ORDENANZA 44414 1990

Síntesis:

LOS ORGANISMOS ASISTENCIALES QUE RECIBAN SANGRE DESTINADA A TRANSFUSIONES DEBEN PREVIAMENTE EFECTUAR LAS PRUEBAS PARA LA DETECCIÓN DEL VIRUS DEL SIDA - HIV - VIH - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

07/09/1990

Sanción:

09/08/1990

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

28/08/1990


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

 

 

El Honorable Concejo Deliberante

de la Ciudad de Buenos Aires

Sanciona con Fuerza de

ORDENANZA:

Artículo 1° - Los organismos asistenciales dependientes de la Comuna que recibieren sangre destinada a transfusiones, deberán efectuar de manera inmediata, y con carácter previo a ser transfundida a un paciente, las pruebas para la detección del virus del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida.

Art. 2° - El resultado de estos análisis se hará constar en una etiqueta que deberá ser adherida a cada envase, y en la cual se hará constar la fecha de recepción del material, laboratorio en que se efectuó el análisis, fecha y nombre del profesional responsable.

Art. 3° - Idéntico análisis al indicado en el artículo 1° deberá efectuarse a cada partida de productos que contengan entre sus componentes elementos provenientes de la sangre humana, y el resultado del análisis, fecha, laboratorio que lo efectuó y nombre del profesional responsable deberán indicarse en cada envase del medicamento.

Art. 4° - Los datos indicados en los artículos anteriores deberán indicarse, asimismo, en la historia clínica de cada paciente que recibiera transfusión de sangre o al cual le fuere administrado medicamento que tuviere entre sus componentes elementos provenientes de la sangre humana.

Art. 5° - Comuníquese, etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
MODIFICADA POR
Ord. 45475-91 modifica Ord. 44414-90 art. 1°, 2°, 3°, 4°, 5° y agrega art. 6°.