RESOLUCIÓN 94 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

EXCEPTÚA - TOPES ANUALES - UNIDADES RETRIBUTIVAS - POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS - URSE - A PERSONAL DE LA PLANTA TRANSITORIA ANUAL - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2023

Publicación:

28/02/2023

Sanción:

23/02/2023

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: El Decreto N° 1202/05 y sus modificatorios N° 798/06 y N° 1090/08, la

Resolución de Firma Conjunta N° 3-MHFGC/23, la Resolución N° 117-MJGGC/23 y el

Expediente Electrónico N° 46911176-GCABA- DGCATRA/22, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados, tramita la solicitud de excepción al tope de prestación

de tareas adicionales en concepto de Unidades Retributivas por Servicios

Extraordinarios (URSE) para los agentes pertenecientes a la Planta Transitoria Anual

del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, aprobada por Resolución de Firma Conjunta N° 3-MHFGC/23, por el

período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023,

Que el Decreto 1202/05 y sus modificatorios, reglamentó el otorgamiento de Unidades

Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) para los servicios y prestaciones

que deben ser cumplidos por los agentes gubernamentales cuyo desarrollo exceden

las jornadas normales de labor;

Que el artículo 6° del citado Decreto modificado por Decreto N° 798/06, establece que

el tope anual por agente de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios

(URSE) no podrá exceder las doscientas setenta y cinco (275) cuando las mismas

sean realizadas en días hábiles o ciento treinta y siete (137) cuando se realicen en

días inhábiles;

Que por Resolución N° 117-MJGGC/23, se autorizó la prestación de tareas adicionales

por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023, al

personal anteriormente citado, por la cantidad de veintiún mil cuatrocientas treinta y

dos (21.432) URSE para días hábiles;

Que por el artículo 2° del Decreto N° 1090/08, se delegó en los señores Ministros del

área requirente y del entonces Ministro de Hacienda, la facultad de dictar en forma

conjunta la norma que autorice superar los topes de URSE fijados por el artículo 6° del

Decreto N° 1202/05 y sus modificatorios;

Que la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito, a los efectos de la

distribución de las URSE, autorizadas por Resolución N° 117/GCABA/MJGGC/23,

solicitó la excepción de los topes establecidos en el artículo 6° del Decreto N° 1202/05;

Que atento a la aprobación de la prestación de tareas adicionales antes mencionada,

resulta necesario exceptuar los topes establecidos en el artículo 6° del Decreto N°

1202/05 y modificatorios, disponiendo la autorización solicitada.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N°

1090/08,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Exceptuar al personal de la Planta Transitoria Anual del Cuerpo de

Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

aprobada por Resolución de Firma Conjunta N° 3-MHFGC/23, de los topes anuales de

Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE), establecidos en el

artículo 6° del Decreto N° 1202/05 y su modificatorio, por el período comprendido entre

el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Direcciones Generales Cuerpo de Agentes de Tránsito y de

Administración y Liquidación de Haberes y, para su conocimiento y demás efectos,

remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de

Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Miguel - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1º de la Resolución Conjunta N° 94/MHFGC/23, exceptua al personal de la Planta Transitoria Anual del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Resolución de Firma Conjunta Nº 3-MHFGC/23, de los topes anuales de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE), establecidos en el artículo 6º del Decreto Nº 1202/05 y su modificatorio, por el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2023.</p>
EXCEPTUA
<p>Artículo 1º de la Resolución Conjunta N° 94/MHFGC/23, exceptua al personal de la Planta Transitoria Anual del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Resolución de Firma Conjunta Nº 3-MHFGC/23.</p>