RESOLUCIÓN 182 2016 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE APRUEBA PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN DE AUDITORÍAS - SINDICATURA GENERAL - UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA - PLAZOS - FECHA - PLANEAMIENTO - PLANES - CONTROL INTERNO
Publicación:
11/10/2016
Sanción:
05/10/2016
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70 (BOCBA
N° 539), las Resoluciones N° 123-SGCBA/12 (BOCBA N° 4.039) y N° 158-SGCBA/16
(BOCBA N° 4.941), la Circular N° 3-SGCBA/09, el Expediente Electrónico N°
21.892.451-MGEYA-SGCBA/16, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad establece que la Sindicatura
General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano rector del sistema de
control interno, con personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que el artículo 121 de la Ley N° 70 dispone que el Sistema de Control Interno de la
Ciudad queda conformado por la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires --
órgano normativo, de supervisión y coordinación-- y por las Unidades de Auditoría
Interna de cada jurisdicción y entidad que dependan del Poder Ejecutivo, estas últimas
coordinadas técnicamente por la mencionada Sindicatura General;
Que a fin de posibilitar el cumplimiento del rol de órgano rector del Sistema de Control
Interno previsto para la Sindicatura General, el artículo 123 inciso 2) de la Ley N° 70,
encomienda a la misma, el dictado de las Normas de Auditoría Interna y la supervisión
de su aplicación, por parte de las jurisdicciones y entidades que se encuentran bajo su
órbita de control;
Que el artículo 130 inciso 7) de la citada Ley dispone que el/la Síndico/a General tiene,
entre otras atribuciones y responsabilidades, la de aprobar los planes anuales de
trabajo de las Unidades de Auditoría Interna, orientar y supervisar su ejecución y
resultados;
Que por Resolución N° 123-SGCBA/12 se aprobó el Procedimiento para la
Elaboración de la Planificación de Auditorías;
Que por Circular N° 3-SGCBA/09 se estableció el 30 de octubre de cada año, como
fecha tope de elevación de la Planificación Anual Detallada de las Unidades de
Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidad dependiente del Poder Ejecutivo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su consideración por parte de la Sindicatura
General;
Que la Planificación constituye el primer paso para el cumplimiento de las metas y
objetivos de la auditoría;
Que a fin de lograr la mejora continua del Sistema de Control Interno y en miras de
una mayor eficacia y eficiencia en la elaboración de dicha Planificación, deviene
necesario adecuar la normativa vigente y derogar la Resolución N° 123-SGCBA/12;
Que la Subgerencia Operativa Normativa ha tomado la intervención correspondiente
en virtud de las misiones y funciones establecidas por la Resolución N° 158-
SGCBA/16;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 21.949.162-SGCBA/16.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 121, 123 inciso 2) y 130
inciso 7) de la Ley N° 70,
Artículo 1°.- Apruébase el Procedimiento para la Elaboración de la Planificación de
Auditorías que como Anexo I, IF N° 22.797.485-SGCBA/16, forma parte integrante de
la presente.
Artículo 2°.- Derógase la Resolución N° 123-SGCBA/12.
Artículo 3°.- Establécese que las Unidades de Auditoría Interna de cada una de las
jurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, deberán elevar la Planificación Anual Detallada para consideración
de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, antes del último
día hábil del mes de octubre de cada año.
Artículo 4°.- Derógase la Circular N° 3-SGCBA/09.
Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, comuníquese a las Gerencias Generales de Auditoría Jurisdicción I y II,
a la Gerencia General de Comunas, a la Gerencia de Relaciones Institucionales, a la
Secretaría General, al Síndico/a General Adjunto/a de la Sindicatura General de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Unidades de Auditoría Interna de las
distintas jurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda
ANEXOS