RESOLUCIÓN 10 2019 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627

Síntesis:

MODIFICA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - ENTE DE TURISMO - APRUEBA RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y ACCIONES - UNIDADES DE ORGANIZACIÓN - ORGANIGRAMA - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES - DIRECTORIO CONSULTIVO - CONSEJO ASESOR - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - GERENCIA OPERATIVA - DIRECCIÓN GENERAL - SUBGERENCIA OPERATIVA  - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - DESARROLLO TURÍSTICO - COMUNICACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA - INTELIGENCIA DE MERCADOS Y OBSERVATORIO 

Publicación:

05/02/2019

Sanción:

31/01/2019

Organismo:

F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627

Estado:

No vigente


VISTO:

Las Leyes Nros. 2.627 (Texto consolidado Ley N° 6.017) y 5.960, los Decretos Nros.

684/09 y 335/11, las Resoluciones Nros. 44/ENTUR/11, 198/ENTUR/18, el Expediente

Electrónico N° 34746549/ENTUR/18 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.627, (Texto consolidado Ley N° 6.017), modificada por el artículo 9°

de la Ley N° 5.960, creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

en el ámbito de la Secretaria General y Relaciones Internacionales del Gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires con el objeto de diseñar y ejecutar políticas y programas de

promoción, desarrollo y fomento del turismo como actividad económica estratégica de

la Ciudad;

Que el inciso d) del artículo 11 de la Ley N° 2.627, (Texto consolidado Ley N° 6.017)

faculta al Presidente del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a

establecer y aprobar la estructura orgánico funcional y asignar responsabilidades;

Que mediante la Resolución N° 44/ENTUR/11, el Ente adhirió al Régimen Gerencial

establecido mediante los Decretos Nros. 684/09 y 335/11;

Que por Resolución N° 198/ENTUR/18, se aprobó la actual estructura orgánico-

funcional del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que resulta oportuno proceder a la adecuación de la estructura orgánico-funcional del

Ente de Turismo, en respuesta a la necesidad de optimizar la distribución de

responsabilidades, y en aras del fortalecimiento institucional de este Organismo;

Que en este sentido deviene necesario modificar la denominación y responsabilidades

primarias de la Dirección General Comunicación y Competitividad de la Oferta, que

pasará a denominarse Dirección General Desarrollo Turístico;

Que las Gerencias Operativas Capacitación Turística, Segmentos Turísticos y Turismo

de Reuniones se trasladarán bajo la órbita de la Dirección General Desarrollo

Turístico;

Que las Subgerencias Operativas Calidad e Innovación y Políticas Turísticas de

Accesibilidad e Inclusión, pasarán a depender jerárquicamente de la Gerencia

Operativa Capacitación Turística, dependiente de la Dirección General Desarrollo

Turístico;

Que asimismo, resulta pertinente modificar la denominación y las responsabilidades

primarias de la Dirección General Promoción Turística, la que pasará a denominarse

Dirección General Comunicación y Promoción Turística;

Que se modifica la denominación de la Gerencia Operativa Redes Sociales, la que

pasará a denominarse Gerencia Operativa Contenidos Multiplataforma;

Que las Gerencias Operativas Contenidos Multiplataforma, Prensa y Relaciones

Públicas e Institucionales y Difusión Digital se trasladarán bajo la órbita de la Dirección

General Comunicación y Promoción Turística;

Que por otro lado, la Gerencia Operativa de Registro de Actividades Turísticas pasará

a depender jerárquicamente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal,

como así también la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones;

Que la Gerencia Operativa Asuntos Legales ha tomado la debida intervención que

resulta de su competencia mediante la emisión del Dictamen N° 4775275-

DGTALET/19;

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 11 inc. d) de la Ley N°

2627 (Texto consolidado Ley N° 6.017),

EL PRESIDENTE

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de Febrero de 2019, la Estructura Orgánico

Funcional del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al

Anexo I (IF N° 4774962-ENTUR/19), que a todos sus efectos forman parte integrante

de la presente.

Artículo 2°.- Apruébanse las responsabilidades primarias y acciones de las Unidades

de Organización integrantes del organigrama aprobado por el artículo 1°, según se

detalla en el Anexo II (IF N° 4775193-ENTUR/19), que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la

Secretaría General y Relaciones Internacionales, a las Direcciones Generales Oficina

de la Gestión Pública y Presupuesto, y Desarrollo del Servicio Civil, ambas del

Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase

a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Robredo


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5552

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 10-ENTUR-19 modifica la Estructura Orgánico Funcional del Ente de Turismo, aprobada por Resolución 2-ENTUR-08.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 12-ENTUR-19 deja sin efecto la Resolución 10-ENTUR-19.</p>