RESOLUCIÓN 154 2019 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

AUTORIZA - PRESTACIÓN DE TAREAS ADICIONALES - PERSONAL - SERVICIOS - UNIDADES RETRIBUTIVAS POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS - URSE - DÍAS HÁBILES - SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO - CONTRIBUCIONES PATRONALES - DIRECCIÓN GENERAL DE LOGÍSTICA - DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL - DIRECCIÓN GENERAL GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - DIRECCIÓN GENERAL ESTUDIOS Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN -SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS -  DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA REGISTRO Y MEDIACIÓN - DÍAS HÁBILES E INHÁBILES - DIRECCIÓN GENERAL ELECTORAL - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - 

Publicación:

11/02/2019

Sanción:

06/02/2019

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO:

Los Decretos Nros. 1202/GCABA/05 y sus modificatorios,

798/GCABA/06,1090/GCABA/08, y 391/GCABA/18, la Resolución N° 1232/MHGC/18,

el Acta de Negociación Colectiva N° 2/18, la Resolución N° 127/SSGAE/19, y el

Expediente Electrónico 2018-23713915-MGEYA-DGTALMJYS, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1202/GCABA/05 y sus modificatorios, reglamenta las Unidades

Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) para los servicios y prestaciones

que deban ser cumplidos por los agentes gubernamentales cuyo desarrollo excedan

las jornadas normales de labor;

Que el Decreto N° 798/GCABA/06, autoriza a los Ministros a habilitar prestaciones

remuneradas mediante el presente sistema, determinando que el tope anual de URSE,

por agente, no podrá exceder de DOSCIENTAS SETENTA Y CINCO (275) cuando los

mismos sean realizados en días hábiles o de CIENTO TREINTA Y SIETE (137)

cuando se realicen en días inhábiles;

Que el Decreto N° 1090/GCABA/08, establece que "... la prestación de servicios

retribuida por el sistema de URSE podrá encomendarse al personal incluido en la

carrera administrativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al que

se desempeña bajo modalidad de contrato de empleo público con relación de

dependencia contemplado en el Decreto N° 948/05 y la Resolución N° 959/MHGC/07";

Que en el Anexo III del Acta de Negociación Colectiva N° 2/18, suscripta entre el

Consejo Central para la Negociación Colectiva y el Sindicato Único de Trabajadores

del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), e instrumentada por Resolución

N° 1232/MHGC/18, se modifica, a partir del 1° de septiembre de 2018, el valor de la

URSE, fijando su importe en PESOS SESENTA Y OCHO ($ 68,00) para días hábiles y

en PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS ($ 136,00) para sábados, domingos y feriados;

Que por Resolución N° 127/SSGAE/19, recaída en el Expediente N° 2019-4047294-

MGEYA-DGOGPP, se realizó un ajuste presupuestario por el cual se transfirieron

créditos al Ministerio de Justicia y Seguridad por un monto de PESOS VEINTITRES

MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO ($

23.177.198-) lo que permite atender el pago de las URSES solicitadas por distintas

dependencias de este Ministerio;

Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 9° del Decreto N°

1202/GCABA/05 y sus modificatorios, tomó debida intervención mediante IF-2019-

04244699-DGOGPP, la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que el artículo 10 del citado Decreto N° 1202/GCABA/05 y sus modificatorios,

establece que los titulares de las distintas dependencias no podrán asignar a los

agentes tareas que excedan su horario habitual, con anterioridad al dictado de la

norma que autorice las Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios

correspondientes;

Que mediante IF-2019-04604872-GCABA-DGTALMJYS, la Gerencia Operativa de

Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal, expresó que corresponde autorizar las unidades retributivas por servicios

extraordinarios (URSE), al personal que reviste bajo la modalidad de empleo público

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que mediante el artículo 3° del Decreto N° 391/GCABA/18, se encomendó con

carácter ad honorem, al vice Jefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las

atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y seguridad,

en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo Que ha tomado intervención

favorable la Gerencia Operativa de Legales de la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad.

Por ello, y en uso de facultades conferidas por los Decretos Nros. 1202/GCABA/05 y

sus modificatorios, 798/GCABA/06 y el artículo 3° del Decreto N° 391/GCABA/18,

EL VICE JEFE DE GOBIERNO

RESUELVE:

Artículo 1.- Dáse por autorizada la prestación de tareas adicionales por la cantidad de

cuarenta y siete mil ochocientas doce (47.812) URSE para días hábiles al personal

que presta servicios en la Dirección General de Defensa Civil, por el periodo

comprendido entre el 01/01/19 y el 31/12/19. El costo total asciende a la suma de

pesos cuatro millones doscientos treinta y cinco mil seiscientos sesenta y ocho ($

4.235.668.-), cifra que incluye Sueldo Anual Complementario y Contribuciones

Patronales.

