DECRETO 253 2013

Síntesis:

CREA PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - DIRECCIÓN GENERAL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

02/07/2013

Sanción:

24/06/2013

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes N° 2.652, N° 4.013 y N° 471, el Expediente N° 162360/13, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado citado en el visto tramita la creación de la "Planta Transitoria del

Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires", en el ámbito de la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de

Tránsito y Transporte dependiente de la Subsecretaria de Transporte de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, por el período comprendido entre el 1° de julio y el 31 de

diciembre de 2013;

Que por Ley N° 2.652, se creó el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose el marco jurídico

correspondiente a sus funciones y facultades;

Que el artículo 17 de la citada Ley, prevé que la reglamentación establecerá la planta

funcional del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, determinando el

régimen de selección, incorporación, ascensos y retiros, ajustándose a lo prescripto en

la Ley N° 471 de Empleo Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que resulta dable destacar la importancia de la labor y la naturaleza de los servicios

que presta a los ciudadanos el mentado Cuerpo de Agentes, a través de su presencia

permanente en la vía pública para el cumplimiento eficaz y eficiente de las funciones

encomendadas;

Que dicha labor será cubierta con la dotación que se aprueba a través de la Planta

Transitoria que nos ocupa;

Que el artículo 39 de la Ley N° 471 prevé la prestación de servicios de carácter

transitorio o eventual, no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y

que no pueden ser cubiertos por personal de planta permanente;

Que la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte

manifiesta, que resulta necesario la creación de la planta transitoria que se propicia

con el fin de lograr mayor eficacia en el cumplimiento de las funciones asignadas;

Que por su parte la Ley N° 4.013 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires contempla entre los objetivos de la Jefatura de Gabinete de Ministros

el de entender en las políticas referidas a la gestión y fiscalización del transporte, del

ordenamiento del tránsito y regímenes de habilitación de conductores;

Que resulta necesario facultar al señor Jefe de Gabinete de Ministros a designar,

cesar y reconocer los servicios del personal comprendido en la Planta Transitoria que

se crea por el presente; así como a dictar las normas, interpretativas, aclaratorias,

operativas y complementarias para un mejor desarrollo de la citada Planta Transitoria.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Créase la "Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", en el ámbito de la

Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la

Subsecretaría de Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros, conforme lo

establecido en el Anexo que a todos sus efectos forma parte integrante del presente

Decreto.

Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido en el presente Decreto, será

designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará automáticamente a

la fecha de finalización de la Planta Transitoria, y podrá disponerse su cese anticipado

sin expresión de causa.

Artículo 3°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo

establecido por el Anexo aprobado en el artículo 1°, será la suma fija remunerativa que

se indica como retribución única.

Artículo 4°.- Facúltase al señor Jefe de Gabinete de Ministros a designar, cesar y

reconocer servicios del personal comprendido en el presente Decreto, así como a

dictar las normas interpretativas, aclaratorias, operativas y complementarias para un

mejor desarrollo de la citada Planta Transitoria.

Artículo 5°.- La Jefatura de Gabinete de Ministros remitirá copia certificada de las

resoluciones que se dicten como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 4° del

presente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del

Ministerio de Modernización para la liquidación de los haberes correspondientes y

demás efectos.

Artículo 6°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a los fines de la

implementación de lo previsto en el presente Decreto.

Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Hacienda

y de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 8°.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto

del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del

Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la

Dirección General Cuerpos de Agentes de Control de Tránsito y el Transporte de la

Subsecretaría de Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido

Archívese. MACRI - Grindetti - Ibarra - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4185

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 3/MHFGC/23 aprueba la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para atender las necesidades de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución Conjunta N° 472-MHFGC/20 transfiere  las Jefaturas de la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito, cuya planta transitoria creara el Decreto 253/13.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Acta de Negociación Colectiva 8-17 establece que el personal de la Planta Transitoria creada por Decreto 253-13 debe permanecer en la DG Cuerpo de Agentes de Tránsito y Seguridad Vial por un plazo mínimo de 4 años, no pudiendo ser transferido a otra repartición.</p>
MODIFICADA POR
Art. 1 Dec. 527-13 prorroga Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada por Decreto 253-13. Período entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2014.
MODIFICADA POR
<p>Art 1 del Decreto 225-20, modifíca a Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada por Decreto 253-13. </p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 60-MHFGC-JGM-20 aprueba la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2020, en marco de la planta transitoria creada por Decreto 253-13.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 253-13 crea la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, según lo previsto por Art. 17 de la Ley 2652 <strong>(DEROGADA)</strong></p>
INTEGRADA POR
<p>Punto Sexto  Acta Paritaria 29-19 ambas partes acuerdan, dentro de lo establecido por Decreto 253-13, dar comienzo a partir del mes de Octubre de 2019, a todos los trámites legales y-o convencionales necesarios a efectos de incorporar progresivamente a aquellos Agentes de Tránsito que cumplan con los requisitos.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 256-MEFGC-MDUYTGC-19 aprueba la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada por Decreto 253-13,  por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.</p>