RESOLUCIÓN 256 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
SE APRUEBA PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRANSITO Y TRANSPORTE - DIRECCIÓN GENERAL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL - SUBSECRETARÍA DE MOVILIDAD SUSTENTABLE - SECRETARÍA DE TRANSPORTE - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - AÑO 2019 - AGENTE DE TRANSITO DIURNO - AGENTE DE TRANSITO INTERMEDIO - AGENTE DE TRANSITO NOCTURNOS - FINES DE SEMANA - RETRIBUCIÓN BRUTA MENSUAL -
Publicación:
11/02/2019
Sanción:
21/01/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO:
Las Leyes Nros. 471, 5.460 (Textos Consolidados por Ley N° 6.017), su modificatoria
Ley N° 5.960 y 5.688 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos Nros.
253/13, 527/13, 489/14, 363/15 y modificatorios, 60/16 y 617/16, las Resoluciones de
Firma Conjunta Nros. 28/MHGC/17 y 148/MHGC/18 y el Expediente Electrónico N°
34484148-MGEYA-DGCACTYSV/18, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.960, se aprobó la Ley de Ministerios
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio
de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que mediante la Ley N° 5.688, se creó el Sistema Integral de Seguridad Pública, que
en su Artículo 498 establece las misiones del Cuerpo de Agentes de Control de
Tránsito y Transporte, entre las que se encuentran ordenar y dirigir el tránsito, ejercer
el control del estacionamiento en la vía pública, prevenir y hacer cesar la comisión de
faltas y contravenciones de tránsito peatonal y vehicular, fiscalizar y comprobar
infracciones a las normas vigentes en materia de tránsito y transporte, desarrollar
operativos de seguridad vial y ordenamiento del tránsito en ocasión de eventos y
movilizaciones en la vía pública, entre otras relacionadas con el cumplimiento de las
normas en materia de control y seguridad vial;
Que en el artículo 45 de la Ley N° 471, se prevé la prestación de servicios de carácter
transitorio o eventual, no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y
que no pueden ser cubiertos por personal de planta permanente;
Que en virtud de lo expuesto, por el Decreto N° 253/13, se creó la planta transitoria del
Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en el ámbito de la entonces Dirección General Cuerpo de Agentes de
Control de Tránsito y Transporte, de la Subsecretaría de Transporte de la Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Que posteriormente, dicha planta transitoria fue aprobada por los Decretos Nros.
527/13, 489/14 y 60/16 y las Resoluciones de firma Conjunta Nros. 28/MHGC/17 y
148/MHGC/18;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que de acuerdo con el Decreto N° 617/16, se encomendó en forma conjunta en los
señores Ministros de Desarrollo Urbano y Transporte y en el entonces Ministro de
Hacienda la aprobación, modificación y/o convalidación de la Planta Transitoria del
Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y
Finanzas y las Direcciones Generales Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de
Desarrollo Urbano y Transporte y del Ministerio de Economía y Finanzas, han tomado
la intervención de su competencia.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas en el marco de la Ley 5.460 (Texto
Consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960 y el Decreto N° 617/16,
Artículo 1°.- Apruébase la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de
Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de la
Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial,
dependiente la Subsecretaría de Movilidad Sustentable de la Secretaría de Transporte
del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, por el período comprendido entre el
1° de enero y el 31 de diciembre de 2019, de conformidad con lo establecido en el
Anexo "I" (IF N° 34493403-DGCACTYT/18), que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido conforme lo dispuesto en el
Artículo 1° de la presente Resolución, lo será en carácter transitorio, carecerá de
estabilidad, cesará automáticamente a la fecha de finalización de la Planta Transitoria
y podrá disponerse su cese anticipado sin expresión de causa.
Artículo 3°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo
establecido por el Anexo I consignado en el Artículo 1° de la presente Resolución, será
la suma fija de carácter remunerativo, correspondiéndole todo incremento que se
acuerde durante el mes de diciembre de 2018 y el ejercicio 2019, a los agentes de la
Planta Permanente del Escalafón General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Artículo 4°.- Establécese que el señor Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte,
procederá a designar, cesar y reconocer los servicios del personal comprendido en la
Planta Transitoria que se crea por el Artículo 1° de la presente, dictando las normas
reglamentarias, interpretativas, aclaratorias, operativas y complementarias para un
mejor desarrollo de la citada Planta Transitoria, pudiendo determinar las instancias
administrativas que llevarán a cabo la implementación de las medidas que se adopten
en el marco de la misma.
Artículo 5°.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y
Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría Gestión de Recursos
Humanos, dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su
conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Cuerpo de Agentes de
Control de Tránsito y Seguridad Vial dependiente la Subsecretaría de Movilidad
Sustentable de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Transporte. Cumplido, archívese. Moccia - Mura