RESOLUCIÓN 639 2018 SUBJEFATURA DE LA POLICIA DE LA CIUDAD
Síntesis:
SE MODIFICAN LIMITES JURISDICCIONALES - COMISARIAS VECINALES - LÍMITES DIVISIONES COMISARÍAS VECINALES - DIVISIÓN COMISARÍA VECINAL - COMUNA 1 - 1A - 1B - 1C - 1D - 1E - COMUNA 2 - 2A - 2B - COMUNA 3 - 3A - 3B - COMUNA 4 - 4A - 4B - 4C - 4D - COMUNA 5 - 5A - 5B - COMUNA 6 - 6A - 6B - COMUNA 7 - 7A - 7B - 7C - COMUNA 8 - 8A - 8B - 8C - COMUNA 9 - 9A - 9B - 9C - COMUNA 10 - 10A - 10B - 10C - COMUNA 11 - 11A - 11B - COMUNA 12 - 12A - 12B - 12C - COMUNA 13 - 13A - 13B - 13C - COMUNA 14 - 14A - 14B - 14C - COMUNA 15 - 15A - 15B - 15C
Publicación:
22/01/2019
Sanción:
13/11/2018
Organismo:
SUBJEFATURA DE LA POLICIA DE LA CIUDAD
VISTO:
Las Leyes N° 1.777, N° 2.650 (ambas con texto consolidado conforme Ley N° 5.666) y
N° 5.688, las Resoluciones N° 640/MJYSGC/2018,759/JPCDAD/2018, Expedientes N°
2018-18106376-MGEYA-JPCDAD, 2018-24300190- -MGEYA-SJPCDAD, y
CONSIDERANDO
Que, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reglamentó el régimen de
Comunas como unidades de gestión política y administrativa con competencia
territorial mediante la Ley N°1.777, en la cual se fijó, entre otras cosas, la división
territorial de la Ciudad de Buenos Aires en Comunas;
Que, los límites geográficos de las Comunas fueron luego modificados por la Ley N°
2.650;
Que, en el artículo 52 de la Ley N° 1.777 se estableció que todas las divisiones
territoriales de la Ciudad, cualquiera sea su propósito, deben ajustarse a la
delimitación de las Comunas, pudiendo dividir una comuna o sumar dos o más de
estas unidades pero no tomar fracciones de distintas comunas para delimitar una
zona;
Que, la Ley N° 5.688 creó la Policía de la Ciudad y estableció las bases jurídicas e
institucionales para su organización y funcionamiento, correspondiendo al Ministro de
Justicia y Seguridad la aprobación de su estructura orgánica, en virtud de lo dispuesto
por los artículos 12 y 78, inciso 3);
Que, el artículo 9° de la Ley N° 5.688 enumera los principios rectores del Sistema
Integral de Seguridad Pública, entre los cuales se encuentra el de cercanía, que
comprende la desconcentración de la organización policial a nivel comunal;
Que, mediante la Resolución N° 640/MJYSGC/18 se ha establecido la organización
territorial de la Policía de la Ciudad a través de las Comisarías Comunales, cuyos
límites coinciden con los límites comunales establecidos en la Ley N° 2.650;
Que, mediante el Artículo 4° de la resolución antes citada, se ha autorizado al Jefe de
la Policía de la Ciudad a establecer los límites de las unidades de despliegue territorial
de la Policía de la Ciudad, y a dividir el territorio asignado a cada una de las
Comisarías Comunales, respetando los criterios establecidos en el artículo 52 de la
Ley N° 1.777;
Que, a través de la Resolución N° 759-JPCDAD-2018, se dividió el territorio de los
"Departamentos Comisarías Comunales", en "Divisiones Comisarías Vecinales",
estableciéndose sus respectivos límites;
Que, mediante EX-2018-24300190- -MGEYA-SJPCDAD, obran informes de la puesta
en funcionamiento de las Divisiones Comisarias Vecinales, de los que surgen
diferentes problemáticas relacionadas con el funcionamiento interno de las comisarias
vecinales, proponiendo la modificación de las mismas por razones operativas;
Que, en tal sentido se advierte que existen motivos suficientes para proceder a la
modificación de los límites jurisdiccionales de las comisarías vecinales, de modo de
poder continuar fortaleciendo el proceso de acercamiento a la sociedad desarrollado a
lo largo de estos años, procurando maximizar los recursos materiales y humanos;
Que, la Ley 5688, "Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires" establece en su artículo 78 inciso 1), que el Jefe de Policía, debe:
"Conducir orgánica y funcionalmente la Fuerza, siendo su responsabilidad la
organización, prestación y supervisión de los servicios policiales de la Ciudad, en el
marco de la Constitución, de la presente Ley y de las restantes normas aplicables", y
por su parte, su inciso 2) prescribe que el Jefe de la Policía está facultado para "Dictar
resoluciones, impartir directivas y órdenes generales o particulares necesarias para el
cumplimiento de su misión";
Que, mediante Decreto N° 2018-280-AJG, se aceptó la renuncia presentada por el Sr.
Jefe de la Policía de la Ciudad, Sr. Carlos Arturo Kevorkian, a partir del día 01 de
Septiembre de 2018;
Que, por su parte el artículo 79 establece que: "Corresponde al Subjefe de Policía
acompañar al Jefe en sus funciones y cumplimentar todas aquellas que le sean
delegadas, y reemplazarlo en caso de ausencia, enfermedad, muerte, impedimento
temporal, renuncia o remoción, con las mismas funciones y atribuciones de aquel";
Por ello, y en uso de las facultades conferidas.
Artículo 1°.- Modificar los limites jurisdiccionales de las comisarias vecinales que
fueran aprobadas mediante Anexo I (IF-2018-18107137-JPCDAD) y Anexo II (IF-2018-
18107226-JPCDAD de la RESOL-2018-759-JPCDAD, los que quedarán establecidos
conforme el Anexo I (IF-2018-31186237-SJPCDAD) y Anexo II (IF-2018-31187807-
SJPCDAD)
Artículo 2°.- Las modificaciones establecidas por la presente, se implementaran a
partir del día martes 27 de noviembre de 2018.
Artículo 3°.- El Superintendente de Seguridad Comunal será responsable de realizar
las comunicaciones pertinentes para procurar la adaptación de los sistemas de
fiscalización de recorrido de móviles, transferencia de recursos materiales,
transferencia de personal, y toda otra que resulte necesaria para la correcta aplicación
de la presente modificación.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Secretaría de Seguridad, a la Secretaría de Administración de
Seguridad, al Instituto Superior de Seguridad Pública, a la Oficina de Transparencia y
Control Externo de la Policía de la Ciudad y al Área Coordinación y Planeamiento del
Desarrollo Policial para su publicación en la Orden del Día Institucional. Cumplido,
archívese. Berard