DISPOSICIÓN 150 2019 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Síntesis:
APRUEBA NUEVO PROCEDIMIENTO - ADMINISTRACIÓN DE PERFILES Y DE USUARIOS BAC AMBIENTE COMPRADOR - APRUEBA MATRIZ - ASIGNACIÓN DE PERFILES DE USUARIOS AMBIENTE COMPRADOR - FORMULARIO DE ALTA USUARIO COMPRADOR - JURISDICCIONES DEPENDIENTES DEL PODER EJECUTIVO - DEROGA DISPOSICIÓN 302-DGCYC-13
Publicación:
08/02/2019
Sanción:
05/02/2019
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
VISTO:
Las Leyes N° 2.095 y N° 3304 (textos consolidados por Ley N° 6.017), el Decreto N°
326/17 y su modificatorio, la Resolución N° 2481/MEFGC/2018, la Disposición N°
302/DGCYC/2013, el Expediente Electrónico N° 2019-04934745-MGEYA-DGCYC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas que deben observarse para los
procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios en el Sector
Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determinando en su artículo 17 que
la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Economía y
Finanzas es el Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Ley N° 3.304 se crea el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de renovación
administrativa en el ámbito de este Gobierno;
Que el artículo 85 de la Ley N° 2095 determina que todos los procesos de compras,
ventas y contrataciones que efectúen los órganos contratantes comprendidos en ella
deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o digitales que establezca el Órgano
Rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso;
Que en ese marco se ha procedido al dictado de normas de procedimiento básico para
la aplicación del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al que se denominó como "Buenos Aires
Compras" (BAC);
Que mediante la Resolución N° 2481/MEFGC/2018 se aprobaron las nuevas Políticas,
Términos y Condiciones de Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y
Contrataciones de aplicación a los Usuarios de los Proveedores y los Usuarios
Compradores de la Administración Activa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires que participen en procesos de compras y contrataciones electrónicas;
Que la citada norma aprobó el Procedimiento de Autenticación de los Usuarios de los
Proveedores de Buenos Aires Compras (BAC), de aplicación obligatoria en los
procesos de adquisiciones y contrataciones electrónicas que se realicen a través del
mentado sistema, y delegó en la Dirección General de Compras y Contrataciones la
facultad de elaborar y aprobar el procedimiento de Administración de Perfiles y
Usuarios Compradores de BAC dependientes del GCABA;
Que por Disposición N° 302/DGCYC/2013 se aprobó el Procedimiento de
Administración de Perfiles y Usuarios BAC de los Organismos Contratantes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que considerando que el funcionamiento de esta herramienta de gestión de compras
se basa en la interacción de usuarios de los organismos del Gobierno que procedan a
tramitar los procesos de compras y contrataciones, esta etapa de implementación del
sistema requiere de adecuaciones al mentado procedimiento a fin de lograr su
optimización otorgándole una mayor fluidez y accesibilidad a su tramitación.
Por ello, y en ejercicio de las facultades previstas en el Artículo 3° de la Resolución N°
2481/MEFGC/2018,
Artículo 1°.- Apruébase el nuevo procedimiento para la Administración de Perfiles y de
Usuarios BAC Ambiente Comprador, con alcance a todas las Jurisdicciones
dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a todas
aquellas que soliciten el uso del sistema, que como Anexo I (IF-2019-05098477-
GCABA-DGCYC) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Apruébase la Matriz de Asignación de Perfiles de Usuarios Ambiente
Comprador que obra en Anexo II (IF-2019-05098657-GCABA-DGCYC) de la presente
y el Formulario de Alta Usuario Comprador que obra en Anexo III (IF-2019-05099450-
GCABA-DGCYC).
Artículo 3°.- Derógase la Disposición N° 302/DGCYC/2013.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el Sitio
Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a todos los
Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o
responsabilidades equivalentes y a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos
Aires. Cumplido, archívese. Tojo