RESOLUCIÓN 29 2019 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
APROBACIÓN - METODOLOGÍA DE CÁLCULO - VALUACIÓN FISCAL HOMOGÉNEA - VHF - TABLA INDICATIVA DEL VALOR REAL DE EDIFICACIÓN - CATEGORÍA Y DESTINO DE LOS INMUEBLES - TABLAS DE COEFICIENTES DE ACTUALIZACIÓN - TABLAS DE VALOR DE LOS TERRENOS - BARRIO - SECCIÓN - MANZANA - VALOR UNITARIO POR CUADRA - VUC - VUH - TABLAS DE DEPRECIACIÓN - HOTELES - SANATORIOS - HOSPITALES - CONSULTORIOS EXTERNOS - VALOR DE LA TIERRA - VALOR DEL EDIFICIO - CENTROS COMERCIALES - LUGARES DE ESPARCIMIENTO - ESPACIOS VERDES - VÍAS DE ACCESO - CONDICIONES DESFAVORABLES - AGIP - INMUEBLES
Publicación:
18/02/2019
Sanción:
13/02/2019
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO:
EL ARTÍCULO 278 DEL CÓDIGO FISCAL (T.O. 2018) CON LAS MODIFICACIONES
INTRODUCIDAS POR LAS LEYES N° 5995 (BOCBA N° 5445), N° 6062 (BOCBA N°
5522) Y N° 6066 (BOCBA N° 5524), Y
CONSIDERANDO:
Que el artículo citado encomienda a esta Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos la fijación de los valores de los parámetros integrantes de la fórmula de la
Valuación Fiscal Homogénea de los inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por su parte, el artículo 277 del Código Fiscal vigente define la fórmula de cálculo
de la Valuación Fiscal Homogénea, la cual comprende diversos parámetros vinculados
con el valor de la tierra y el valor del edificio;
Que en consecuencia, se ha procedido a realizar un relevamiento de las distintas
zonas de la Ciudad de Buenos Aires a los efectos de determinar el valor de la tierra
según su ubicación geográfica, comprendiendo la cercanía con centros comerciales,
lugares de esparcimiento, espacios verdes, vías de acceso y, asimismo, las
condiciones desfavorables;
Que complementariamente, se ha efectuado un relevamiento de la disposición
arquitectónica de los materiales utilizados, destino constructivo, metros cuadrados
edificados y valor real de la edificación por metro cuadrado, con el objeto de definir los
parámetros vinculados con el valor del edificio;
Que reunidos los elementos mencionados precedentemente, esta Administración
Gubernamental procedió a la elaboración del proyecto de Valuación Fiscal
Homogénea para el ejercicio 2019;
Que el día 31 de julio de 2018, en cumplimiento del plazo establecido por el artículo
278 del Código Fiscal (t.o. 2018), el citado proyecto fue remitido a la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la Dirección General de Asuntos Legislativos
dependiente de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos del
Ministerio de Gobierno;
Que el citado artículo dispone, asimismo, que la Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos publicará la información relativa a los valores de incidencia y del
Valor Real de Edificación (VRE) para la consulta de los contribuyentes y/o
responsables.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 278 del Código
Fiscal vigente,
Artículo 1.- Apruébase la metodología para el cálculo de la Valuación Fiscal
Homogénea, incluyendo la tabla indicativa del Valor Real de Edificación según
categoría y destino de los inmuebles, la que como Anexo I se acompaña.
Artículo 2.- Apruébanse las tablas de coeficientes necesarias para la actualización de
la Valuación Fiscal Homogénea, las que como Anexo II se acompañan.
Artículo 3.- Apruébanse las tablas de valor de los terrenos segmentados por Barrio,
Sección y Manzana, las que como Anexos III y IV se acompañan.
Artículo 4.- Establécese que los Anexos I a IV forman parte integrante de la presente
Resolución a todos sus efectos.
Artículo 5.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas
dependiente de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido
archívese. Ballotta