RESOLUCIÓN 3 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA - PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - AÑO  2023 - MINISTERIO  DE HACIENDA Y FINANZAS - AGENTE DE TRANSITO DIURNO - AGENTE DE TRANSITO DIURNO - FINES DE SEMANA - AGENTE DE TRANSITO INTERMEDIO - AGENTE DE TRANSITO NOCTURNO - FINES DE SEMANA - AGENTE DE TRANSITO NOCTURNO

Publicación:

06/01/2023

Sanción:

03/01/2023

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 21 de noviembre de 2023

 

VISTO: Las Leyes Nros. 471, 5.688, 6.292, (textos consolidados por Ley N° 6.588), los

Decretos Nros. 253/13 y modificatorios, 617/16 y modificatorios, 225/20 y 463/19 y

modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta N° 859-GCABA-MHFGC/21, el

Expediente Electrónico N° 47563446-GCABA-DGCATRA/22, y

CONSIDERANDO:

Que Ley N° 471, prevé la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual, no

incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y que no pueden ser

cubiertos por personal de planta permanente;

Que el artículo 1° de la Ley N° 5.688, establece las bases jurídicas e institucionales

fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en lo referente a su composición, misión, función, organización,

dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales

para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de

seguridad pública;

Que su artículo 8, establece que el referido Sistema está constituido, entre otros

componentes, por el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte;

Que conforme lo estipula el artículo 500 de la citada Ley, el Cuerpo de Agentes de

Control de Tránsito y Transporte es la autoridad de control del tránsito y el transporte

en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 501 define al Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte

como un cuerpo civil, uniformado, no armado, debidamente identificado, que tiene

como misión hacer cumplir las disposiciones del Código de Tránsito y Transporte, el

ordenamiento y control del tránsito peatonal y vehicular incluido todo tipo de

transporte, la difusión entre la población de los principios de prevención, seguridad vial

y movilidad sustentable y la asistencia y participación en los programas de educación

vial que se establezcan;

Que en ese sentido, mediante el Decreto N° 253/13 y modificatorios, se creó la Planta

Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de la entonces Dirección General Cuerpo de

Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la entonces Subsecretaría de

Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que el Decreto N° 617/16 y modificatorios, en su artículo 4° encomendó en forma

conjunta a los titulares de los Ministerios de Justicia y Seguridad y de la Jefatura de

Gabinete de Ministros con el titular del Ministerio de Hacienda y Finanzas, según

corresponda, la aprobación, modificación y/o convalidación de la Planta Transitoria de

Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que por Decreto N° 225/20, se modificó la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes

de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada

por Decreto N° 253/13 y sus modificatorios, para atender las necesidades de la

Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de Jefatura de Gabinete de Ministros y de

la Secretaría de Justicia y Seguridad, del Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que a su vez, mediante el citado Decreto se facultó al señor Secretario de Transporte

y Obras Públicas, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a designar,

cesar y reconocer los servicios del personal del Cuerpo de Agentes de Control de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que preste servicios

en el ámbito de su competencia;

Que por Resolución de Firma Conjunta N° 859-GCABA-MHFGC/21 se aprobó la

Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para atender las necesidades de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, por el período

comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022;

Que por su parte, por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la Jefatura de

Gabinete de Ministros;

Que mediante el Decreto N° 463/19 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

estableciendo a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito como

dependiente de la Subsecretaría Gestión de la Movilidad de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas, de la precitada Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, en consecuencia, y con idénticos fines, resulta propicio aprobar la Planta

Transitoria del referido Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para atender las necesidades de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas, para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31

de diciembre de 2023;

Que la medida propiciada se enmarca dentro de las políticas de recursos humanos;

Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292 y los Decretos

Nros. 617/16 y modificatorios, y 225/20;

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Aprobar la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para atender las

necesidades de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de

diciembre de 2023, de conformidad con lo establecido en el Anexo I (IF-2022-

47590425-GCABA-DGCATRA), que a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- El personal comprendido conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la

presente Resolución, lo será en carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará

automáticamente a la fecha de finalización de la Planta Transitoria y podrá disponerse

su cese anticipado sin expresión de causa.

Artículo 3°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo

establecido en el artículo 1° del presente Resolución, serán las sumas de las

asignaciones en conceptos remunerativos y no remunerativos detallados en el Anexo

I, correspondiéndole todo aumento que se acuerde durante el ejercicio 2023 a los

agentes de la Planta Permanente del Escalafón General del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4°.- La señora Secretaria de Transporte y Obras Públicas, dependiente de la

Jefatura de Gabinete de Ministros, procederá a designar, cesar y reconocer los

servicios del personal comprendido en el Anexo I de la presente.

Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a los fines

de la implementación de lo previsto en la presente Resolución.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio

de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito,

dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido,

archívese. Mura Mura p/p


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6535

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución Conjunta N° 94/MHFGC/23, exceptua al personal de la Planta Transitoria Anual del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Resolución de Firma Conjunta Nº 3-MHFGC/23.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la  Resolución Conjunta N° 1340/MHFGC/23 modifica el Anexo I (IF-2022-47590425-GCABA-DGCATRA) de la Resolución de Firma Conjunta N° 3-MHFGC/23.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 3/MHFGC/23 aprueba la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para atender las necesidades de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023.</p>