RESOLUCIÓN 3 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA - PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - AÑO  2023 - MINISTERIO  DE HACIENDA Y FINANZAS - AGENTE DE TRANSITO DIURNO - AGENTE DE TRANSITO DIURNO - FINES DE SEMANA - AGENTE DE TRANSITO INTERMEDIO - AGENTE DE TRANSITO NOCTURNO - FINES DE SEMANA - AGENTE DE TRANSITO NOCTURNO

Publicación:

06/01/2023

Sanción:

03/01/2023

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


PARA VER EL TEXTO ACTUALIZADO HACER CLICK AQUÍ 

Si no podés visualizar el texto actualizado solicitalo a ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar

VISTO: Las Leyes Nros. 471, 5.688, 6.292, (textos consolidados por Ley N° 6.588), los

Decretos Nros. 253/13 y modificatorios, 617/16 y modificatorios, 225/20 y 463/19 y

modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta N° 859-GCABA-MHFGC/21, el

Expediente Electrónico N° 47563446-GCABA-DGCATRA/22, y

CONSIDERANDO:

Que Ley N° 471, prevé la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual, no

incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y que no pueden ser

cubiertos por personal de planta permanente;

Que el artículo 1° de la Ley N° 5.688, establece las bases jurídicas e institucionales

fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en lo referente a su composición, misión, función, organización,

dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales

para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de

seguridad pública;

Que su artículo 8, establece que el referido Sistema está constituido, entre otros

componentes, por el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte;

Que conforme lo estipula el artículo 500 de la citada Ley, el Cuerpo de Agentes de

Control de Tránsito y Transporte es la autoridad de control del tránsito y el transporte

en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 501 define al Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte

como un cuerpo civil, uniformado, no armado, debidamente identificado, que tiene

como misión hacer cumplir las disposiciones del Código de Tránsito y Transporte, el

ordenamiento y control del tránsito peatonal y vehicular incluido todo tipo de

transporte, la difusión entre la población de los principios de prevención, seguridad vial

y movilidad sustentable y la asistencia y participación en los programas de educación

vial que se establezcan;

Que en ese sentido, mediante el Decreto N° 253/13 y modificatorios, se creó la Planta

Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de la entonces Dirección General Cuerpo de

Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la entonces Subsecretaría de

Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que el Decreto N° 617/16 y modificatorios, en su artículo 4° encomendó en forma

conjunta a los titulares de los Ministerios de Justicia y Seguridad y de la Jefatura de

Gabinete de Ministros con el titular del Ministerio de Hacienda y Finanzas, según

corresponda, la aprobación, modificación y/o convalidación de la Planta Transitoria de

Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que por Decreto N° 225/20, se modificó la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes

de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada

por Decreto N° 253/13 y sus modificatorios, para atender las necesidades de la

Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de Jefatura de Gabinete de Ministros y de

la Secretaría de Justicia y Seguridad, del Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que a su vez, mediante el citado Decreto se facultó al señor Secretario de Transporte

y Obras Públicas, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a designar,

cesar y reconocer los servicios del personal del Cuerpo de Agentes de Control de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que preste servicios

en el ámbito de su competencia;

Que por Resolución de Firma Conjunta N° 859-GCABA-MHFGC/21 se aprobó la

Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para atender las necesidades de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, por el período

comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022;

Que por su parte, por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la Jefatura de

Gabinete de Ministros;

Que mediante el Decreto N° 463/19 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

estableciendo a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito como

dependiente de la Subsecretaría Gestión de la Movilidad de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas, de la precitada Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, en consecuencia, y con idénticos fines, resulta propicio aprobar la Planta

Transitoria del referido Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para atender las necesidades de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas, para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31

de diciembre de 2023;

Que la medida propiciada se enmarca dentro de las políticas de recursos humanos;

Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292 y los Decretos

Nros. 617/16 y modificatorios, y 225/20;

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Aprobar la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para atender las

necesidades de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de

diciembre de 2023, de conformidad con lo establecido en el Anexo I (IF-2022-

47590425-GCABA-DGCATRA), que a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- El personal comprendido conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la

presente Resolución, lo será en carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará

automáticamente a la fecha de finalización de la Planta Transitoria y podrá disponerse

su cese anticipado sin expresión de causa.

Artículo 3°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo

establecido en el artículo 1° del presente Resolución, serán las sumas de las

asignaciones en conceptos remunerativos y no remunerativos detallados en el Anexo

I, correspondiéndole todo aumento que se acuerde durante el ejercicio 2023 a los

agentes de la Planta Permanente del Escalafón General del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4°.- La señora Secretaria de Transporte y Obras Públicas, dependiente de la

Jefatura de Gabinete de Ministros, procederá a designar, cesar y reconocer los

servicios del personal comprendido en el Anexo I de la presente.

Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a los fines

de la implementación de lo previsto en la presente Resolución.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio

de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito,

dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido,

archívese. Mura Mura p/p


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6535

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución Conjunta N° 94/MHFGC/23, exceptua al personal de la Planta Transitoria Anual del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Resolución de Firma Conjunta Nº 3-MHFGC/23.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la  Resolución Conjunta N° 1340/MHFGC/23 modifica el Anexo I (IF-2022-47590425-GCABA-DGCATRA) de la Resolución de Firma Conjunta N° 3-MHFGC/23.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 3/MHFGC/23 aprueba la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para atender las necesidades de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023.</p>