RESOLUCIÓN 2738 2018 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE CREA LA RED DE SEGUIMIENTO DE LOS RECIÉN NACIDOS DE ALTO RIESGO - GERENCIA OPERATIVA DE REDES DE BASE HOSPITALARIA - DIRECCIÓN GENERAL DE HOSPITALES - SUBSECRETARIA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA - MINISTERIO DE SALUD - FIJA LUGAR DE REUNIÓN - SERVICIO DE NEONATOLOGÍA - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS BERNARDINO RIVADAVIA - PROGRAMA DE REDES DE ATENCIÓN DE LA SALUD - BEBÉS - NIÑOS

Publicación:

17/01/2019

Sanción:

27/12/2018

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO:

La Ley N° 153, las Resoluciones N° 361/SS/96 y N° 1421/SS/02, la NO-2018-

18049252-DGHOSP y el Expediente Electrónico N° 2018-29465441-MGEYA-

DGHOSP y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 153 (texto consolidado por Ley N° 5.666) establece que el subsector

estatal de salud "se organiza y desarrolla conforme a la estrategia de atención

primaria, con la constitución de redes..." y "se compone de redes integradas de

servicios de salud con eje en el primer nivel de atención, conformando una red de

cuidados progresivos y coordinados";

Que, por Resolución N° 361/SS/96 se creó el Programa de Redes de Atención de la

Salud dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, a fin de agilizar el sistema, la normativa precitada ha sido modificada por

Resolución N° 1421/SS/02, e implementó el Programa de Redes de Atención de la

Salud, el cual abarca a todas aquellas redes que operan en el Sistema Público de

Salud del Gobierno -Subsector Estatal- de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, por Decreto N° 118/17 se aprobó la actual estructura del Ministerio de Salud, en

la que se asignaron las responsabilidades primarias que le competen a cada

repartición;

Que, conforme los términos de la norma citada precedentemente la red cuya creación

se propicia encuadraría en la órbita de la Dirección General de Hospitales;

Que, mediante la Nota N° NO-2018-18049252-DGHOSP, la citada Dirección General

solicitó la creación de la Red de Seguimiento de los Recién Nacidos de Alto Riesgo en

el ámbito del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que, el objetivo general de la mencionada Red es efectuar el seguimiento hasta los

siete años de vida de los recién nacidos de alto riesgo, egresados de las Unidades de

Cuidados Intensivos Neonatales de los Hospitales de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, a fin de brindarles atención integral que les permita una mejor evolución y

observar el impacto a largo plazo de las acciones realizadas durante el período de

internación, integrando los recursos disponibles dentro de los hospitales miembros de

la red;

Que, la creación de dicha Red resulta esencial para poder articular las diferentes

prestaciones que son requeridas por los niños asistidos en los Consultorios de

Seguimiento de Recién nacidos de Alto Riesgo;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, de acuerdo a la Ley N° 5460

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Créase la Red de Seguimiento de los Recién Nacidos de Alto Riesgo

dependiente de la Gerencia Operativa de Redes de Base Hospitalaria, que depende

de la Dirección General de Hospitales y de la Subsecretaria de Atención Hospitalaria,

del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La

misma contará con representación en todos los Hospitales con Servicio Materno

Infantil y en los Hospitales Generales de Niños dependientes de la Dirección General

de Hospitales.

Artículo 2°.- Fíjese como lugar de reunión el Servicio de Neonatología del Hospital

General de Agudos " Bernardino Rivadavia", dependiente de este Ministerio de Salud

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Téngase por establecidos los objetivos, funciones y actividades

específicas para las cuales fue creada la Red:

a) Brindar atención interdisciplinaria a niños egresados de las Unidades de Cuidados

Intensivos Neonatales considerados de riesgo, en su evolución posterior al alta.

b) Llevar a cabo acciones de prevención primaria, secundaria y terciaria que aseguren

una mejor calidad de vida a esta población, articulando los distintos niveles de

atención.

c) Reportar los resultados a largo plazo obtenidos en el seguimiento de los pacientes

asistidos en la Red.

Artículo 4°.- Nomínese como coordinadora de la Red a la Dra. Lidia Giudici, F.C N°

327.714, D.N.I. N° 12.267.432, sin que su designación implique mayor erogación para

el Gobierno de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mayor remuneración ni cambio de

su situación de revista.

Artículo 5°.- Serán actividades de los Coordinadores de la Red las enumeradas en el

artículo 7° de la Resolución N° 361/SS/96.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría Administración del Sistema

de Salud, la Dirección General de Hospitales y a la Subsecretaria de Atención

Hospitalaria. Notifíquese a los agentes y demás interesados. Cumplido, archívese.

Bou Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 2738-MS-18 crea la Red de Seguimiento de los Recién Nacidos de Alto Riesgo.</p><p>Art. 5 de la Resolución 2738-MSGC-18 establece que serán actividades de los Coordinadores de la Red de Seguimiento de los Recién Nacidos de Alto Riesgo las enumeradas en el Art. 7 de la Resolución 361-SS-96.</p>