RESOLUCIÓN 1943 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

ESTABLECE CARGOS - CUMPLIMIENTO DE RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - PROGRAMA BUENOS AIRES PRESENTE - DIRECCIÓN GENERAL ATENCIÓN INMEDIATA - SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO - COBERTURA - POR CONCURSO - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO - MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Publicación:

19/12/2018

Sanción:

11/12/2018

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

Las Leyes Nros. 471 y modificatoria, 3.706 y 5.460 y modificatoria (textos consolidados

por Ley N° 6.017), el Acta de Negociación Colectiva Nro. 17/13 y modificatoria,

instrumentada por Resoluciones Nros. 20/MHGC/14 y 625/MEFGC/18, los Decretos

Nros. 2018/1999, 310/13, 363/15 y sus modificatorios, 234/18, la Resolución N°

913/18, el Expediente Electrónico N° 32539150/MGEYA/DGDAI/2018, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 3.706 tiene por objeto proteger integralmente y operativizar los

derechos de las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle;

Que, a tales fines, en su artículo 4°, establece los deberes del Estado de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, entre ellos, garantizar: "k) La realización de un

relevamiento anual de las personas en situación de calle o en riesgo a la situación de

calle con información desagregada que posibilite un diagnóstico y fijar políticas

puntuales para los distintos subgrupos. Se promoverá la elaboración del diagnóstico

con la participación de expertos en la materia, organizaciones no gubernamentales y

organizaciones de la sociedad civil integradas o no por personas en situación de calle

o en riesgo a la situación de calle";

Que mediante el Decreto N° 310/13 se aprueba la reglamentación de la citada Ley,

estableciendo como autoridad de aplicación al entonces Ministerio de Desarrollo

Social, actual Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, encargada de llevar a cabo

el referido relevamiento como así también de determinar las pautas de procedimientos

aplicables para su implementación;

Que por el Decreto N° 386/17, se modifica la estructura organizativa del Ministerio de

Hábitat y Desarrollo Humano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando

modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, en el que se

aprobara la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Dirección

General Atención Inmediata, dependiente de la Subsecretaría de Fortalecimiento

Familiar y Comunitario, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano;

Que la mencionada Dirección General tiene entre sus responsabilidades primarias las

de diseñar e implementar los mecanismos para asegurar la disponibilidad de recursos

en la atención de las situaciones de emergencia social, orientados a la asistencia y

promoción de las personas y planificar, implementar y monitorear programas de

detección, prevención, información, atención, asistencia, derivación y orientación en

casos de emergencia social y de personas en situación de riesgo, abandono o

vulnerabilidad social en el área de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco

del Programa "Buenos Aires Presente";

Que la Ley N° 5.460 y modificatoria, aprueba la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que establece como objetivo del Ministerio de

Economía y Finanzas diseñar e implementar políticas de gestión y administración de

los recursos humanos y la carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que la Ley N° 471 y modificatoria, establece el Régimen de Relaciones Laborales y en

su artículo 9 inciso c), determina que los trabajadores de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires tienen derecho a desarrollar una carrera administrativa, que le posibilite

el desarrollo personal y profesional;

Que por Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por

Resoluciones Nros. 20/MHGC/14 y 625/MEFGC/18, se aprobó el Nuevo Régimen

Escalafonario y de Carrera Administrativa aplicable al personal del Escalafón General

de la Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que en el artículo 28 del Anexo I "Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa"

del Acta citada, se estableció que para la promoción de tramo dentro de la Carrera

Administrativa es necesario que exista vacante con su correspondiente financiamiento

presupuestario en el tramo de destino;

Que, en dicho marco, por Resolución N° 913/MEFGC/18 se estableció el

procedimiento para la definición de vacantes de cada Unidad Organizativa por

agrupamiento y tramo en el marco del Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera

Administrativa aplicable al personal comprendido en el Artículo 1° del Anexo I del Acta

de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias e instrumentada por Resolución N°

20/MHGC/14 y 625/MEFGC/18;

Que, en dicho marco, el Artículo 1° del Decreto N° 234/18, delega en el señor Vicejefe

de Gobierno, la Secretaría Legal y Técnica, los señores/as Ministros/as del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma conjunta con el Ministro de

Economía y Finanzas, la facultad de establecer los cargos asignados legal y

presupuestariamente para el cumplimiento de las responsabilidades primarias

definidas de cada jurisdicción;

Que a fin de propiciar el correcto funcionamiento operativo del Programa "Buenos

Aires Presente", que fuere creado mediante Decreto N° 2018/1999 con el objetivo de

reforzar los dispositivos de primer nivel de atención social a través de componentes

complementarios y asociados a los servicios y programas existentes, en el ámbito de

la Dirección General Atención Inmediata, dependiente de la Subsecretaría de

Fortalecimiento Familiar y Comunitario, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

y lograr mayor eficiencia en sus servicios, resulta necesario determinar los cargos

asignados a la mencionada Dirección General;

Que en ese sentido, la Dirección General Planificación y Control Operativo

dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, ha tomado debida

intervención, efectuando la correspondiente evaluación de las necesidades de

dotación de la Dirección General Atención Inmediata, no encontrando objeciones a los

fines de establecer los cargos asignados legal y presupuestariamente para el

cumplimiento de las responsabilidades primarias de la referida Unidad Organizativa;

Que la cobertura de los cargos vacantes se efectuará por concurso, de acuerdo a la

reglamentación que se establezca a tal efecto, de conformidad con el Acta de

Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias, con excepción de lo establecido en el

Anexo III, de la Resolución N° 913/MEFGC/18.

Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hábitat y

Desarrollo Humano y la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del

Ministerio de Economía y Finanzas han tomado la debida intervención en el ámbito de

su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 5.460 y modificatoria y

las facultades conferidas por Decreto N° 234/18,

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO

Y El MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establécense los cargos asignados legal y presupuestariamente para el

cumplimiento de las responsabilidades primarias en el marco del Programa "Buenos

Aires Presente", de la Dirección General Atención Inmediata, dependiente de la

Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, del Ministerio de Hábitat y

Desarrollo Humano, conforme se detalla en el Anexo I (IF N°

32611050/DGPLYCO/18), que a todos los efectos forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Establécese que la cobertura de los cargos referidos en el Artículo 1° de la

presente, se efectuará por concurso, de acuerdo a la reglamentación que se

establezca a tal efecto, de conformidad con el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13

y modificatorias, con excepción de lo establecido en el Anexo III, de la Resolución N°

913/MEFGC/18.

Artículo 3°.- La Dirección General de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del

Ministerio de Economía y Finanzas, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes

a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de la

Subsecretaría de Gestión y Administración Económica, a las Direcciones Generales

Administración y Liquidación de Haberes, Planificación y Control Operativo y

Desarrollo del Servicio Civil, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos,

dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas y, para su conocimiento y demás

efectos, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de

Hábitat y Desarrollo Humano, y pase a la Dirección General Atención Inmediata, del

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese. Tagliaferri - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5522

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución Conjunta 1943-MEFGC-18 establece los cargos asignados legal y presupuestariamente para el cumplimiento de las responsabilidades primarias en el marco del Programa Buenos Aires Presente, aprobado por el Decreto 2018-99.</p>