RESOLUCIÓN NACIONAL 174-SS 1988

Síntesis:

NORMATIVA - SALUD -

Publicación:

04/04/1988

Sanción:

04/04/1988

Organismo:

PODER EJECUTIVO NACIONAL


RESOLUCIÓN

174

BUENOS

AIRES, 4 de Abril de 1988.

VISTO que

no ha sido Institucionalizado hasta el momento un mecanismo regular para la

evaluación de los programas públicos y privados de residencias de salud; y

CONSIDERANDO:

Que

distintas autoridades sanitarias, así como entidades privadas, han requerido el

reconocimiento u homologación con carácter de nacional de sus residencias de

salud;

Que la Ley

22.127 no ha sido reglamentada ni sus cuerpos directivos puestos en funciones a

la fecha;

Que se

encuentra a revisión del Senado de la Nación un Proyecto de Ley aprobado por la

Honorable Cámara de Diputados el 13 de mayo de 1987 (Expte. 2307 - 86) por el

que se establece que podrán ser considerados especialistas quienes acrediten

cumplimiento de una residencia en tal disciplina;

Que por

tanto, resulta conveniente y oportuno adoptar un procedimiento de evaluación de

las residencias de salud que permita establecer su calidad educacional;

Que para

lograr dicho cometido en forma apropiada, es necesario promover la

participación de personas e instituciones vinculadas al tema;

Que la

Comisión Nacional de Acreditación de Servicios de Salud creada por Resolución

N° 89/88 S. S. tiene a su cargo la evaluación permanente de los niveles de

calidad de los servicios asistenciales;

Por ello,

EL

SECRETARIO DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO

1°.- La Secretaría de Salud reconocerá la validez con carácter nacional de las

residencias de salud que hayan sido debidamente acreditadas según las normas de

la presente Resolución.

ARTICULO

2°.- Constitúyese el Comité de Evaluación de Residencias de Salud, cuyas

funciones serán las de analizar la estructura docente, programas y resultado de

las residencias de salud que soliciten el reconocimiento de esta Secretaría. El

Comité se dará sus normas de funcionamiento y podrá crear Subcomités,

convocando al efecto a otras personas con reconocida experiencia en la

cuestión.

ARTICULO

3°.- La función de acreditar la calidad de las residencias de salud podrá ser

ejercida por una sociedad profesional reconocida de la especialidad, de acuerdo

con los convenios que sobre el particular se celebren.

ARTICULO

4°.- Los responsables de las residencias de salud que soliciten su reconocimiento

elevarán su pedido acompañando la documentación pertinente. Aquellas

residencias que no obtuvieran su acreditación no podrán volver a solicitarla

hasta transcurrido un año.

ARTICULO

5°.- La Dirección Nacional de Recursos Humanos extenderá el correspondiente

reconocimiento a los egresados de las residencias de salud acreditadas, durante

un lapso de cinco años. Cumplido el plazo caducará la acreditación, la cual

podrá ser renovada por el procedimiento que se determine.

ARTICULO

6°.- Contado un año a partir del momento en que la Comisión Nacional de

Acreditación de Servicios de Salud haya comenzado a aplicar las normas sobre

acreditación, será requisito para plantear el reconocimiento de una residencia

de salud o su renovación que el servicio o establecimiento sede del programa

haya sido debidamente acreditado por dicha Comisión Nacional.

ARTICULO

7°.- El Comité de Evaluación de Residencias de Salud informará semestralmente a

la Comisión Nacional de Acreditación la nómina de residencias de salud cuyo

reconocimiento se haya concedido o cancelado en el período.

ARTICULO

8°.- Desígnase para integrar el Comité de Evaluación de Residencias de Salud a

los miembros que se listan en el Anexo I que se adjunta y forma parte de la

presente Resolución.

ARTICULO

9°.- Regístrese; comuníquese; publíquese en el Boletín Informativo y archívese.


ANEXOS

ANEXO I MIEMBROS DEL COMITE DE EVALUACION DE RESIDENCIAS DE SALUD Dr. Omar ALTHABEáááááááááááááááááááá (Soc. de Obstetricia y Ginecología - Tocoginecología) Dr. Gregorio ARENDARááááááááááááááá (Hospital de Pediatría - Ortopedia) Dr. Amadeo P. BAROUSSEáááááááááááááááááááááá (Hospital Alejandro Posadas - Medicina) Dr. Jorge FIRMATáááááááááááááááááááááá (Instituto Alfredo Lanari - Medicina) Dr. Daniel GRILáááááááááááááááááááááááááá (M.C.B.A. - Capacitación Profesional) Dr. Bartolomé VASALLOááááááááááááá (Hospital Italiano - Cirugía) Dra. Margarita VITACCOáááááááááááááá (Hospital de Pediatría - Pediatría)

Tipo de relación

Norma relacionada

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