RESOLUCIÓN 223 2019 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

CREACIÓN - RESIDENCIA BÁSICA INTERDISCIPLINARIA - RESIDENCIA DE EDUCACIÓN PERMANENTE EN SALUD - 3 AÑOS - MODIFICA ORDENANZA 40997 - SISTEMA DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD -  CAPACITACIÓN DE POSGRADO - SALUD - EQUIPO DE SALUD Y DE ENFERMERÍA

Publicación:

29/01/2019

Sanción:

23/01/2019

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO:

La Ordenanza N° 40.997, la Ordenanza N° 43.316, el Decreto N° 399/13 y el

Expediente Electrónico N° 1089040/MGEYA-DGDIYDP/18, y

CONSIDERANDO:

Que las Residencias del Equipo de Salud, aprobadas por Ordenanza N° 40.997,

constituyen un sistema remunerado de capacitación de posgrado a tiempo completo,

con actividad asistencial programada y supervisada;

Que, mediante la Ordenanza N° 43.316, se facultó al Departamento Ejecutivo a crear

nuevas residencias, a la modificación de las existentes y a establecer su tiempo de

desarrollo, manteniendo de esta manera actualizado el Sistema de Residencias;

Que por Decreto N° 399/13 se facultó al/a la titular del Ministerio de Salud a crear y

modificar las residencias del Sistema de Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al

Equipo de Salud y de Enfermería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, con la previa intervención del Ministerio de Modernización;

Que los objetivos a cargo del Ministerio de Modernización en la época del dictado del

Decreto N° 399/13, respecto al diseño e implementación de las políticas de gestión y

administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, se encuentran actualmente en cabeza del Ministerio de Economía y

Finanzas;

Que la Educación Permanente en Salud es un posicionamiento pedagógico-político

para la formación del equipo de salud que facilita la construcción de prácticas

innovadoras, permitiendo una gestión democrática del sistema de salud para que este

brinde una atención integral y de calidad para la población;

Que según las definiciones de la Organización Panamericana de la Salud, la

Educación Permanente en Salud es un enfoque que implica una concepción de las

prácticas de capacitación de los trabajadores de salud que propone centrar los

procesos educativos en el análisis y reflexión sobre las prácticas cotidianas con una

perspectiva institucional y organizacional;

Que el Sistema de Salud requiere una actualización permanente de los profesionales

de los equipos que lo conforman, que los lleve a reflexionar sobre la propia práctica y a

trascender los contenidos específicos de cada una de las disciplinas como así también

de su nivel de inserción en la estructura: planta permanente, residencia, concurrencia;

Que, en tal sentido, se propone crear la Residencia de Educación Permanente en

Salud cuyo objetivo general es formar recursos humanos en la gestión de la

capacitación, capaces de integrar los nuevos aportes teóricos, de elaborar un

diagnóstico de las necesidades del sector, de proponer, diseñar y participar en la

gestión de propuestas educativas con diversas modalidades y de brindar

acompañamiento a responsables de distinto nivel;

Que los egresados de esta residencia podrán desempeñarse en diferentes niveles del

Sistema de Salud en sus distintos sectores: público, privado y de la seguridad social;

Que, por lo expuesto, se considera necesaria la creación de la Residencia de

Educación Permanente en Salud, como residencia básica interdisciplinaria con una

duración de 3 (tres) años, en el Sistema de Residencias del Equipo de Salud;

Que, dadas las características de la formación propuesta, la importancia de la visión

general de la institución, de los contextos de trabajos y de la conformación de los

equipos de salud, se destaca la característica interdisciplinaria - multiprofesional de la

residencia propuesta;

Que la determinación de las especialidades se resolverá en cada concurso anual, con

el fin de tender a la conformación interdisciplinaria de la residencia;

Que el Ministerio de Economía y Finanzas ha tomado intervención en el trámite de las

presentes actuaciones.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas por el Decreto N° 399/13,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1°.- Créase la Residencia de Educación Permanente en Salud, como

residencia básica interdisciplinaria con una duración de 3 (tres) años, en el Sistema de

Residencias del Equipo de Salud, quedando incorporada al artículo 1° de la

Ordenanza N° 40.997.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para

su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Docencia, Investigación y

Desarrollo Profesional. Cumplido, archívese. Bou Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 223-MSGC-19 crea la Residencia de Educación Permanente en Salud, como residencia básica interdisciplinaria con una duración de 3 (tres) años, incorporandola al Art. 1 de la Ordenanza 40997. </p>