RESOLUCIÓN 348 2019 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 285-MSGC-19 - MINISTERIO DE SALUD - PROFESIONALES DE LA SALUD - CONCURSOS -  LEY 6035 - CONTINUACION DE APLICACION - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - NOMBRAMIENTOS DE EFECTORES DE SALUD POR ALTA NUEVA DE PUESTO - NOMBRAMIENTOS DE EFECTORES DE SALUD POR REEMPLAZO DE VACANTE

Publicación:

12/02/2019

Sanción:

07/02/2019

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO:

La Ley N° 6035, la Resolución Conjunta N° 5-MMGC-MSGC-2013, las Resoluciones

N° 141- MSGC-2019, N° 285-MSGC-2019 y N° 325- MSGC-2019, y el Expediente

Electrónico N° 04403278- MGEYA-DGAYDRH-2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.035 se aprobó el nuevo estatuto de los profesionales de la salud

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, abrogando la Ordenanza N° 41.455;

Que el artículo 4° de la mencionada Ley establece que la autoridad de aplicación será

el Ministerio de Salud;

Que entre otros aspectos, la abrogada Ordenanza N° 41.455 establecía en su Capítulo

X el Régimen de Concursos para la designación de los profesionales reconocidos por

la misma;

Que oportunamente, por Resolución Conjunta N° 5-MMGC-MSGC-2013, se aprobaron

los procedimientos administrativos para los "Nombramientos de Efectores de Salud por

Alta Nueva de Puesto" y "Nombramientos de Efectores de Salud por Reemplazo de

Vacante";

Que la Resolución N° 141-MSGC-2019 establece que se continuará aplicando el

procedimiento previsto en la Resolución Conjunta mencionada en el párrafo anterior

para los concursos de los profesionales comprendidos en la Ley N° 6035, en todo

aquello que no se le oponga, hasta tanto se reglamente en su parte pertinente;

Que a su turno, la Resolución N° 285 - MSGC - 2019 modificó la redacción del Artículo

1 de la norma mencionada precedentemente;

Que por el artículo 66 de la Ley N° 6035 se dispone que los profesionales ingresantes

adquieren su estabilidad a los seis (6) meses de la prestación efectiva de servicios,

siendo su modalidad laboral transitoria;

Que asimismo se establece en su artículo 85 que la autoridad de aplicación fijará a

través de la reglamentación, los plazos mínimos de ausencia y los mecanismos para la

concreción de consignación de reemplazantes;

Que por medio de la Resolución N° 325 - MSGC -2019 se estableció que las

designaciones de personal bajo las modalidades de prestación descriptas en los

artículos 66 y 85 de la Ley N° 6035, se realizarán de conformidad con las

disposiciones establecidas por la Resolución Conjunta N° 5-MMGC-MSGC-2013,

modificando, de este modo, la Resolución N° 141 - MSGC -2019;

Que a los fines de garantizar la cobertura de cargos profesionales que conlleven a la

prosecución de las prestaciones médicas sin desatender las necesidades de la

población que asiste a los diversos efectores de salud dependientes del Gobierno de

la Ciudad de Buenos Aires, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución N° 285 -

MSGC - 2019;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° de la Ley 6035;

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución N° 285 - MSGC -2019.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Administración y

Desarrollo de Recursos Humanos de este Ministerio, y a la Subsecretaría de Gestión

de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

Bou Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 348-MSGC-19 deja sin efecto la Resolución 285-MSGC-19.</p>