RESOLUCIÓN 256 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE APRUEBA PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRANSITO Y TRANSPORTE - DIRECCIÓN GENERAL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL - SUBSECRETARÍA DE MOVILIDAD SUSTENTABLE - SECRETARÍA DE TRANSPORTE - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - AÑO 2019 - AGENTE DE TRANSITO DIURNO - AGENTE DE TRANSITO INTERMEDIO - AGENTE DE TRANSITO NOCTURNOS - FINES DE SEMANA - RETRIBUCIÓN BRUTA MENSUAL - 

Publicación:

11/02/2019

Sanción:

21/01/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

Las Leyes Nros. 471, 5.460 (Textos Consolidados por Ley N° 6.017), su modificatoria

Ley N° 5.960 y 5.688 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos Nros.

253/13, 527/13, 489/14, 363/15 y modificatorios, 60/16 y 617/16, las Resoluciones de

Firma Conjunta Nros. 28/MHGC/17 y 148/MHGC/18 y el Expediente Electrónico N°

34484148-MGEYA-DGCACTYSV/18, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.960, se aprobó la Ley de Ministerios

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio

de Desarrollo Urbano y Transporte;

Que mediante la Ley N° 5.688, se creó el Sistema Integral de Seguridad Pública, que

en su Artículo 498 establece las misiones del Cuerpo de Agentes de Control de

Tránsito y Transporte, entre las que se encuentran ordenar y dirigir el tránsito, ejercer

el control del estacionamiento en la vía pública, prevenir y hacer cesar la comisión de

faltas y contravenciones de tránsito peatonal y vehicular, fiscalizar y comprobar

infracciones a las normas vigentes en materia de tránsito y transporte, desarrollar

operativos de seguridad vial y ordenamiento del tránsito en ocasión de eventos y

movilizaciones en la vía pública, entre otras relacionadas con el cumplimiento de las

normas en materia de control y seguridad vial;

Que en el artículo 45 de la Ley N° 471, se prevé la prestación de servicios de carácter

transitorio o eventual, no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y

que no pueden ser cubiertos por personal de planta permanente;

Que en virtud de lo expuesto, por el Decreto N° 253/13, se creó la planta transitoria del

Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en el ámbito de la entonces Dirección General Cuerpo de Agentes de

Control de Tránsito y Transporte, de la Subsecretaría de Transporte de la Jefatura de

Gabinete de Ministros;

Que posteriormente, dicha planta transitoria fue aprobada por los Decretos Nros.

527/13, 489/14 y 60/16 y las Resoluciones de firma Conjunta Nros. 28/MHGC/17 y

148/MHGC/18;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que de acuerdo con el Decreto N° 617/16, se encomendó en forma conjunta en los

señores Ministros de Desarrollo Urbano y Transporte y en el entonces Ministro de

Hacienda la aprobación, modificación y/o convalidación de la Planta Transitoria del

Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, dependiente de la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y

Finanzas y las Direcciones Generales Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de

Desarrollo Urbano y Transporte y del Ministerio de Economía y Finanzas, han tomado

la intervención de su competencia.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas en el marco de la Ley 5.460 (Texto

Consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960 y el Decreto N° 617/16,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANAZAS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Apruébase la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de la

Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial,

dependiente la Subsecretaría de Movilidad Sustentable de la Secretaría de Transporte

del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, por el período comprendido entre el

1° de enero y el 31 de diciembre de 2019, de conformidad con lo establecido en el

Anexo "I" (IF N° 34493403-DGCACTYT/18), que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido conforme lo dispuesto en el

Artículo 1° de la presente Resolución, lo será en carácter transitorio, carecerá de

estabilidad, cesará automáticamente a la fecha de finalización de la Planta Transitoria

y podrá disponerse su cese anticipado sin expresión de causa.

Artículo 3°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo

establecido por el Anexo I consignado en el Artículo 1° de la presente Resolución, será

la suma fija de carácter remunerativo, correspondiéndole todo incremento que se

acuerde durante el mes de diciembre de 2018 y el ejercicio 2019, a los agentes de la

Planta Permanente del Escalafón General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.

Artículo 4°.- Establécese que el señor Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte,

procederá a designar, cesar y reconocer los servicios del personal comprendido en la

Planta Transitoria que se crea por el Artículo 1° de la presente, dictando las normas

reglamentarias, interpretativas, aclaratorias, operativas y complementarias para un

mejor desarrollo de la citada Planta Transitoria, pudiendo determinar las instancias

administrativas que llevarán a cabo la implementación de las medidas que se adopten

en el marco de la misma.

Artículo 5°.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y

Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría Gestión de Recursos

Humanos, dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su

conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Cuerpo de Agentes de

Control de Tránsito y Seguridad Vial dependiente la Subsecretaría de Movilidad

Sustentable de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y

Transporte. Cumplido, archívese. Moccia - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5556

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 256-MEFGC-MDUYTGC-19 aprueba la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada por Decreto 253-13,  por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.</p>