RESOLUCIÓN 167 2019 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

CREACIÓN DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE MEDICAMENTOS - MINISTERIO DE SALUD - GERENCIA OPERATIVA EVALUACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE MEDICAMENTOS INSUMOS Y PRÓTESIS -  DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN, TECNOLOGÍAS Y FINANCIAMIENTO EN SALUD - PROVISIÓN CENTRALIZADA - FUNCIONES - ASESORAMIENTO - REDES DE SALUD

Publicación:

29/01/2019

Sanción:

17/01/2019

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO:

Las Leyes Nro. 153 y 5.460 (textos consolidados por Ley N° 6.017), los Decretos Nros.

315/16 y 118/17 y modificatorio, el EX-2018-34399468- -MGEYA-DGCTFS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto 315/16 se modifica la estructura de este Ministerio y se crea la

Dirección General de Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud,

dependiente de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria;

Que entre las competencias de la Dirección General se encuentra la articulación con

otras áreas del Gobierno de la Ciudad y el Ministerio de Salud de la Nación, en cuanto

a temas de interés común para el Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud y otros

temas de mutuo interés; el desarrollo de investigaciones en función de las tecnologías,

medicamentos y procesos clínicos involucrados en la red integrada de salud, en

coordinación con las áreas competentes y la colaboración con la catalogación de los

bienes e insumos a adquirir por el Sistema de Salud, asistiendo técnicamente a todas

las dependencias del Ministerio y del Gobierno de la Ciudad;

Que por el Decreto N°118/17 se crea en el ámbito de la Dirección precedentemente

indicada, la Gerencia Operativa Evaluación y Planificación de Medicamentos, Insumos

y Prótesis;

Que dentro de las competencias de la Gerencia Operativa se encuentra la

determinación a través de un análisis técnico multidisciplinario para la incorporación,

modificación y desafectación de medicamentos, insumos y prótesis en el Catálogo de

Medicamentos, Insumos y Prótesis del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y la colaboración con unidades organizativas involucradas en los procesos de

adquisición de medicamentos, insumos biomédicos, prótesis, reactivos, entre otros,

con carácter de asesoría técnica;

Que, este Ministerio pretende la obtención de los mejores resultados en los efectores

públicos de la Ciudad mediante el uso racional de medicamentos, basado en la

evidencia científica con criterios de necesidad, eficacia, seguridad, eficiencia, costo-

efectividad y calidad y mejorar la satisfacción de los pacientes;

Que, a efectos de optimizar el uso de recursos y agilizar el funcionamiento

institucional, se avanza en procesos centralizados de compras, los que permiten,

asimismo, optimizar gastos y garantizar control y transparencia sobre los mismos;

Que, para ello es necesario dotar a las reparticiones y dependencias administrativas

de esta jurisdicción delos mecanismos necesarios a tales fines;

Que, en ese sentido, y a los efectos de no generar una paralización en la actividad

administrativa, garantizando así la celeridad, economía y sencillez de los

procedimientos administrativos resulta necesaria la creación de una Unidad de Gestión

de Medicamentos que centralice la gestión de medicamentos de mediano y alto costo,

sean oncológicos o no, que funcione en la órbita de la Gerencia Operativa Evaluación

y Planificación de Medicamentos, Insumos y Prótesis dependiente de la Dirección

General de Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud de este Ministerio;

Que la constitución de la aludida Unidad de Gestión no importa la modificación de la

estructura orgánico-funcional vigente, como así tampoco erogación presupuestaria

alguna para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello, de conformidad con las facultades delegadas por la Ley N° 5.460 (texto

consolidado por Ley N° 6.017) y modificatoria N° 5.960,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1°.- Créase la Unidad de Gestión de Medicamentos en la órbita de Gerencia

Operativa Evaluación y Planificación de Medicamentos, Insumos y Prótesis

dependiente de la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y Financiamiento

en Salud de este Ministerio para la gestión de la provisión, en forma centralizada, de

medicamentos de alto y mediano costo, sin que ello implique modificación alguna ni

mayor erogación presupuestaria para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

Artículo 2°.- Establécese que serán funciones de la Unidad de Gestión de

Medicamentos y Servicios:

a. gestionar la provisión de medicamentos aportados por la Secretaría de Gobierno de

Salud de la Nación a través del Banco Nacional de Drogas Oncológicas;

b. gestionar la provisión de medicamentos oncológicos aportados por el Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

c. gestionar la provisión de medicamentos aportados por la Secretaría de Gobierno de

Salud de la Nación a través de la Delegación de Asistencia de Situaciones Especiales;

d. gestionar la provisión de medicamentos a pacientes atendidos en efectores de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires domiciliados en otras jurisdicciones;

e. desarrollar estrategias para llevar a cabo el uso racional de medicamentos;

f. colaborar y coordinar con la Dirección General de Abastecimiento en Salud la

adquisición y dispensa de medicamentos.

Artículo 3°.- Facultase que queda a criterio de la Unidad de Gestión de Medicamentos

la posiblilidad de convocar a la Red de Oncología, Red de Onco-Hematología, Jefes

de Servicios de Reumatología y áreas del Ministerio relacionadas, para funciones de

asesoramiento, no vinculante en temas especificos, sin que ello implique modificación

alguna de la situación de revista de sus integrantes, ni mayor erogación

presupuestaria para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento pase a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria, a la Subsecretaría de

Atención Hospitalaria, a la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y

Comunitaria, a la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud y a la

Dirección General de Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud .

Cumplido archívese. Bou Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 167-MS-19 crea la Unidad de Gestión de Medicamentos en la órbita de Gerencia Operativa Evaluación y Planificación de Medicamentos, Insumos y Prótesis, creada por Decreto 118-17.</p>