RESOLUCIÓN 141 2019 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

ESTABLECE - PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA RESOLUCIÓN 5-MMGC-MSGC-13 - PROFESIONALES DE LA SALUD - CONCURSOS -  LEY 6035 - CONTINUACION DE APLICACION -

Publicación:

28/01/2019

Sanción:

15/01/2019

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 6.035, la Resolución N° 5/MMGC -MSGC/2013, y el Expediente Electrónico

N° 2019 -02017198 - MGEYA - DGAYDRH y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.035 se aprobó el nuevo estatuto de los profesionales de la salud

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, abrogando la Ordenanza N° 41.455 y toda

otra norma que se opusiera;

Que el artículo 4° de la mencionada Ley establece que la autoridad de aplicación será

el Ministerio de Salud;

Que, entre otros aspectos, la abrogada Ordenanza N° 41.455 establecía en su

Capítulo X el Régimen de Concursos para la designación de los profesionales

reconocidos por la misma;

Que, oportunamente, por Resolución N° 5/MMGC - MSGC/2013, se aprobaron los

procedimientos administrativos para los "Nombramientos de Efectores de Salud por

Alta Nueva de Puesto" y "Nombramientos de Efectores de Salud por Reemplazo de

Vacante";

Que a los fines de garantizar la cobertura de cargos profesionales que conlleven a la

prosecución de las prestaciones médicas sin desatender las necesidades de la

población que asiste a los diversos efectores de salud dependientes del Gobierno de

la Ciudad de Buenos Aires, resulta imperioso establecer la continuidad en cuanto a la

aplicación de la referida resolución para los profesionales que se encuentren

comprendidos en la Ley N° 6.035, hasta tanto se reglamente en su parte pertinente la

citada Ley, en todo aquello que no se le oponga.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° de la Ley 6.035,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1°.- Déjese establecido que se continuará aplicando el procedimiento previsto

en la Resolución N° 5/MMGC-MSGC/13 para los concursos de los profesionales

comprendidos en la Ley N° 6.035, en todo aquello que no se le oponga, hasta tanto se

reglamente en su parte pertinente.

Artículo 2°.- Déjese establecido que la presente resolución quedará automáticamente

sin efecto una vez que entre en vigencia la reglamentación correspondiente a la Ley

6.035 en lo relativo a los procedimientos concursales.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Administración y

Desarrollo de Recursos Humanos de este Ministerio. Cumplido, archívese. Bou Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 141-MSGC-19 (Sin vigencia)<em><strong> </strong></em>establece que se continuará aplicando el procedimiento previsto en la Resolución 5-MMGC-MSGC-13 para los concursos de los profesionales comprendidos en la Ley 6.035.</p><p>Art. 2 establece que la presente resolución quedará automáticamente sin efecto una vez que entre en vigencia la reglamentación correspondiente a la Ley 6.035 en lo relativo a los procedimientos concursales. </p>
INTEGRADA POR
<p>Acta N° 4/19 aprueba la reglamentación del Capítulo XI de la Ley 6035 (Régimen de Selección de la Carrera), quedando cumplida la condición de vigencia establecida en el artículo 2° de la Resolución 141-MSGC/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 285-MSGC-19 <strong>(DEROGADA)</strong> sustituye al Art. 1 de la Resolución 141-MSGC-19.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 141-MSGC-19 establece que se continuará aplicando el procedimiento previsto en la Resolución 5-MMGC-MSGC-13 para los concursos de los profesionales comprendidos en la Ley 6.035.</p><p>Art. 2 establece que la presente resolución quedará automáticamente sin efecto una vez que entre en vigencia la reglamentación correspondiente a la Ley 6035 en lo relativo a los procedimientos concursales. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución 325-MSGC-19 modifica el art. 1 Resolución 141-MSGC-19.</p>