RESOLUCIÓN 201 2018 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
APRUEBA PLAN ANUAL DE TRABAJO - AÑO 2019 - SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - APRUEBA PLANES ANUALES DE TRABAJO - UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA DE LAS DISTINTAS JURISDICCIONES Y ENTIDADES - PODER EJECUTIVO - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - AUTORIZA ELEVAR LA PLANIFICACIÓN ANUAL DETALLADA - AÑO 2020
Publicación:
14/01/2019
Sanción:
26/12/2018
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70 (BOCBA
N° 539), las Resoluciones N° 182-SGCBA/16 (BOCBA N° 4.983) y N° 41-SGCBA/18
(BOCBA N° 5.346), el
Expediente Electrónico N° 35.042.229-MGEYA-
GGTALSGCBA/18, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la
Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano rector de
las normas de control interno, con personería jurídica propia y autarquía administrativa
y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que, conforme dicho artículo la Sindicatura General de la Ciudad "tiene a su cargo el
control interno, presupuestario, contable, financiero, económico, patrimonial, legal y de
gestión (...) de la administración pública en todas las jurisdicciones que componen la
administración central y descentralizada", siendo "el órgano rector de las normas de
control interno", ejerciendo por ello "la fiscalización y complimiento del cumplimiento y
aplicación de las mismas";
Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.017) fijó los Sistemas de Gestión,
Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y
estableció la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que el artículo 121 de la Ley citada dispone que el Sistema de Control Interno queda
conformado por la Sindicatura General de la Ciudad -órgano normativo, de supervisión
y coordinación- y por las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidad
dependiente del Poder Ejecutivo, estas últimas coordinadas técnicamente por esta
Sindicatura General;
Que, a su vez, el artículo 123 inciso 12) y el artículo 130 inciso 7) de dicha Ley,
establecen que es función de esta Sindicatura General y atribución del/de la Síndico/a
General, aprobar los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría Interna,
orientar y supervisar su ejecución y resultados;
Que el artículo 130 inciso 2) de la Ley citada en los considerandos precedentes,
también establece que el/la Síndico/a General cuenta con las atribuciones para
organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la
Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal;
Que, paralelamente, el inciso 3) de dicho artículo, dispone que el/la Síndico/a General
tiene la facultad de elevar anualmente a consideración del/de la Jefe/a de Gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires el anteproyecto de su plan de acción y presupuesto de
gastos;
Que mediante la Resolución N° 182-SGCBA/16 se aprobó el Procedimiento para la
Elaboración de la Planificación de Auditorías;
Que el artículo 3° de la citada normativa establece que las Unidades de Auditoría
Interna deberán elevar la Planificación Anual Detallada para consideración de la
Sindicatura General de la Ciudad, antes del último día hábil del mes de octubre de
cada año;
Que la Resolución N° 41-SGCBA/18 aprobó el Manual de Usuario Sistema Integral de
Gestión y Control Interno (SIGECI), como instrumento idóneo para integrar la debida
información para el monitoreo continuo de la gestión y del Sistema de Control Interno,
aplicable a esta Sindicatura General y a las Unidades de Auditoría Interna;
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de
Trabajo de esta Sindicatura General y los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades
de Auditoría Interna;
Que del Expediente mencionado surge que se ha prestado conformidad al Plan Anual
de esta Sindicatura General y a los Planes Anuales de las Unidades de Auditoría
Interna, y en consecuencia, se ha recomendado su aprobación;
Que la Subgerencia Operativa Normativa, ha tomado la intervención correspondiente
en virtud de sus misiones y funciones;
Que la Gerencia Operativa Legal ha tomado la intervención que resulta de su
competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 35.080.866-GGTALSGCBA/18.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 70 (texto consolidado
por Ley N° 6.017),
LA SÍNDICA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°.- Apruébase el Plan Anual de Trabajo de la Sindicatura General de la
Ciudad de Buenos Aires para el año 2019, que como Anexo I, II, III, IV y V, Informe N°
IF 35.100.113-GGTALSGCBA/18, forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Apruébanse los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría
Interna de las distintas jurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el año 2019, que como Anexo VI, Informe
N° IF 35.102.579-GGTALSGCBA/18, forman parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Autorícese excepcionalmente a las Unidades de Auditoría Interna elevar la
Planificación Anual Detallada correspondiente al año 2020 para consideración de la
Sindicatura General, durante el mes de noviembre de 2019.
Artículo 4°.- Las modificaciones en la Planificación de las Unidades de Auditoría
Interna serán aprobadas por el/la Síndico/a General Adjunto/a a través del Módulo de
Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos (SADE), de acuerdo a lo informado por los Gerentes Generales de
Auditoría Jurisdicción I y II, de esta Sindicatura General.
Las modificaciones en la Planificación de la Sindicatura General serán aprobadas por
el/la Síndico/a General a través del Módulo de Comunicaciones Oficiales (CCOO) del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), de acuerdo a lo
informado por las Gerencias Generales de Auditoría Jurisdicción I y II, la Gerencia
General Auditoría de Comunas y la Gerencia Relaciones Institucionales de esta
Sindicatura General.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entidades del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las Unidades de Auditoría Interna de cada
jurisdicción y entidad dependiente del Poder Ejecutivo, al/a la Síndico/a General
Adjunto/a, a las Gerencias Generales Jurisdiccionales I y II, a la Gerencia General
Auditoría de Comunas, a la Gerencia Relaciones Institucionales y, para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y
Legal. Cumplido, archívese. Freda