RESOLUCIÓN 185 2019 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
APROBACIÓN - NORMAS OPERATIVAS Y COMPLEMENTARIAS - PLANTA TRANSITORIA - OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO - POLICÍA DE LA CIUDAD - LICENCIAS - LICENCIA ANUAL ORDINARIA - LICENCIA POR ENFERMEDAD COMÚN O DE TRATAMIENTO BREVE - LICENCIA POR ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL - LICENCIA POR MATERNIDAD - LICENCIA PARA ALIMENTACIÓN Y CUIDADO DEL HIJO - LICENCIA POR NACIMIENTO DE HIJO - LICENCIA POR PÉRDIDA DE GESTACIÓN - LICENCIA POR ADOPCIÓN - LICENCIA POR HIJO DISCAPACITADO - LICENCIA POR MATRIMONIO O UNIÓN CIVIL - LICENCIA POR EXÁMENES - LICENCIA POR FALLECIMIENTO DE FAMILIAR -LICENCIA POR ENFERMEDAD DE UN FAMILIAR A CARGO - LICENCIA POR DONACIÓN DE SANGRE - LICENCIA POR ADAPTACIÓN ESCOLAR DE HIJO - LICENCIA PARA CONTROLES PERIÓDICOS DE PREVENCIÓN - LICENCIA POR VIOLENCIA DE GÉNERO
Publicación:
19/02/2019
Sanción:
14/02/2019
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO:
La Ley N° 5688 (texto consolidado según Ley N° 6017), los Decretos Nros. 332/18 y
391/18 y el Expediente N° 05488688/OTCEPCDAD/2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5688 establece las bases jurídicas e institucionales para la formulación,
implementación y control de las políticas y estrategias del Sistema Integral de
Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a través del artículo 34 de la mencionada ley se creó la Oficina de Transparencia
y Control Externo de la Policía de la Ciudad cómo órgano desconcentrado del
Ministerio de Justicia y Seguridad, previéndose entre sus responsabilidades primarias,
la de investigar las situaciones en las que intervenga personal de la Policía de la
Ciudad y en las que se denuncie o presuma la existencia de irregularidades;
sustanciar los sumarios administrativos; proponer al Ministro de Justicia y Seguridad,
cuando corresponda, las sanciones disciplinarias a aplicar; elaborar programas y
políticas de prevención de la corrupción y promoción de la transparencia en el ámbito
de las fuerzas de seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y recibir las
Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales de los miembros de la Policía de la
Ciudad (artículo 35 de la Ley N° 5688);
Que mediante el Decreto N° 332/18 se creó la Planta Transitoria de la Oficina de
Transparencia y Control Externo de la Policía de la Ciudad, a efectos de que la misma
cuente con la dotación específica con el fin de lograr continuidad en la eficacia del
cumplimiento de las funciones asignadas;
Que por el mismo acto se estableció que la retribución bruta mensual del personal de
la citada planta transitoria, será equivalente a la de los distintos niveles del escalafón
del personal civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad creado por el artículo
248 de la Ley N° 5688;
Que resulta necesario dictar las normas operativas y complementarias en lo atinente al
régimen de prestación de servicios, jornada y licencias del personal que integra la
Planta Transitoria de la Oficina de Transparencia y Control Externo de la Policía de la
Ciudad;
Que el artículo 5 del Decreto N° 332/18 faculta al Ministro de Justicia y Seguridad a
dictar las normas interpretativas, aclaratorias, operativas y complementarias para el
desenvolvimiento de la Planta Transitoria;
Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Sr. Vicejefe de
Gobierno, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de
Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5688 y por los Decretos
Nros. 332/18 y 391/18,
Artículo 1°.- Apruébanse las normas operativas y complementarias para el
desenvolvimiento de la Planta Transitoria de la Oficina de Transparencia y Control
Externo de la Policía de la Ciudad, creada mediante el Decreto N° 332/18, las que
como Anexo IF-2019-05737957-GCABA-DGALSE forman parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, ambas dependientes del Ministerio
de Economía y Finanzas, a la Dirección General de Administración de Recursos
Humanos de Seguridad y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Oficina
de Transparencia y Control Externo de la Policía de la Ciudad, dependiente del
Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Santilli p/p