DECRETO 7409 1982
Síntesis:
EXIME DEL PAGO DE ARANCELES POR EL OTORGAMIENTO DE LA LIBRETA SANITARIA A LOS AGENTES MUNICIPALES QUE DEBAN SOLICITARLA PARA CUMPLIR SERVICIOS EN CUALQUIER ORGANISMO DEPENDIENTE DE ESTA MUNICIPALIDAD
Publicación:
24/11/1982
Sanción:
16/11/1982
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Visto que por Expediente N° 29.547/82 la Dirección del Menor, Adulto y Familia dependiente de la Subsecretaría de Acción Social, gestiona el otorgamiento gratuito de la Libreta Sanitaria a los agentes municipales que la necesiten para el desempeño de sus tareas en la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto N° 7.824/81 (B.M. número 16.696) el Departamento Ejecutivo fijó los aranceles a cobrar por los distintos servicios especiales que presta esta Comuna;
Por ello, y atento lo propuesto por la Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente y lo aconsejado por la Secretaría de Economía;
El Intendente Municipal
Artículo 1° - Exímese del pago de aranceles por el otorgamiento de la Libreta Sanitaria a los agentes muni�cipales que deban solicitarla para cumplir servicios en cualquier organismo dependiente de esta Municipalidad.
Art. 2° - La solicitud debe ser ratificada por la autoridad superior de la unidad de organización donde se desempeña el agente peticionante.
Art. 3° - La medida dispuesta en el artículo 1° tendrá vigencia desde la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Municipal.
Art. 4° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud Pública y Medio Ambiente y de Economía.
Art. 5° - Dése al Registro Municipal; publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos remítase y para su conocimiento y demás efectos remítase a las Secretarías de Salud Pública y Medio Ambiente y de Economía; cumplido, archívese por el término de 10 años.