RESOLUCIÓN 285 2019 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
DEROGADA - MODIFICACIÓN - RESOLUCIÓN 141-MSGC-19 - PROFESIONALES DE LA SALUD - CONCURSOS - LEY 6035 - CONTINUACION DE APLICACION - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - NOMBRAMIENTOS DE EFECTORES DE SALUD POR ALTA NUEVA DE PUESTO - NOMBRAMIENTOS DE EFECTORES DE SALUD POR REEMPLAZO DE VACANTE
Publicación:
05/02/2019
Sanción:
31/01/2019
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 6.035, las Resoluciones N° 5/MMGC -MSGC/2013, N° 141 - MSGC/2019 y
el Expediente Electrónico N° 2019 -04403278- MGEYA -DGAYDRH y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.035 se aprobó el nuevo estatuto de los profesionales de la salud
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, abrogando la Ordenanza N° 41.455 y toda
otra norma que se opusiera;
Que el artículo 4° de la mencionada Ley establece que la autoridad de aplicación será
el Ministerio de Salud;
Que, entre otros aspectos, la abrogada Ordenanza N° 41.455 establecía en su
Capítulo X el Régimen de Concursos para la designación de los profesionales
reconocidos por la misma;
Que, oportunamente, por Resolución N° 5/MMGC - MSGC/2013, se aprobaron los
procedimientos administrativos para los "Nombramientos de Efectores de Salud por
Alta Nueva de Puesto" y "Nombramientos de Efectores de Salud por Reemplazo de
Vacante";
Que la Resolución N° 141/MSGC/2019 establece que se continuará aplicando el
procedimiento previsto en la Resolución mencionada en el párrafo anterior para los
concursos de los profesionales comprendidos en la Ley N° 6.035, en todo aquello que
no se le oponga, hasta tanto se reglamente en su parte pertinente;
Que a los fines de garantizar la cobertura de cargos profesionales que conlleven a la
prosecución de las prestaciones médicas sin desatender las necesidades de la
población que asiste a los diversos efectores de salud dependientes del Gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires, resulta imperioso modificar la redacción del artículo 1 de la
Resolución N° 141/MSGC/2019;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° de la Ley 6.035,
Artículo 1°.- Modifíquese el Artículo 1 de la Resolución N° 141/MSGC/2019, el cual
quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°. - Déjese establecido que se
continuará aplicando el procedimiento previsto en la Resolución N° 5/MMGC-
MSGC/13 para los concursos de los profesionales comprendidos en la Ley N° 6.035,
hasta tanto se reglamente en su parte pertinente"
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Administración y
Desarrollo de Recursos Humanos de este Ministerio. Cumplido, archívese. Bou Pérez