Artículo 2.- Dáse por autorizada la prestación de tareas adicionales por la cantidad de

treinta y un mil novecientas cuarenta y siete (31.947) URSE para días hábiles al

personal que presta servicios en la Dirección General de Logística, por el periodo

comprendido entre el 01/01/19 y el 31/12/19. El costo total asciende a la suma de

pesos dos millones ochocientos treinta mil ciento ochenta y siete ($ 2.830.187.-), cifra

que incluye Sueldo Anual Complementario y Contribuciones Patronales.

Artículo 3.- Dáse por autorizada la prestación de tareas adicionales por la cantidad de

ciento catorce mil ochenta y cinco (114.085) URSE para días hábiles al personal que

presta servicios en la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias, por el

periodo comprendido entre el 01/01/19 y el 31/12/19. El costo total asciende a la suma

de pesos diez millones ciento seis mil setecientos noventa y siete ($ 10.106.797.-),

cifra que incluye Sueldo Anual Complementario y Contribuciones Patronales.

Artículo 4.- Dáse por autorizada la prestación de tareas adicionales por la cantidad de

un mil novecientas veinticinco (1.925) URSE para días hábiles al personal que presta

servicios en la Dirección General Estudios y Tecnología de la Información, por el

periodo comprendido entre el 01/01/19 y el 31/12/19. El costo total asciende a la suma

de pesos ciento setenta mil quinientos treinta y seis ($ 170.536.-), cifra que incluye

Sueldo Anual Complementario y Contribuciones Patronales.

Artículo 5.- Dáse por autorizada la prestación de tareas adicionales por la cantidad de

tres mil trescientas (3.300) URSE para días hábiles y de mil ciento dos (1.102) URSE

para días inhábiles al personal que presta servicios en la Dirección General Electoral,

por el periodo comprendido entre el 01/01/19 y el 31/12/19. El costo total asciende a la

suma de pesos cuatrocientos ochenta y siete mil seiscientos ($ 487.600.-), cifra que

incluye Sueldo Anual Complementario y Contribuciones Patronales.

Artículo 6.- Dáse por autorizada la prestación de tareas adicionales por la cantidad de

dieciséis mil trescientas veinte (16.320) URSE para días hábiles al personal que presta

servicios en la Subsecretaría de Emergencias, por el periodo comprendido entre el

01/01/19 y el 31/12/19. El costo total asciende a la suma de pesos un millón

cuatrocientos cuarenta y cinco mil setecientos noventa ($ 1.445.790.-), cifra que

incluye Sueldo Anual complementario y Contribuciones Patronales.

Artículo 7.- Dáse por autorizada la prestación de tareas adicionales por la cantidad de

treinta y cinco mil doscientas catorce (35.214) URSE para días hábiles al personal que

presta servicios en la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, por el periodo

comprendido entre el 01/01/19 y el 31/12/19. El costo total asciende a la suma de

pesos tres millones ciento diecinueve mil seiscientos diez ($ 3.119.610.-), cifra que

incluye Sueldo Anual Complementario y Contribuciones Patronales.

Artículo 8.- Dáse por autorizada la prestación de tareas adicionales por la cantidad de

un mil ochocientas (1.800) URSE para días hábiles al personal que presta servicios en

la Unidad de Auditoría Interna, por el periodo comprendido entre el 01/01/19 y el

31/12/19. El costo total asciende a la suma de pesos ciento cincuenta y nueve mil

cuatrocientos sesenta y dos ($ 159.462.-), cifra que incluye Sueldo Anual

Complementario y Contribuciones Patronales.

Artículo 9.- Dáse por autorizada la prestación de tareas adicionales por la cantidad de

un mil seiscientas cincuenta y una (1.651) URSE para días hábiles al personal que

presta servicios en la Subsecretaría de Justicia, por el periodo comprendido entre el

01/01/19 y el 31/12/19. El costo total asciende a la suma de pesos ciento cuarenta y

seis mil doscientos sesenta y dos ($ 146.262.-), cifra que incluye Sueldo Anual

Complementario y Contribuciones Patronales.

Artículo 10.- Dáse por autorizada la prestación de tareas adicionales por la cantidad de

cinco mil trescientas sesenta y cinco (5.365) URSE para días hábiles al personal que

presta servicios en la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, por el

periodo comprendido entre el 01/01/19 y el 31/12/19. El costo total asciende a la suma

de pesos cuatrocientos setenta y cinco mil doscientos ochenta y seis ($ 475.286.-),

cifra que incluye Sueldo Anual Complementario y Contribuciones Patronales.

Artículo 11.- Las Unidades de Organización autorizadas informarán, mensualmente a

la Gerencia Operativa de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, el detalle de

Unidades Retributivas por Servicios Especiales liquidadas.

Artículo 12.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Unidades de Organización involucradas y, para su conocimiento y

demás efectos remítase a la Dirección General de Administración y Liquidación de

Haberes. Cumplido, archívese. Santilli p/p

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1º de la Resolución Nº 451-MEFGC-AVJG-19 exceptúa a los servicios extraordinarios autorizados por Resolución Nº 154-MJYSGC-19 de los topes extablecidos en el Decreto Nº 202-05.</p>