DISPOSICIÓN 82 2019 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

AUTORIZA ALTA - UNIDADES OPERATIVAS DE ADQUISICIONES -  UOA 10156 - UNIDAD EJECUTORA 6001 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - 10157 - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y CONCESIONES - UNIDAD EJECUTORA 8008 - UOA 10158 - DIRECCIÓN GENERAL DE RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS - UNIDAD EJECUTORA 8009 - UOA 10161 - DIRECCIÓN GENERAL UNIDAD INFORMÁTICA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA - UNIDAD EJECUTORA 6638 - DIRECCIÓN GENERAL UNIDAD INFORMÁTICA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA 

Publicación:

23/01/2019

Sanción:

18/01/2019

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES


VISTO:

La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 326/17 y su

modificatorio N° 287/18, la Resolución N° 965/MHGC/14, el Expediente Electrónico N°

EX-2019-03472258-MGEYA-DGTALMEF, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 965/MHGC/14 se aprobó el nuevo procedimiento para la

ratificación, autorización de constitución (alta), modificación o baja de las Unidades

Operativas de Adquisiciones para las jurisdicciones y entidades dependientes del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Artículo 5° del acto administrativo referido supra, establece que esta Dirección

General tendrá la facultad de autorizar la implementación de las Unidades Operativas

de Adquisiciones cuya constitución soliciten las jurisdicciones y entidades

competentes, como así también su ratificación, modificación o baja;

Que, por su parte, el Artículo N° 3 del Anexo I de la Resolución N° 965/MHGC/14

surge que cualquier propuesta de modificación, alta o baja de UOA y UE deberá

informarse al Órgano Rector, quien deberá asimismo expedirse en forma expresa;

Que en ese orden de ideas, el artículo 5° del Anexo I de la norma citada

precedentemente, determina que esta Dirección General debe mantener actualizada la

estructura de órganos del Sistema de Compras y Contrataciones, y asimismo,

efectuará las comunicaciones pertinentes a fin del alta, baja o modificación de usuarios

en los sistemas de aplicación;

Que oportunamente se efectuó el relevamiento de las Unidades Operativas de

Adquisiciones que actúan o actuaran en el ámbito de las diferentes jurisdicciones;

Que, en virtud de tal relevamiento, se dictó la Disposición N° 59/DGCYC/12 que

aprobó la ratificación, baja o constitución de las Unidades Operativas de Adquisiciones

de cada jurisdicción;

Que por el Expediente Electrónico citado en el visto, tramita el Alta de las Unidades

Operativas de Adquisiciones: UOA N° 10.156 - Ministerio de Economía y Finanzas

para la Unidad Ejecutora N° 6001-Ministerio de Economía y Finanzas, UOA N° 10.157

- Dirección General Administración de Bienes y Concesiones para la Unidad Ejecutora

N° 8008, UOA N° 10158 - Dirección General de Relocalización y Gestión Integral de

Edificios de Gobierno para la Unidad Ejecutora N° 8009, UOA N° 10161 - Dirección

General Unidad Informática de Administración Financiera para la Unidad Ejecutora N°

6638 Dirección General Unidad Informática de Administración Financiera, todas ellas

dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que las mismas poseen la necesidad de adquirir bienes y contratar servicios para el

correcto y eficiente desarrollo de sus objetivos, motivo por el cual, resulta menester la

modificación en su ámbito, de las correspondientes Unidades Operativas de

Adquisiciones.

Por ello, en mérito del pedido recibido, y en uso de las facultades establecidas por el

Artículo 5° de la Resolución N° 965-MHGC/14,

LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE

Artículo 1°.- Autorízase el alta de las siguientes Unidades Operativas de

Adquisiciones:

· UOA N° 10.156 - Ministerio de Economía y Finanzas para la Unidad Ejecutora N°

6001-Ministerio de Economía y Finanzas,

· UOA N° 10.157 - Dirección General Administración de Bienes y Concesiones para la

Unidad Ejecutora N° 8008,

· UOA N° 10.158 - Dirección General de Relocalización y Gestión Integral de Edificios

de Gobierno para la Unidad Ejecutora N° 8009,

· UOA N° 10.161 - Dirección General Unidad Informática de Administración Financiera

para la Unidad Ejecutora N° 6638 Dirección General Unidad Informática de

Administración Financiera.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección General

Administración de Bienes y Concesiones, a la Dirección General de Relocalización y

Gestión Integral de Edificios de Gobierno, a la Dirección General de Unidad

Informática de Administración Financiera y a la Dirección General Oficina de Gestión

Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Tojo

Tipo de relación

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<p>Art. 1 Disposición 82-DGCYC-19  autoriza alta de Unidades Operativas de Adquisiciones </p>