RESOLUCIÓN 58 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SUSTITUYE - ANEXO II - RESOLUCIÓN CONJUNTA 2187-MHGC-17 - PLUS DIFERENCIAL POR ESTABLECIMIENTO - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

Publicación:

22/01/2019

Sanción:

08/01/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960,

los Decretos 349/17, 463/17, 4468/17, 83/18, 76/18 y 261/18, la Resolución de Firma

Conjunta N° 2187-MHGC/17, las Resoluciones 5831-MEGC/08, 950-MEGC/17, 953-

MEGC/17, 954-MEGC/17, 1546-MEGC/17, 3326-MEGC/17, 3918-MEGC/17, el

Expediente Electrónico N° 19.998.490/MGEYA-DGPDYND/17, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N°

5.960, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación e Innovación, y al Ministerio

de Economía y Finanzas;

Que, asimismo, la Ley mencionada establece que corresponde al Ministerio de

Educación e Innovación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

promover la jerarquización profesional del personal docente;

Que por la Resolución de Firma Conjunta N° 2187-MHGC/17, los entonces Ministros

de Educación y de Hacienda, dispusieron la implementación de un régimen salarial

complementario con la finalidad de jerarquizar la carrera docente;

Que con motivo de la creación de nuevos establecimientos educativos, corresponde su

incorporación a la nómina detallada en el Anexo II (IF-2017-21425013-DGPDYND), a

los fines de la percepción aprobada por la Resolución de Firma Conjunta N° 2187-

MHGC/17;

Que, en efecto, por Resolución N° 954-MEGC/17 y Decretos N° 349/17, se creó el

Jardín de Infantes Integral N° 10 Distrito Escolar 4°;

Que por Resolución N° 3326-MEGC/17 y Decreto N° 349/17 se creó el Jardín Maternal

N° 12 Distrito Escolar 4°;

Que por Resolución N° 953-MEGC/17 y Decreto N° 349/17 se creó el Jardín de

Infantes Integral N° 14 Distrito Escolar 5°;

Que por Decreto N° 83/18 se creó el Jardín de Infantes Integral N° 11 Distrito Escolar

6°;

Que por Resolución N° 950-MEGC/17 y Decreto N° 349/17 se creó el Jardín de

Infantes Integral N° 03 Distrito Escolar 15°;

Que por Resolución N° 5831-MEGC/08 se creó la Escuela Infantil N° 06 Distrito

Escolar 19°;

Que por Resolución N° 1546-MEGC/17 y Decreto N° 349/17 se creó el Jardín de

Infantes Integral N° 14 Distrito Escolar 19°;

Que por Decreto N° 76/18 se creó el Jardín de Infantes Integral N° 09 Distrito Escolar

20°;

Que por Resolución N° 3918-MEGC/17 y Decreto N° 463/17 se creó el Jardín de

Infantes Integral N° 10 Distrito Escolar 21°;

Que por Decreto N° 261/18 se creó el Jardín de Infantes Común N° 15 Distrito Escolar

21°;

Que por ello, deviene necesario dictar el acto administrativo que sustituya el Anexo II

(IF-2017-21425013-DGPDYND), de la Resolución de Firma Conjunta N° 2187-

MHGC/17, a los fines indicados;

Que la mayor erogación que demande la compensación remunerativa aludida cuenta

con la afectación presupuestaria correspondiente;

Que las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y de

Carrera Docente y Formación Técnica Profesional, y las Direcciones Generales de

Carrera Docente y de Personal Docente y No Docente han prestado su conformidad a

la medida propuesta;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de

Educación e Innovación y la Dirección General Planificación y Control Operativo

dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Economía y Finanzas han tomado debida intervención en el ámbito de su

competencia.

Por ello, y en uso de las facultades legales que les son propias,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

RESUELVEN

Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo II (IF-2017-21425013-DGPDYND) de la Resolución

Firma Conjunta N° 2187/MHGC/2017 por el Anexo II (IF-2018-29267525-DGPDYND)

que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Establécese que el gasto que demande el cumplimiento de la presente

tiene reflejo presupuestario conforme fuera determinado por la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Carrera

Docente y Formación Técnica Profesional y de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa, y a las Direcciones Generales de Carrera Docente y de Personal Docente y

No Docente del Ministerio de Educación e Innovación; y a la Subsecretaría Gestión de

Recursos Humanos y a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto, de Planificación y Control Operativo y de Administración y Liquidación de

Haberes dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

Acuña - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5542

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución Conjunta 58-MEFGC-19 sustituye el Anexo II de la Resolución Conjunta 2187-MHGC-17.</p>