RESOLUCIÓN 1142 2003 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

RATIFICA EL RECHAZO A LA SOLICITUD DEL SR. PEDRO MAGNOLI, RELACIONADA CON LA INCLUSIÓN DEL VEHÍCULO PATENTE C 1.521.920 EN EL REGISTRO DE TAXIS -RATIFICACIÓN DE RESOLUCIONES , DENEGACIÓN DE SOLICITUDES , SOLICITUD DE INCLUSIÓN , SIN EFECTO , AUTORIZACIÓN PARA CIRCULAR , REVOCACIÓN DE PERMISO PROVISORIO

Publicación:

22/09/2003

Sanción:

15/09/2003

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto el Expediente N° 15.877/92, y

CONSIDERANDO:

Que por el referido Expediente el señor Pedro Magnoli DNI 4.408.869, tramita la solicitud de inclusión en el Registro de Licencias de Automóviles de Alquiler con Taxímetro del vehículo patente C 1.521.920;

Que a fojas 10 del Expediente citado mediante acto administrativo de abril de 1992, la autoridad de aplicación procede a rechazar la petición, dado los antecedentes obrantes a fojas 9;

Que obra dictamen agregado a fojas 31, por el que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires opina que no se han incorporado nuevas pruebas con entidad para acreditar los derechos invocados, considerando que debe rechazarse la pretensión, propiciando la confirmación de la Resolución de fojas10;

Que posteriormente el señor Magnoli se presentó al censo de permisos provisorios, precarios y revocables, acompañando documentación;

Que opinó la Comisión de Estudio Resolución N° 14/SSTYT/00, destacando que la firma inserta en el formulario de cambio de uso agregado al Expediente resultaría apócrifa, conforme la pericia realizada por la División Scopometría de la Policía Federal Argentina, correspondiendo el dictado del acto administrativo rechazando la pretensión;

Que del Dictamen N° 16.043 emitido por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, surge que el reclamo interpuesto no aporta elemento alguno que permita variar el temperamento oportunamente adoptado, aconsejando el dictado de la Resolución desestimando el recurso interpuesto;

Que asimismo señala respecto de la posible comisión de un delito de acción pública, que la acción penal que pudiera corresponder se encuentra prescripta;

Que siendo que ha habido una tolerancia de la administración, al autorizar el funcionamiento de taxis con recursos pendientes, la vigencia del permiso provisorio, precario y revocable se halla vinculada a lo que en definitiva se resuelva acerca de los mismos, por lo que debe revocarse el permiso precario oportunamente otorgado;

Que en tal inteligencia, corresponde intimar al recurrente a acreditar la eliminación de todas las señales distintivas de taxi y la devolución de toda la documentación habilitante que pudiera estar en su poder;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Ratifícase la Resolución que obra a fojas 10 del Expediente N° 15.877/1992 por la cual se rechaza el reclamo presentado por el señor Pedro Magnoli, DNI 4.408.869, con relación a la solicitud de inclusión del vehículo patente C 1.521.920 en el Registro de Automóviles de Alquiler con Taxímetro.

Artículo 2° - Déjase sin efecto la autorización para circular, revocándose el permiso provisorio precario y revocable que se hubiere otorgado con relación al vehículo dominio C 1.521.920 o el que lo hubiere reemplazado por cambio de material.

Artículo 3° - Intímase al recurrente a acreditar, en el plazo de cinco (5) días hábiles de notificado el presente, la eliminación de todas las señales distintivas de taxi del vehículo dominio C 1.521.920 o el que lo hubiere reemplazado, y la devolución de toda la documentación habilitante de la licencia que pudiere estar en su poder, bajo apercibimiento de adoptar las medidas pertinentes para obtener su cumplimiento con el auxilio de la fuerza pública.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos del Decreto N° 1.583/01 y remítase a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, la que comunicará a la Dirección General de Educación Vial y Licencias, a la empresa concesionaria SACTA S.A. y conforme los términos del Decreto N° 1.889/01 notificará al recurrente. Cumplido, remítase a la Dirección General de Educación Vial y Licencias la que dispondrá su archivo. Fatala

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle