DISPOSICIÓN 75 2018 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
Síntesis:
SE ESTABLECE PLAZO - ENTRE EL 26 DE DICIEMBRE DE 2018 HASTA EL 31 DE ENERO DE 2019 - REEMPADRONAMIENTO ANUAL - INSCRIPTOS EN EL REGISTRO DE ASPIRANTES A EXPLOTAR LOS ESPACIOS PARA PEQUEÑOS COMERCIOS - DISCAPACITADOS
Publicación:
03/01/2019
Sanción:
20/12/2018
Organismo:
COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
VISTO:
La Ley N° 24.308, La ley 447, el Decreto N° 1.553/97 GCBA, la Resolución N° 4
COPIDIS 2016 y el EX-2018-34309035-MGEYA-COPIDIS Y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley N° 24.308 que sustituye el artículo 11 de la Ley N° 22.431,
dispuso que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, está obligado a
otorgar en concesión a Personas con Discapacidad, espacios para pequeños
comercios;
Que a tal fin, mediante el Decreto N° 1.553/97 se creó el Registro de Aspirantes a
Explotar los Espacios para Pequeños Comercios", referidos en el artículo 1° de la Ley
N° 24.308;
Que la Ley N° 447, creó en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con
Discapacidad COPIDIS que establece un régimen básico e Integral para la prevención,
rehabilitación, equiparación de posibilidades y oportunidades y para la participación e
integración plena en la sociedad de las personas con discapacidad;
Que mediante la Resolución 4/COPIDIS/2016 se estableció el procedimiento de
selección de aspirantes para la adjudicación de un Pequeño Comercio a aquellos
inscriptos en el "Registro de Aspirantes a explotar los espacios para Pequeños
Comercios" que administra COPIDIS;
Que la normativa establece la obligación de convocar un Reempadronamiento para
que anualmente los inscriptos en el Registro manifiesten su intención de permanecer
en el mismo, presentándose en las oficinas de COPIDIS con el objeto de firmar un
certificado de permanencia y que de no presentarse ante esta convocatoria serán
automáticamente dados de baja en el citado registro;
Que en ese sentido, desde la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las
Personas con Discapacidad se llevará adelante el Reempadronamiento desde el día
26 de Diciembre de 2018 hasta el 31 de enero de 2019;
Que las personas interesadas en seguir formando parte del Registro de Aspirantes
deberán presentarse con: (i) original del certificado de discapacidad vigente y (ii) una
copia y original del Documento Nacional de Identidad de donde surja el domicilio en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires o un original del certificado extendido por la
dependencia policial.
Que en consecuencia, corresponde emitir el presente acto administrativo publicarlo en
el Boletín Oficial y notificarlo a los interesados.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo1°.- Establécese el plazo comprendido entre el 26 de Diciembre de 2018 hasta
el 31 de enero de 2019 para que los inscriptos en el "Registro de Aspirantes a Explotar
los Espacios para Pequeños Comercios" cumplan con el Reempadronamiento Anual.
Artículo 2°.- Delégase en la Gerencia Operativa de Promoción de Empleo para
Personas con Discapacidad la responsabilidad de notificar a las personas inscriptas en
dicho Registro para que en el plazo determinado se acerquen a la oficina de COPIDIS,
sita en la calle Balcarce 370 PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el fin de
firmar el certificado de permanencia que acredite su intención de permanecer en el
citado Registro.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese
a los inscriptos en el citado Registro. Cumplido, archívese. Rozental