DECRETO 225 2020

Síntesis:

SE MODIFICA - PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CREADA POR DECRETO 253/13 Y SUS MODIFICATORIOS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS - SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - CARÁCTER TRANSITORIO - SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS - AGENTE DE TRANSITO DIURNO  - AGENTE DE TRANSITO DIURNO - FINES DE SEMANA - AGENTE DE TRANSITO INTERMEDIO  - AGENTE DE TRANSITO NOCTURNOS - FINES DE SEMANA - AGENTE DE TRANSITO NOCTURNO - DOTACIÓN - ALTA - BAJA - ASIGNACIÓN MENSUAL - CARGA HORARIA

Publicación:

01/06/2020

Sanción:

30/05/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 5.688 (textos consolidados por Ley N° 6.017), 6.292,

los Decretos Nros. 253/13 y modificatorios y 463/19, la Resolución de Firma Conjunta

N°. 60-MHFGC/20, el Expediente Electrónico N° 14390009-GCABA-DGPLYCO-2020,

y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 45 de la Ley N° 471, prevé la prestación de servicios de carácter

transitorio o eventual, no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y

que no pueden ser cubiertos por personal de planta permanente;

Que en ese sentido, mediante el Decreto N° 253/13 se creó la planta transitoria del

Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que por su parte por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la Jefatura de

Gabinete de Ministros;

Que mediante el Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableciendo a

la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito como dependiente de la

Subsecretaría Gestión de la Movilidad de la Secretaría de Transporte y Obras

Públicas, de la precitada Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que es dable mencionar que la denominada Dirección General tiene a su cargo

"Representar, gestionar y capacitar al Cuerpo de Agentes de Tránsito y Transporte";

Que asimismo el artículo 8° de la Ley N° 5.688 establece que tal Cuerpo constituye

uno de los componentes del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, siendo la autoridad de control del tránsito y el transporte

en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el artículo 493 de esa Ley;

Que por Resolución de firma conjunta N° 60-MHFGC/20 se aprobó la Planta

Transitoria del referido Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de la Dirección General Cuerpo de

Agentes de Tránsito, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, de

la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de Jefatura de Gabinete de Ministros,

por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2020;

Que en virtud de la experiencia en la gestión de gobierno, resulta conveniente

modificar la mencionada Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de que su

personal atienda las necesidades tanto de la Secretaría de Transporte y Obras

Públicas como de la Secretaría de Justicia y Seguridad del Ministerio de Justicia y

Seguridad;

Que en este marco resulta conveniente facultar al señor Secretario de Justicia y

Seguridad, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad y al Secretario de

Transporte y Obras Públicas, dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros, a

designar, cesar y reconocer los servicios del personal del Cuerpo de Agentes de

Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que preste

servicios en el ámbito de su competencia;

Que asimismo, resulta propicio facultar, a los señores Ministro de Justicia y Seguridad

y Jefe de Gabinete de Ministros conjuntamente con el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas, según corresponda, a dictar las normas interpretativas, aclaratorias,

operativas y complementarias de la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de

Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 458/19, se encomendó con carácter ad honoren, al Vicejefe de

Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo;

Que la medida propiciada se enmarca dentro de las políticas de recursos humanos y

no comprende impacto presupuestario incremental alguno;

Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modifícase la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada por Decreto N°

253/13 y sus modificatorios, para atender las necesidades de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas, de Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría

de Justicia y Seguridad, del Ministerio de Justicia y Seguridad, de conformidad con lo

establecido en los Anexos "I" (IF-2020-14393876-GCABA-DGPLYCO), II (IF-2020-

14394097-GCABA-DGPLYCO) y III (IF-2020-14394388- GCABA-DGPLYCO), que a

todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido conforme lo dispuesto en el

artículo 1° del presente Decreto, lo será en carácter transitorio, carecerá de

estabilidad, cesará automáticamente a la fecha de finalización de la Planta Transitoria

y podrá disponerse su cese anticipado sin expresión de causa.

Artículo 3°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo

establecido por los Anexos I, II y III consignados en el artículo 1° del presente Decreto,

será la suma fija de carácter remunerativo, correspondiéndole todo incremento que se

acuerde durante el ejercicio 2020, a los agentes de la Planta Permanente del

Escalafón General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4°.- Facúltase al señor Secretario de Transporte y Obras Públicas,

dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros, a designar, cesar y reconocer los

servicios del personal comprendido en los Anexos I y II del presente.

Artículo 5°.- Facúltase al señor Secretario de Justicia y Seguridad, dependiente del

Ministerio de Justicia y Seguridad, a designar, cesar y reconocer los servicios del

personal comprendido en el Anexo III del presente.

Artículo 6°.- Facúltase a los señores Ministro de Justicia y Seguridad y Jefe de

Gabinete de Ministros conjuntamente con el señor Ministro de Hacienda y Finanzas,

según corresponda, a dictar las normas interpretativas, aclaratorias, operativas y

complementarias de la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 7°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a los fines

de la implementación de lo previsto en el presente Decreto.

Artículo 8°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y

Seguridad (Decreto N° 458/19), por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el

señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio

de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito,

dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas de Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección

General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, y para

su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli

p/p - Miguel p/p - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5881ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5881- ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5881ANEXO III

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art 1 del Decreto 225-20, modifíca a Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada por Decreto 253-13. </p>
MODIFICA
<p>Art 1 del Decreto 225-20, modifíca a Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada por Decreto 253-13 y sus modificatorias, Decreto 527-13.</p>