es Trabajar" del
Programa "Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho", fijándose en la suma de Pesos
DOS MIL NOVECIENTOS ($ 2.900,00.-) a partir del pago correspondiente al mes de
Julio de 2022;
Que, la Gerencia Operativa Legal, dependiente de la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal de la Subsecretaria de Administración, elaboró el
correspondiente informe técnico legal;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
Artículo 1°.- Fíjase el monto de la prestación brindada en el marco del Componente
"Estudiar es Trabajar" del Programa "Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho", en la
suma de Pesos DOS MIL NOVECIENTOS ($ 2.900,00.-) a partir del pago
correspondiente al mes de Julio de 2022.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y demás trámite,
pase a la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario, a la
Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Humano
y Hábitat, y a la Dirección General de Políticas Alimentarias. Cumplido, remítase a la
guarda temporal. Migliore