DECRETO 225 2020
Síntesis:
SE MODIFICA - PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CREADA POR DECRETO 253/13 Y SUS MODIFICATORIOS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS - SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - CARÁCTER TRANSITORIO - SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS - AGENTE DE TRANSITO DIURNO - AGENTE DE TRANSITO DIURNO - FINES DE SEMANA - AGENTE DE TRANSITO INTERMEDIO - AGENTE DE TRANSITO NOCTURNOS - FINES DE SEMANA - AGENTE DE TRANSITO NOCTURNO - DOTACIÓN - ALTA - BAJA - ASIGNACIÓN MENSUAL - CARGA HORARIA
Publicación:
01/06/2020
Sanción:
30/05/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 5.688 (textos consolidados por Ley N° 6.017), 6.292,
los Decretos Nros. 253/13 y modificatorios y 463/19, la Resolución de Firma Conjunta
N°. 60-MHFGC/20, el Expediente Electrónico N° 14390009-GCABA-DGPLYCO-2020,
y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 45 de la Ley N° 471, prevé la prestación de servicios de carácter
transitorio o eventual, no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y
que no pueden ser cubiertos por personal de planta permanente;
Que en ese sentido, mediante el Decreto N° 253/13 se creó la planta transitoria del
Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por su parte por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Que mediante el Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableciendo a
la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito como dependiente de la
Subsecretaría Gestión de la Movilidad de la Secretaría de Transporte y Obras
Públicas, de la precitada Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que es dable mencionar que la denominada Dirección General tiene a su cargo
"Representar, gestionar y capacitar al Cuerpo de Agentes de Tránsito y Transporte";
Que asimismo el artículo 8° de la Ley N° 5.688 establece que tal Cuerpo constituye
uno de los componentes del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, siendo la autoridad de control del tránsito y el transporte
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el artículo 493 de esa Ley;
Que por Resolución de firma conjunta N° 60-MHFGC/20 se aprobó la Planta
Transitoria del referido Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de la Dirección General Cuerpo de
Agentes de Tránsito, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, de
la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de Jefatura de Gabinete de Ministros,
por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2020;
Que en virtud de la experiencia en la gestión de gobierno, resulta conveniente
modificar la mencionada Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de
Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de que su
personal atienda las necesidades tanto de la Secretaría de Transporte y Obras
Públicas como de la Secretaría de Justicia y Seguridad del Ministerio de Justicia y
Seguridad;
Que en este marco resulta conveniente facultar al señor Secretario de Justicia y
Seguridad, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad y al Secretario de
Transporte y Obras Públicas, dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros, a
designar, cesar y reconocer los servicios del personal del Cuerpo de Agentes de
Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que preste
servicios en el ámbito de su competencia;
Que asimismo, resulta propicio facultar, a los señores Ministro de Justicia y Seguridad
y Jefe de Gabinete de Ministros conjuntamente con el señor Ministro de Hacienda y
Finanzas, según corresponda, a dictar las normas interpretativas, aclaratorias,
operativas y complementarias de la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de
Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 458/19, se encomendó con carácter ad honoren, al Vicejefe de
Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y
coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos
asignados al mismo;
Que la medida propiciada se enmarca dentro de las políticas de recursos humanos y
no comprende impacto presupuestario incremental alguno;
Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de
Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada por Decreto N°
253/13 y sus modificatorios, para atender las necesidades de la Secretaría de
Transporte y Obras Públicas, de Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría
de Justicia y Seguridad, del Ministerio de Justicia y Seguridad, de conformidad con lo
establecido en los Anexos "I" (IF-2020-14393876-GCABA-DGPLYCO), II (IF-2020-
14394097-GCABA-DGPLYCO) y III (IF-2020-14394388- GCABA-DGPLYCO), que a
todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido conforme lo dispuesto en el
artículo 1° del presente Decreto, lo será en carácter transitorio, carecerá de
estabilidad, cesará automáticamente a la fecha de finalización de la Planta Transitoria
y podrá disponerse su cese anticipado sin expresión de causa.
Artículo 3°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo
establecido por los Anexos I, II y III consignados en el artículo 1° del presente Decreto,
será la suma fija de carácter remunerativo, correspondiéndole todo incremento que se
acuerde durante el ejercicio 2020, a los agentes de la Planta Permanente del
Escalafón General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Facúltase al señor Secretario de Transporte y Obras Públicas,
dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros, a designar, cesar y reconocer los
servicios del personal comprendido en los Anexos I y II del presente.
Artículo 5°.- Facúltase al señor Secretario de Justicia y Seguridad, dependiente del
Ministerio de Justicia y Seguridad, a designar, cesar y reconocer los servicios del
personal comprendido en el Anexo III del presente.
Artículo 6°.- Facúltase a los señores Ministro de Justicia y Seguridad y Jefe de
Gabinete de Ministros conjuntamente con el señor Ministro de Hacienda y Finanzas,
según corresponda, a dictar las normas interpretativas, aclaratorias, operativas y
complementarias de la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de
Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 7°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a los fines
de la implementación de lo previsto en el presente Decreto.
Artículo 8°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y
Seguridad (Decreto N° 458/19), por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio
de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito,
dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad de la Secretaría de
Transporte y Obras Públicas de Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección
General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, y para
su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli
p/p - Miguel p/p - Miguel