DISPOSICIÓN 82 2019 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Síntesis:
AUTORIZA ALTA - UNIDADES OPERATIVAS DE ADQUISICIONES - UOA 10156 - UNIDAD EJECUTORA 6001 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - 10157 - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y CONCESIONES - UNIDAD EJECUTORA 8008 - UOA 10158 - DIRECCIÓN GENERAL DE RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS - UNIDAD EJECUTORA 8009 - UOA 10161 - DIRECCIÓN GENERAL UNIDAD INFORMÁTICA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA - UNIDAD EJECUTORA 6638 - DIRECCIÓN GENERAL UNIDAD INFORMÁTICA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Publicación:
23/01/2019
Sanción:
18/01/2019
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
VISTO:
La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 326/17 y su
modificatorio N° 287/18, la Resolución N° 965/MHGC/14, el Expediente Electrónico N°
EX-2019-03472258-MGEYA-DGTALMEF, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 965/MHGC/14 se aprobó el nuevo procedimiento para la
ratificación, autorización de constitución (alta), modificación o baja de las Unidades
Operativas de Adquisiciones para las jurisdicciones y entidades dependientes del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el Artículo 5° del acto administrativo referido supra, establece que esta Dirección
General tendrá la facultad de autorizar la implementación de las Unidades Operativas
de Adquisiciones cuya constitución soliciten las jurisdicciones y entidades
competentes, como así también su ratificación, modificación o baja;
Que, por su parte, el Artículo N° 3 del Anexo I de la Resolución N° 965/MHGC/14
surge que cualquier propuesta de modificación, alta o baja de UOA y UE deberá
informarse al Órgano Rector, quien deberá asimismo expedirse en forma expresa;
Que en ese orden de ideas, el artículo 5° del Anexo I de la norma citada
precedentemente, determina que esta Dirección General debe mantener actualizada la
estructura de órganos del Sistema de Compras y Contrataciones, y asimismo,
efectuará las comunicaciones pertinentes a fin del alta, baja o modificación de usuarios
en los sistemas de aplicación;
Que oportunamente se efectuó el relevamiento de las Unidades Operativas de
Adquisiciones que actúan o actuaran en el ámbito de las diferentes jurisdicciones;
Que, en virtud de tal relevamiento, se dictó la Disposición N° 59/DGCYC/12 que
aprobó la ratificación, baja o constitución de las Unidades Operativas de Adquisiciones
de cada jurisdicción;
Que por el Expediente Electrónico citado en el visto, tramita el Alta de las Unidades
Operativas de Adquisiciones: UOA N° 10.156 - Ministerio de Economía y Finanzas
para la Unidad Ejecutora N° 6001-Ministerio de Economía y Finanzas, UOA N° 10.157
- Dirección General Administración de Bienes y Concesiones para la Unidad Ejecutora
N° 8008, UOA N° 10158 - Dirección General de Relocalización y Gestión Integral de
Edificios de Gobierno para la Unidad Ejecutora N° 8009, UOA N° 10161 - Dirección
General Unidad Informática de Administración Financiera para la Unidad Ejecutora N°
6638 Dirección General Unidad Informática de Administración Financiera, todas ellas
dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que las mismas poseen la necesidad de adquirir bienes y contratar servicios para el
correcto y eficiente desarrollo de sus objetivos, motivo por el cual, resulta menester la
modificación en su ámbito, de las correspondientes Unidades Operativas de
Adquisiciones.
Por ello, en mérito del pedido recibido, y en uso de las facultades establecidas por el
Artículo 5° de la Resolución N° 965-MHGC/14,
Artículo 1°.- Autorízase el alta de las siguientes Unidades Operativas de
Adquisiciones:
÷ UOA N° 10.156 - Ministerio de Economía y Finanzas para la Unidad Ejecutora N°
6001-Ministerio de Economía y Finanzas,
÷ UOA N° 10.157 - Dirección General Administración de Bienes y Concesiones para la
Unidad Ejecutora N° 8008,
÷ UOA N° 10.158 - Dirección General de Relocalización y Gestión Integral de Edificios
de Gobierno para la Unidad Ejecutora N° 8009,
÷ UOA N° 10.161 - Dirección General Unidad Informática de Administración Financiera
para la Unidad Ejecutora N° 6638 Dirección General Unidad Informática de
Administración Financiera.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección General
Administración de Bienes y Concesiones, a la Dirección General de Relocalización y
Gestión Integral de Edificios de Gobierno, a la Dirección General de Unidad
Informática de Administración Financiera y a la Dirección General Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Tojo