RESOLUCIÓN 59 2019 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

SE DESIGNAN RESPONSABLES DE LA ADMINISTRACIÓN Y RENDICIÓN DE FONDOS DE CAJA CHICA COMÚN

Publicación:

24/01/2019

Sanción:

16/01/2019

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017), la Resolución N°

170/CDNNyA/2018 y su modificatoria, la Resolución N° 53/CDNNyA/2019, el

Expediente Electrónico N° 02.565.783/MGEyA-DGLTACDN/2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niñas, niños y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que mediante la Resolución N° 170/CDNNyA/2018 y su modificatoria, la Resolución

N° 53/CDNNyA/2019, se aprobó el régimen para la asignación de fondos en concepto

de Caja Chica Común de las distintas áreas de este Consejo;

Que el artículo 5 del Anexo I de la Resolución N° 170/CDNNyA/2018, modificada por la

Resolución N° 53/CDNNyA/2019, prevé que el titular de cada una de las áreas de este

organismo será el responsable de la Caja Chica Común correspondiente, debiendo

designar mediante acto administrativo propio o de un superior si su rango no lo

permite, entre uno (1) y tres (3) corresponsables de la administración del Fondo en

cuestión, debiendo recaer tal designación en un agente de planta permanente, planta

transitoria y/o planta de gabinete;

Que en relación a ello, el mencionado artículo también prevé que cuando la máxima

autoridad de la Unidad de Organización no pueda cumplir con tal requisito debe

solicitar la excepción debidamente fundada, vía comunicación oficial, a la Dirección

General Legal, Técnica y Administrativa de este organismo, la que se encuentra

facultada para convalidar la solicitud, de considerarla conveniente, y en caso de ser

convalidada, la máxima autoridad de la Unidad de Organización solicitante, deberá

tramitar la aprobación mediante acto administrativo de un superior de su repartición;

Que en virtud de lo expuesto en el considerando precedente, mediante Notas NO

Nros.

02.388.048/DGLTACDN/2019, 02.402.273/DGPDES/2019,

02.442.082/DGPDES/2019 y 02.574.229/CDNNyA/2019, se solicita a la Dirección

General Legal, Técnica y Administrativa la convalidación de las personas propiciadas

como corresponsables de la administración, retiro y cobro de los cheques

correspondientes a los Fondos de la Dirección Operativa de Gestión Financiera, de

esta Presidencia, y de las Defensorías Zonales Comunas 2-Recoleta y 8-Lugano

Centro, ambas dependientes de la Dirección General de Programas Descentralizados;

Que mediante Nota NO N° 02.717.562/DGLTACDN/2019, la titular de la Dirección

General Legal, Técnica y Administrativa de este organismo prestó conformidad con las

designaciones propiciadas;

Que por otro lado, mediante IF N° 02.563.600/DGLTACDN/2019, desde la Dirección

Operativa de Gestión Financiera se informa que, atento al aumento de los costos en

los bienes y servicios, deviene necesario establecer los Fondos para las distintas

áreas de este organismo, que obran en el Anexo I que forma parte integrante de la

presente;

Que asimismo, desde la mencionada Dirección Operativa de Gestión Financiera se

informa que se han recibido solicitudes de modificación de administradores y, en otros

casos, de unificación de fondos;

Que en virtud de ello, resulta necesario designar a las personas autorizadas para el

retiro y cobro del cheque correspondiente a cada Fondo, los que serán librados a

orden indistinta de los dos (2) agentes que figuran en orden primero en cada área

respectiva del Anexo II que forma parte integrante de la presente, salvo expresa

solicitud del titular del área en otro sentido;

Que por las consideraciones vertidas precedentemente, deviene necesario dictar el

acto administrativo por el que se aprueben los Fondos de Caja Chica Común para las

distintas áreas de este Consejo, y por el que se designen a los responsables y

corresponsables de la Caja Chica Común y a las personas autorizadas para el retiro y

cobro de los cheques correspondientes a cada uno de los Fondos;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley N° 114 (texto

consolidado por Ley N° 6.017) y el Decreto N° 32/GCABA/2016,

LA PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS

DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébanse los Fondos de Caja Chica Común para las distintas áreas de

este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de conformidad con el

Anexo I que como IF N° 3519467/CDNNyA/2019 forma parte integrante de la presente.

Artículo 2.- Desígnase a los responsables y corresponsables de la Caja Chica Común

y a las personas autorizadas para el retiro y cobro de los cheques correspondientes a

cada uno de los Fondos de las distintas áreas de este Consejo de los Derechos de

Niñas, Niños y Adolescentes, de conformidad con el Anexo II que como IF N°

3520461/CDNNyA/2019 forma parte integrante de la presente.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial. Encomiéndase a la Dirección Operativa

Jurídica notificar la presente mediante comunicación oficial a la Vicepresidencia, a la

Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, a la Dirección General de

Programas Descentralizados, a la Dirección General de Gestión de Políticas y

Programas, a la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil, a la Dirección

General de Servicios de Atención Permanente y a la Dirección Operativa de

Articulación Institucional Área Presidencia, para poner la presente en conocimiento de

todas las áreas bajo sus dependencias. Pase a la Dirección Operativa de Gestión

Financiera, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de

este Consejo, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.

Leguizamón

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 362-CDNNYA/20, deja sin efecto la Resolución 59-CDNNyA/19.</p>