RESOLUCIÓN 6 2019 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

ESTABLECE CANTIDADES DE UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS ASIGNADAS A JURISDICCIONES - JEFE DE GOBIERNO - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - SUBBSECRETARÍA DE CONTENIDOS - JEFATURA DE GABINETE - MINISTERIOS - ECONOMÍA Y FINANZAS - DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO - AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - GOBIERNO - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - PERÍODO 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019.

Publicación:

04/02/2019

Sanción:

25/01/2019

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6017) y su modificatoria N° 5.960, los

Decretos N° 363/15 y modificatorios, y N° 675/16 y N° 30/19, y el Expediente

Electrónico N° 4161324-MGEYA-DGDSCIV/2019, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 5.460 y su modificatoria, se aprobó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante Decreto N° 675/16 se modificó la referida estructura;

Que por el artículo 15 del precitado Decreto se creó el Régimen Modular

Extraordinario de Plantas de Gabinete;

Que a través del Decreto N° 30/19, se prorrogó el citado régimen modular, por el

período comprendido entre el 1° de enero y 31 de diciembre de 2019;

Que el artículo 17 del Decreto N° 675/16 establece que corresponde al entonces señor

Ministro de Hacienda y del señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta,

asignar la cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las jurisdicciones que

correspondan.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 17 del Decreto N°

675/16,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establécese que las Unidades Retributivas Extraordinarias asignadas a

las jurisdicciones detalladas en el Anexo (IF-2019-04294070-DGDSCIV), que a todos

sus efectos forma parte integrante de la presente resolución, por el período

comprendido entre el 1° de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2019, lo son

conforme a las cantidades consignadas en el mismo.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a los Ministerios, Secretarías y

Subsecretarías del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos

Aires, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la

Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del

Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase

al Ministerio de Economía y Finanzas Cumplido, archívese. Miguel p/p - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5551

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 Resolución 6-MJG-MEYF-19 establece cantidades de unidades retributivas asignadas a jurisdicciones para el año 2019, en el marco del art. 17 Decreto 675-16.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución Conjunta 9-MJGGC-19 sustituye, a partir del 1 de abril de 2019, el Anexo I de la Resolución Conjunta 6-MJGGC-19, modificada por Resolución Nº 7-MJGGC-19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución 7-MJGGC-19 sustituye, a partir del 1 de febrero de 2019, el Anexo de la Resolución Conjunta  6-MJG-MEF-19.</p>