LEY 6073 2018

Síntesis:

NOTA: LA PRESENTE NORMA NO SE ENCUENTRA VIGENTE. FUE DECLARADA CADUCA POR OBJETO CUMPLIDO AL APROBARSE LA TERCERA ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO A TRAVÉS DE LA LEY N° 6.347 (BOCBA N° 6.009 DEL 1/12/2020). LAS MODIFICACIONES QUE ESTABLECIÓ LA PRESENTE NORMA SE INCORPORARON A LA NORMA PRINCIPAL. POR ELLO, SE RECOMIENDA CONSULTAR EL ÚLTIMO TEXTO CONSOLIDADO DE LA NORMA PRINCIPAL.///PRORROGA ENTRADA EN VIGENCIA - ARTÍCULO 1 - LEY 622 TEXTO CONSOLIDADO POR LEY 6017 - 31 DE DICIEMBRE - AÑO 2019 - PROHIBICIÓN DE INGRESO DE GANADO EN PIE - TERRITORIO - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EXCEPCIÓN - EXPOSICIONES - FERIAS - ACTIVIDADES CIENTÍFICAS - CULTURALES - DEPORTIVAS - LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

27/12/2018

Sanción:

06/12/2018

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

21/12/2018

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2019 la entrada en vigencia del

artículo 1° de la Ley 622 (Texto consolidado por Ley 6017), referida a la prohibición de

ingreso de ganado en pie en todo el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

con la excepción de aquellos destinados a exposiciones, ferias o actividades

científicas, culturales o deportivas.

Art. 2°.- La presente Ley entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2019.

Art. 3°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez

Buenos Aires, 21 de diciembre de 2018

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 6073 (E.E. N° 34.357.655-MGEYA-

DGALE-2018) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

en su sesión del día 6 de diciembre de 2018.

El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Gobierno, de Ambiente

y Espacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General Asuntos Legislativos, comuníquese a los Ministerios de Gobierno y de

Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci

Silva - Macchiavelli - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 6073 prorroga hasta el 31 de diciembre de 2019 la entrada en vigencia del artículo 1 de la Ley 622 (Texto consolidado por Ley 6017).</p>